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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2010 (15/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de enero de 2010 411256 que son de responsabilidad de REP, inclusive no con responsabilidad compartida. - Propone que en relación al requerimiento de información establecido en el numeral 7.1, se considere como alternativas de saneamiento a las referidas a reasentamiento y de orden normativo. - Sugiere que en relación a la transferencia de información establecida en el numeral 7.2, se aplique la nueva fecha de presentación a partir del año 2010; y al no establecerse un plazo, sugiere se aclare que la información referida a una nueva línea de transmisión o un nuevo caso de vano con faja de servidumbre invadida sea remitida dentro del mismo período del reporte anual. - En relación a la Nota 3 del Cuadro 2 sobre el registro de dirección donde se ubica la(s) construcción(es) en zona urbana o su referencia en zona rural, propone que se aplique para los casos que se reporten después de la publicación de la modifi catoria, sobre todo en las zonas rurales porque no siempre se puede contar con información exacta o referencial por la lejanía en la ubicación de algunas de las estructuras. Comentarios: - Tomando en cuenta la normativa vigente, solo se consideran tres opciones técnicas para considerar a un vano como saneado: Retiro de construcciones, variante de la línea y soterrado de la línea; sin embargo, los cambios normativos que podrían establecerse en la nueva versión del Código Nacional de Electricidad condicionarán las defi ciencias. Podrían haber vanos defi cientes con la norma actual que dejarían de serlo con la norma futura. - Se ha dejado sin efecto la infracción “por permitir la invasión de la faja de servidumbre de sus líneas de transmisión posterior al inicio del período de evaluación correspondiente”. - Para el caso específi co de REP, en el cálculo del Indicador Cuantitativo no se considera las defi ciencias y ampliaciones de construcciones preexistentes al 5 de Setiembre 2002; y si se considera aquellos vanos con construcciones de responsabilidad de REP y los vanos con responsabilidad compartida donde existan construcciones de responsabilidad de REP que no sean ampliaciones de construcciones preexistentes al 5 de setiembre 2002. - Asimismo, a la fecha aún no ha sido aprobada la publicación del Código Nacional de Electricidad – Suministro (con las excepciones), por lo tanto no procede la solicitud de considerarlo como alternativa de saneamiento. - En relación a la transferencia de información, se ha precisado en el Procedimiento la nueva fecha de su presentación. También se ha precisado el plazo para reportar la entrada en operación de una nueva línea de transmisión o un caso nuevo de vano con faja de servidumbre invadida. - En relación a la Nota 3 del Cuadro 2 sobre el registro de dirección donde se ubica la(s) construcción(es) en zona urbana o su referencia en zona rural, ésta debe reportarse considerando que todas las estructuras de las líneas de transmisión deben inspeccionarse como parte del mantenimiento. En el caso de zonas rurales se establece registrar una referencia de ubicación. III) Observaciones presentadas por la empresa EDELNOR S.A.A.: - Propone se defi na el concepto de vano defi ciente, vano exceptuado y vano informativo. - Propone se considere vano defi ciente en lugar de vano con faja de servidumbre invadida en la fórmula del Indicador Cuantitativo y que se amplíe hasta el 2020 la culminación del saneamiento de los vanos defi cientes. - Propone que se mantenga como plazo para remisión de la información el 20 de enero de cada año y el cierre del período de evaluación el 31 de diciembre del año precedente; así como que se reporte las nuevas líneas que entren en operación y los nuevos vanos defi cientes en el cierre del período. - En el Formato 1 debe considerarse la distancia horizontal desde la proyección vertical del conductor hasta la construcción. Comentarios: - Se ha incorporado las defi niciones de vano defi ciente, vano exceptuado y vano informativo en el Procedimiento. - Se ha mejorado la descripción del Indicador Cuantitativo en el Procedimiento. Mediante la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN N° 731-2007-OS/CD se amplió desde el 2011 hasta el 2015 la culminación del saneamiento de los vanos defi cientes. - En el numeral 7.2 del Procedimiento se han efectuado precisiones respecto al plazo de remisión de la información. En relación a las nuevas líneas de transmisión o los nuevos vanos defi cientes, se ha determinado que se reporten cada vez que entren en operación o cuando ocurra un nuevo caso de vano con faja de servidumbre invadida, para mejorar la supervisión de las fajas de servidumbre de las líneas de transmisión. - Se ha corregido el trazo de la distancia horizontal en la vista de planta del Formato 1. IV) Observaciones presentadas por la empresa EDEGEL.A.A.: - Propone que se mencione en la defi nición de vano saneado que las alternativas de saneamiento son enunciativas y que se defi na el concepto de vano defi ciente, vano exceptuado y vano informativo. - Propone que se mantenga como plazo para remisión de la información el 20 de enero de cada año y el cierre del período de evaluación el 31 de diciembre del año precedente; así como que se reporte los nuevos vanos defi cientes en el cierre del período. Las nuevas invasiones son solucionadas a corto plazo mediante procedimientos de conciliación. - Propone que la supervisión debería estar en función al cumplimiento del Indicador Cuantitativo y no en función del Programa Anual de saneamiento, ya que éste puede estar sujeto a variaciones. - En relación a las situaciones de riesgo eléctrico inminente (alto riesgo), considera que la concesionaria debe corregir la situación de riesgo y que a veces para corregirlo debe contarse con apoyo oportuno de autoridades policiales, administrativas, judiciales y municipales. - Dada la cantidad de construcciones y difi cultad en la obtención exacta de la información, no es muchas veces factible registrar la dirección donde se ubican las interferencias. - En el Formato 1, la distancia horizontal de la proyección del eje de la línea hacia la construcción debe corregirse, debido a que la proyección se considera del conductor hacia la construcción. Comentarios: - De acuerdo a lo señalado en el procedimiento solo existen tres alternativas de saneamiento (retiro de construcciones, variante de la línea y soterrado de la línea), razón por la cual no pueden ser consideradas de manera enunciativa como sugiere la concesionaria. Se ha incorporado en el Procedimiento la defi nición de vano defi ciente, vano exceptuado y vano informativo. - En el numeral 7.2 del Procedimiento se han efectuado precisiones respecto al plazo de remisión de la información. En relación a los nuevos vanos defi cientes, se ha determinado que se reporten cada vez que ocurra un nuevo caso de vano defi ciente para mejorar la supervisión de las fajas de servidumbre de las líneas de transmisión. - La supervisión no está en función del Programa de Saneamiento de la concesionaria. El Programa Anual al que se refi ere el procedimiento es el Programa Anual de Inspecciones de OSINERGMIN. - Para prevenir el incumplimiento de las distancias de seguridad que causan situaciones de riesgo eléctrico inminente, existe participación de OSINERGMIN en coordinación con las concesionarias y complementando las acciones de éstas. - En relación a la Nota 3 del Cuadro 2 sobre el registro de dirección donde se ubica la(s) construcción(es) en zona urbana o referencia de ubicación en zona rural, basta reportar una dirección o referencia por vano. Todas las estructuras de las líneas de transmisión deben inspeccionarse como parte del mantenimiento; lo cual puede aprovecharse para la toma de datos. - Se ha corregido en la vista de planta del Formato 1, el trazo de la distancia horizontal de la proyección del eje de la línea hacia la construcción. V) Observaciones presentadas por la empresa SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE S.A.A.: - Plantea que se aclare el numeral 5 inciso g) sobre el permitir la invasión de la faja de servidumbre de las líneas