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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (04/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de febrero de 2010 412776 E.I.R.L., mediante el cual solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 1143-2009-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante el Expediente señalado en visto cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que se procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa CORDAEZ E.I.R.L., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión correspondiente; De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008- MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa CORDAEZ E.I.R.L., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en la Avenida Lima Nº 1071, Barranco, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa CORDAEZ E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2010 Segunda Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2011 Tercera Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2012 Cuarta Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2013 Quinta Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2014 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa CORDAEZ E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 17 de setiembre del 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 17 de setiembre del 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 17 de setiembre del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 17 de setiembre del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 17 de setiembre del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 448121-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Dan por terminada designación de Director Ejecutivo del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCVIA N° 028-10-IPEN/PRES Lima, 03 de Febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia No.219- 09-IPEN/PRES de fecha 16 de setiembre de 2009, se designó a la Ingeniera Kattia Josefi na Bohorquez Cairo en el cargo de confi anza de Director Ejecutivo, Nivel D-5, del Instituto Peruano de Energía Nuclear; Que, esta Presidencia ha visto necesario efectuar acciones sobre personal; De conformidad con el artículo 3° de la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y con los artículos 9º y 10º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo No. 062-2005-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por terminada a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, la designación de la Ingeniera Kattia Josefi na Bohorquez Cairo en el cargo de confi anza de Director Ejecutivo, Nivel D-5, del Instituto Peruano de Energía Nuclear, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal de transparencia de la página web del IPEN. Regístrese y comuníquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente Instituto Peruano de Energía Nuclear 454128-1