Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2010 (03/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de enero de 2010

de Relaciones Internacionales de los distintos paises de MORDAZA Latina y el Caribe, asi como a un representante de IESALC-UNESCO, evento que se desarrollara los dias 17 y 18 de noviembre del ano en curso, en la sede del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, Que, mediante memorando Nº 164-2009-DGCI, la Directora General (e) de Cooperacion Internacional, manifiesta la importancia del evento expuesto en el considerando precedente, que congrega a reconocidos especialistas en el MORDAZA de las Relaciones Internacionales Universitarias de MORDAZA Latina y el Caribe, con la finalidad de aprobar los estatutos de la Red Latinoamericana de Relaciones Internacionales de Instituciones de Educacion Superior-ReLARIES, asi como elaborar y aprobar el Plan de Trabajo para el primer periodo de funcionamiento de la misma, por lo que es necesario la presencia de un representante de la ANR, para iniciar un MORDAZA de consolidacion universitaria latinoamericana; Que, asimismo, solicita la autorizacion para poder asistir a dicho evento y se disponga la adquisicion de los pasajes Lima-Buenos Aires-Lima entre los dias 16 y 19 de noviembre, la asignacion de viaticos y TUUA, adjuntando el Programa de trabajo del citado evento; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo, dispone la elaboracion de la resolucion por la que se autorice a la Licenciada MORDAZA MORDAZA Castaneda, Directora General (e) de Cooperacion Internacional de la ANR, a la Reunion Constitutiva de la Red Latinoamericana de Relaciones Internacionales de Instituciones de Educacion Superior-ReLARIES, que se llevara a cabo los dias 17 y 18 de noviembre del ano en curso, en la sede del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, asimismo se debe cubrir los pasajes aereos y dos dias de viaticos; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la Licenciada MORDAZA MORDAZA Castaneda, Directora General (e) de Cooperacion Internacional de la Asamblea Nacional de Rectores, a fin de que participe en la Reunion Constitutiva de la Red Latinoamericana de Relaciones Internacionales de Instituciones de Educacion Superior-ReLARIES, que se realizara los dias 17 y 18 de noviembre del ano en curso, en la sede del Consejo Interuniversitario Nacional, en la MORDAZA de Buenos Aires, Argentina. Articulo 2º.- Los gastos seran asumidos por la Asamblea Nacional de Rectores, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima-Buenos Aires-Lima Viaticos por 2 dias: Tarifa Corpac (TUUA): US$ US$ US$ 555.11 400.00 31.00

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Establecen normas para la elaboracion y MORDAZA de los estados financieros correspondientes a las AFOCAT
RESOLUCION SBS Nº 16119-2009 MORDAZA, 30 de diciembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1051 publicado el 27 de junio de 2008 se ha dispuesto que la regulacion, supervision, fiscalizacion y control de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA, en adelante AFOCAT, este a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante la Superintendencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 039-2008-MTC se modifico el Decreto Supremo N° 040-2006-MTC, que aprobo el Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de MORDAZA, estableciendose en su articulo 4° inciso e) que esta Superintendencia tiene como facultades, entre otras, la de reglamentar los alcances de la informacion, formatos, estados financieros y estadisticas que se requieran a las AFOCAT; Que, el numeral 25.9 del articulo 25° del mencionado Reglamento, dispone que las AFOCAT se encuentran obligadas a presentar a la Superintendencia la informacion estadistica, contable o prudencial de acuerdo con los formatos, medios y periodicidad que MORDAZA determine mediante MORDAZA de caracter general; Que, el numeral 2.7 del articulo 2° del mencionado Reglamento, dispone que los Fondos que administran las AFOCAT constituyen patrimonios autonomos conformado por los aportes de riesgo de sus miembros; Que, por tanto se requiere establecer disposiciones referidas a la elaboracion y MORDAZA de los estados financieros, tanto de las AFOCAT como del Fondo que administran, asi como la periodicidad del envio de los reportes contables y complementarios por parte de dichas Asociaciones; Que, corresponde a esta Superintendencia establecer las normas para el adecuado registro de las operaciones realizadas por las empresas sujetas a su supervision; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros, de Estudios Economicos y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 del articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer las normas para la elaboracion y MORDAZA de los estados financieros correspondientes a las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA ­ AFOCAT y los correspondientes a los Fondos que administran asi como la remision de la informacion financiera de acuerdo a lo dispuesto en los articulos siguientes. Articulo Segundo.- Para la elaboracion de los Estados Financieros de las AFOCAT y del Fondo, se aplicaran las disposiciones especificas que, sobre determinadas operaciones, disponga esta Superintendencia. En caso de existir situaciones no previstas en dichas disposiciones, para efectos del registro contable y MORDAZA de la informacion financiera correspondiente, se aplicara lo dispuesto en el Plan de Cuentas para empresas del Sistema Asegurador aprobado por Resolucion SBS N° 348-95 y sus normas modificatorias y, en los casos no previstos por dicho Plan, en el Plan Contable General Empresarial aprobado por

Articulo 3º.- Afectar en el Componente 3.000933 Orientacion, coordinacion de desarrollo en las actividades universitarias; de la Actividad 1.001855 Orientacion, coordinacion, desarrollo de la politica institucional y de actividad y por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo 4º.- Dentro de los ocho (08) dias del retorno, la referida profesional, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 5º.- Publiquese la presente resolucion en la Pagina Web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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