Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (11/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de agosto de 2010 423569 de la UNMSM al Consejo Nacional de Acreditación de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia: Nombres y Apellidos ROLANDO VÍCTOR CARRIÓN MUÑOZ Jefe de la Ofi cina de Calidad Académica y Acreditación (OCAA) JESÚS EDMUNDO SOLANO CUYUBAMBA Profesor Emérito de la UNMSM 2.- Otorgar a las personas mencionadas en el resolutivo que antecede, las sumas en nuevos soles equivalente a US$ 2,066.00 dólares americanos, a cada uno, por concepto de Pasajes Aéreos, Viáticos, Otros Seguros y Tarifa Corpac, haciendo un total de US$ 4,132.00 dólares americanos, según detalle que se indica, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Facultad de Ingeniería Industrial, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: - Pasajes aéreos Lima-Bogotá-Lima x2=2,400.00 Dólares Americanos - Viáticos 1,600.00 Dólares Americanos - Otros Seguros 70.00 Dólares Americanos - Tarifa Corpac 62.00 Dólares Americanos TOTAL 4,132.00 Dólares Americanos 3.- Encargar la Jefatura de la Ofi cina de Calidad Académica y Acreditación (OCAA) de la Facultad de Ingeniería Industrial a don OSWALDO JOSÉ ROJAS LAZO, con código Nº 060917, por el período que dure la ausencia del titular. 2º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 3º.- Encargar a la Dirección General de Administración, a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Industrial, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VASQUEZ Rector 528421-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional de Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2010-GR.LAMB./CR Chiclayo, 21 de julio de 2010 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de julio de 2010, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 30° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cada entidad, término que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, la Defensoría del Pueblo con Ofi cio Nº 543-2010- DP/OD-LAMB, efectuó recomendación al Gobierno Regional de Lambayeque a fi n de que se incorpore en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA institucional, el procedimiento “Acceso a la Información Pública”. Que, conforme a la estructura de costos efectuada por el área competente el procedimiento referido es gratuito acorde con la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA, “Pautas Metodológicas para la Fijación de Costos de los Procedimientos Administrativos” aprobada por Resolución Jefatural Nº 087-95-INP/DTSA; asimismo, se han establecido las instancias administrativas correspondientes, en la forma como lo determina el Reglamento de Organización y Funciones – ROF institucional; también se ha califi cado el procedimiento administrativo señalado como de aprobación automática conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, habiendo sido califi cado en caso de evaluación previa como silencio administrativo positivo o negativo, según el caso, conforme dispone la Ley Nº 27444 y la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 018- 2003-GR.LAMB/CR, fue aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Sede del Gobierno Regional de Lambayeque; y, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 01-2008-GR.LAMB-PR se dispuso la continuación de su vigencia. Que, conforme al Artículo 38º, numeral 38.5 de la Ley Nº 27444, una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que implique la creación de nuevos procedimientos, debe aprobarse conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1 de la Ley Nº 27444, siendo necesario publicar la modifi cación según lo dispuesto por el numeral 38.3 de la ley antes indicada, modifi cada por la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008- PCM Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional de Lambayeque aprobado por Ordenanza Regional Nº 018-2003-GR.LAMB/CR, incorporándose en el mismo el procedimiento denominado “Acceso a la Información Pública”, conforme al Anexo que en un (01) folio corre adjunto a la presente norma formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE la presente norma regional de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29091, Ley que modifi có el párrafo 38.3 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el portal del Estado Peruano y en portales institucionales. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. LUIS BECERRA ARRIBASPLATA Presidente Regional (e) 528407-1