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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de enero de 2010 411589 de Lima, mientras dure la promoción de la doctora Valer Fernández en la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, a partir del 21 de enero del presente año. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA como Juez Supernumeraria del Décimo Segundo Juzgado Laboral de Lima, mientras dure la promoción del doctor Quispe Montesinos en la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, a partir del 21 de enero del presente año. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 448323-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 018-2010-CSJLN/PJ Mediante Ofi cio Nº 370-2010-SJR-A-CSJLN/PJ la Corte Superior de Justicia de Lima Norte solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 018-2010-CSJLN/PJ, publicada en la edición del 15 de enero de 2010. En el Artículo Primero DICE: (...) Dr. ARNOLD ARTURO TAVARA VALDEZ, Juez Supernumerario del Juzgado Penal Transitorio. Que, además conocerá lo que corresponda al: - 5to Juzgado Especializado en lo Penal - 11mo Juzgado Penal de Ejecución - 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Carabayllo - 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Condevilla DEBE DECIR: (...) Dr. ARNOLD ARTURO TAVARA VALDEZ, Juez Supernumerario del Juzgado Penal Transitorio. Que, además conocerá lo que corresponda al: - 5to Juzgado Especializado en lo Penal - 11mo Juzgado Penal de Ejecución - 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Carabayllo - 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Condevilla - Juzgado Penal Transitorio de Condevilla 448320-1 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Admiten a trámite solicitud de autorización de nuevas carreras profesionales de Administración de Empresas e Ingeniería Civil de la Universidad Peruana del Centro RESOLUCIÓN Nº 617-2009-CONAFU Lima, 25 de noviembre de 2009 “Universidad Peruana del Centro” VISTOS: La Resolución Nº 167-2007-CONAFU de fecha 18 de junio de 2007, el Ofi cio Nº 061-2009/PCO- UPeCEN recibido con fecha 13 de noviembre de 2009, el Ofi cio Nº 1113-2009-CONAFU-CDAA de fecha 19 de noviembre de 2009 y el Acuerdo N° 553-2009 de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento defi nitivo; en concordancia con el artículo 3° inciso b) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189- 2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 10º del Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 3° del Estatuto, se establece que: “son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… e) Autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas, así como determinar el número de vacantes en las universidades con funcionamiento provisional”, en concordancia con el inciso n) del artículo 10º del mismo cuerpo normativo; Que, en el artículo 9° del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades bajo competencia del CONAFU aprobado por Resolución N° 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, se establece que: “… los Proyectos (refi riéndose a los Proyectos de Desarrollo Institucional de una Universidad) se presentarán con un máximo de 5 carreras profesionales”; Que, por Resolución Nº 167-2007-CONAFU de fecha 18 de junio de 2007, se resuelve aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de “Universidad Peruana del Centro”, presentado por la Promotora Universidad Peruana del Centro, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermería, 2) Derecho y Ciencia Política, y 3) Obstetricia; Que, con Ofi cio Nº 061-2009/PCO-UPeCEN recibido con fecha 13 de noviembre de 2009, el doctor Efraín Pedro Uribe Correa, Presidente de la Comisión Organizadora