Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2010 (13/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES
VISTA:

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II. CONSIDERANDOS 1. El articulo 18 de la Ley N° 27369 establece que solo podran publicarse encuestas electorales cuando la persona natural o juridica que las realiza se encuentre inscrita ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Asimismo, faculta al MORDAZA Nacional de Elecciones a establecer los requisitos que deberan contener las encuestas o sondeos a publicarse o difundirse, adicionales al nombre del encuestador y la ficha tecnica (fecha, sistema de muestreo, tamano, nivel de representatividad y margen de error). Finalmente, autoriza al MORDAZA Nacional de Elecciones a suspender del registro a la persona o institucion que realice encuestas electorales para su difusion y que no se ajusten estrictamente a los procedimientos normados. 2. Mediante el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolucion N° 390-2005JNE y modificado por Resolucion N° 355-2006-JNE, se precisaron los requisitos para la inscripcion y renovacion de las encuestadoras, y los referidos al contenido de las encuestas y ficha tecnica. 3. En el presente pedido de renovacion, se observa que el solicitante ha cumplido con los requisitos previstos en los articulos 3 y 5, habiendo senalado su domicilio y acreditando al profesional calificado; por lo que corresponde disponer la renovacion de la inscripcion de "ICAM CONSULTORES SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA". De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y su Reglamento de Organizaciones y Funciones, aprobado mediante la Resolucion N° 130-2008-JNE. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- RENOVAR la inscripcion de "ICAM CONSULTORES SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", en la partida N° 139REE/JNE, del Registro Electoral de Encuestadoras, debiendo sujetar su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 528517-1

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

La solicitud presentada por Financiera Confianza S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de su agencia ubicada en Avenida MORDAZA MORDAZA Nº 397399, distrito y provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, autorizada mediante Resolucion SBS Nº 1108-2006 del 25 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, en sesion de Directorio de fecha 24.07.2010 se acordo el traslado de la agencia de Jauja a otro local independiente ubicado en el mismo distrito; Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifican el traslado de domicilio solicitado, habiendose cumplido con presentar la documentacion pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "C" y, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, por la Resolucion SBS Nº 775-2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Financiera Confianza S.A. el traslado de su agencia ubicada en Avenida MORDAZA MORDAZA Nº 397 - 399, distrito y provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, al local ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 135, distrito y provincia de Jauja, departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 529207-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican articulo 27º del Reglamento General del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo MORDAZA Multianual
ORDENANZA REGIONAL N° 101-2010-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL MORDAZA, POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Extraordinaria celebrada a los 7 dias del mes de junio de 2010, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, define al MORDAZA del presupuesto participativo como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, asi como la fiscalizacion de la gestion;

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Confianza S.A. el traslado de agencia ubicada en la provincia de Jauja, departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 8481-2010 MORDAZA, 4 de agosto de 2010

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