Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2010 (11/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

423567

VISTO: El Oficio Nº 000684-2010/SJNAC/RENIEC (05AGO2010), emitido por la Sub Jefatura Nacional; los Oficios Nos. 002980 y 002995-2010/GOR/RENIEC (26 y 27JUL2010 respectivamente) e Informes Nos. 187 y 189-2010/GOR/RENIEC (26 y 27JUL2010 respectivamente) e Informe Nº 001351-2010/GAJ/ RENIEC (09AGO2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, con arreglo al mandato de los articulos 177º a 183º de la Constitucion Politica del Peru, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil, emitiendo el documento nacional de identidad (DNI), en virtud a lo establecido en la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC; Que, en virtud a lo anteriormente dispuesto, en el ejercicio fiscal 2008 se dio inicio a la implementacion del Presupuesto por Resultados (PpR), metodologia que destaca el enfoque de la programacion presupuestaria estrategica, en la obtencion de resultados, y en el que se ha considerado el Programa Estrategico de "Acceso de la Poblacion de la Identidad", de implicancia de nuestra Institucion; Que, en ese contexto mediante el Decreto de Urgencia Nº 044-2010, publicado el 25JUN2010; se dictan diversas medidas orientadas a otorgar el DNI en forma gratuita a las ninas, ninos y adolescentes de 0 a 14 anos de las zonas rurales y urbanas del territorio nacional, beneficiandose en una primera etapa a menores de 0 a 5 anos de edad de zonas urbanas y rurales, en una MORDAZA etapa a ninas, ninos y adolescentes entre 6 y 14 anos de edad de zonas urbanas y en una tercera etapa a ninas, ninos y adolescentes entre 6 y 14 anos de edad de las zonas rurales; Que, segun lo establecido en el articulo 1º del mencionado Decreto de Urgencia, documentar a los menores de edad del MORDAZA a traves del otorgamiento del DNI en forma gratuita, contribuira a fortalecer el acceso y el seguimiento de las intervenciones efectuadas por el Estado a favor de la poblacion de menores recursos, en materia de servicios de salud, educacion y de caracter social; Que, por ello de acuerdo a los documentos del visto, la Gerencia de Operaciones Registrales solicita como estrategia operativa de ejecucion progresiva, la atencion gratuita de los menores de 0 a 14 anos de edad en las Oficinas Registrales y Agencias del RENIEC a nivel nacional, necesaria para la implementacion de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 044-2010, segun el orden de prioridad establecido en el mismo; Que, en ese sentido, resulta necesario el inicio de la atencion en las Oficinas Registrales de MORDAZA y Comas III; asi como en la Agencia MORDAZA (Lima Cercado), a partir del 10AGO2010, de lunes a MORDAZA, en el MORDAZA de lo dispuesto en el numeral precedente; quedando la Gerencia de Operaciones Registrales autorizada a determinar la continuidad del servicio en las otras Oficinas Registrales y Agencias a nivel nacional; Que, la presente resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Organica del RENIEC, Ley N° 26497, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 650-2010-JNAC/RENIEC (20JUL2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer como estrategia operativa de ejecucion progresiva, la atencion gratuita

de los menores de 0 a 14 anos de edad en las Oficinas Registrales y Agencias del RENIEC a nivel nacional, necesaria para la implementacion de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 044-2010, segun el orden de prioridad establecido en el mismo. Articulo Segundo.- Autorizar el inicio de la atencion en las Oficinas Registrales de MORDAZA y Comas III; asi como en la Agencia MORDAZA (Lima Cercado), a partir del 10AGO2010, de lunes a MORDAZA, en el MORDAZA de lo dispuesto en el numeral precedente; quedando la Gerencia de Operaciones Registrales autorizada a determinar la continuidad del servicio en las otras Oficinas Registrales y Agencias a nivel nacional en forma progresiva, previa evaluacion de la demanda correspondiente y gestionando los medios de difusion respectivos, en coordinacion con la Gerencia de Imagen Institucional. Articulo Tercero.- Los gastos relacionados con la ejecucion de lo dispuesto en la presente resolucion seran afectados segun lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 044-2010. Articulo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Registros de Identificacion, Administracion y de Planificacion y Presupuesto, la ejecucion y la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
529053-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 8440-2010

MORDAZA, 2 de agosto de 2010 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Pellanne Massa para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de MORDAZA del 2004, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesion de la Comision Evaluadora de fecha 24 de marzo de 2010, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 11° del Reglamento

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