Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2010 (15/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
DICE: VII. DESCRIPCION A. PROCEDIMIENTO GENERAL Del registro

411251

el procedimiento de Deposito Aduanero INTA-PG.03 (version 4), dentro del MORDAZA de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1053, y del Sistema de Calidad de la SUNAT; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 447-2009-SUNAT-A se dejo en suspenso hasta el 31.12.2009 las disposiciones del referido procedimiento relacionadas con la aplicacion del articulo 111º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102009-EF, teniendo en cuenta que dicho articulo esta directamente vinculado con la entrega de la mercancia en el punto de llegada, regulada en la Seccion Cuarta - Ingreso y Salida de Mercancias del citado Reglamento y cuya vigencia estaba prevista para el 1.1.2010; Que con Decreto Supremo Nº 319-2009-EF, publicado el 31 de diciembre del 2009, se ha modificado el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2009-EF estableciendo disposiciones, entre otras, sobre la entrada en vigencia de la Seccion Cuarta - Ingreso y Salida de Mercancias, resultando necesario modificar la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 447-2009-SUNAT-A en funcion a la citada norma; Que la prorroga de la vigencia plena del Reglamento de la Ley General de Aduanas dispuesta por el Decreto Supremo N° 319-2009-EF hace innecesaria la prepublicacion del proyecto de la presente MORDAZA conforme al numeral 3.2. del articulo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, en merito a lo dispuesto en el literal g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y estando a la Resolucion de Superintendencia Nº 049-2009/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sustituyase el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 447-2009-SUNAT-A por el texto siguiente: "Articulo 1º.- Dejese en suspenso las disposiciones del procedimiento de Deposito Aduanero INTA-PG.03 (version 4) relacionadas con el articulo 111º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF hasta la vigencia del citado Reglamento, conforme al cronograma dispuesto por el Decreto Supremo N° 319-2009-EF. Durante la suspension sera aplicable lo dispuesto por el articulo 97º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005EF". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 446230-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 001-2010/SUNAT/A Mediante Oficio Nº 011-2010-SUNAT/1A0000 la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 001-2010/SUNAT/A que aprobo el Procedimiento Especifico "Ingreso de Computadora Portatil por Tripulacion de Companias Aereas" INTAPE.14.01 (version 2), publicada en la edicion de 6 de enero de 2010. En la pagina 410449

"1. El registro de la computadora portatil se realiza a traves del MORDAZA web de la SUNAT (http://www.sunat.gob. pe/) en la siguiente ruta http://www.sunat.gob.pe/cl-atitmenu/menuS01Alias," DEBE DECIR: VII. DESCRIPCION A. PROCEDIMIENTO GENERAL Del registro "1. El registro de la computadora portatil se realiza a traves del MORDAZA web de la SUNAT (http://www.sunat.gob. pe/) en la siguiente ruta: https://www.sunat.gob.pe/cl-atitmenu/menuS01Alias,..." 445738-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican "Procedimiento para la Supervision de Deficiencias en Seguridad en Lineas de Transmision y en Zonas de Servidumbre"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 303-2009-OS/CD MORDAZA, 28 de diciembre de 2009 VISTO: El Memorando N° GFE-1562-2009 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, aprobar la modificacion del "Procedimiento para la Supervision de Deficiencias en Seguridad en Lineas de Transmision y en Zonas de Servidumbre"; CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3° de la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 3° de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.