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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de agosto de 2010 423757 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL N° 190-2010/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modifi catorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforma a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo el inciso a) del artículo 15º, establece como atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, de fecha 18 de junio del 2004, se han aprobado los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP – de las entidades de la Administración Pública, que en el artículo 14º, numeral 14.5, establece que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demás entidades que mantienen dependencia funcional y técnica con los Ministerios, el proyecto de CAP se elabora de conformidad con las disposiciones complementarias que establece el respectivo Ministerio; el artículo 15° establece que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal se efectuará por Ordenanza Regional; artículo 16° establece que las entidades de la Administración Pública deberán modifi car el CAP, entre otros supuestos, por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación favorable del Presupuesto Analítico de Personal; y el artículo 17° señala que las Entidades deberán cumplir con publicar su CAP en el Portal Electrónico del Ministerio y en el del Gobierno Regional correspondiente dentro de los tres (03) días calendarios siguientes a la fecha de publicación de la Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad de los funcionarios conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, con Resolución Presidencial N° 583-99/CTAR PIURA-P del 07 de diciembre de 1999, la Presidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administración Regional – CTAR Piura, aprueba el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Energía y Minas; con Ordenanza Regional N° 145-2009/GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 23 de abril de 2008, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura; Que, mediante Informe N° 077-2009/GRP-420030-DR, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura presenta el informe técnico legal para aprobación de la propuesta del CAP dada la transferencia de funciones del Gobierno Central a los Gobiernos Regionales, señalando que para la elaboración de este proyecto se ha tenido en cuenta los cargos defi nidos y en base a la estructura orgánica vigente prevista en el ROF vigente, asimismo en concordancia con la normatividad vigente referente al proceso de transferencia de competencias, que faculta a las instituciones públicas la adecuación de sus documentos de gestión de acuerdo a sus necesidades; y teniendo en cuenta que la Región Piura tiene una considerable actividad minero Energética, desarrollándose actividades de exploración minera, explotación de hidrocarburos, y expansión de los sistemas de electrifi cación en zonas rurales; concluye y recomienda que el proyecto de CAP propuesto debe ser aprobado para el cumplimiento de las funciones transferidas; Que, mediante Informe N° 037-2010/GRP-410000- 410300 del 30 de marzo de 2010, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, señala que de acuerdo al artículo 16° del Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, las entidades de la administración pública deberán modifi car su CAP, entre otros supuestos, por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación favorable del Presupuesto Analítico de Personal; brindando opinión favorable a la propuesta presentada y recomendando se eleve al Consejo Regional para su respectiva aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, con Informe N° 846-2010/GRP-460000 del 23 de abril de 2010, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal, concluyendo que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Energía y Minas se encuentra conforme a la normatividad legal, debiendo continuar con el trámite de aprobación correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 07 - 2010, de fecha 23 de julio del 2010, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura, que constará de Dieciséis (16) cargos necesarios, de los cuales Tres (03) cargos son ocupados y Trece (13) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura, el cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, sobre publicación de su CAP en el Portal Electrónico del Ministerio y en el del Gobierno Regional correspondiente dentro de los tres (03) días calendarios siguientes a la fecha de publicación de la Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.