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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (04/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de febrero de 2010 412778 aquel al que correspondan las adquisiciones, conforme al cronograma que ésta establezca mediante Resolución de Superintendencia; Que en virtud de lo señalado por el citado artículo, resulta necesario aprobar el cronograma para que las Entidades del Sector Público Nacional cumplan con presentar la información correspondiente al año 2010; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS no se prepublica la presente Resolución por considerar que ello resulta innecesario toda vez que ésta se limita a aprobar el cronograma que permitirá a determinadas Entidades del Sector Público Nacional cumplir con la obligación pre establecida de proporcionar la información de sus adquisiciones del año 2010; Estando a lo dispuesto por el artículo 3° del TUA de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM y normas modifi catorias y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- CRONOGRAMA 2010 Las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional señaladas en el anexo que forma parte del TUA de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones aprobado por el Decreto Supremo N.° 027-2001-PCM y normas modifi catorias, deberán entregar a la SUNAT la información que corresponda a las adquisiciones de bienes y/o servicios de enero a diciembre de 2010 de acuerdo al siguiente cronograma. Año 2010 Adquisiciones del mes Último dígito del RUC 0,1,2,3,4 5,6,7,8,9 Enero 30.03.2010 31.03.2010 Febrero 29.04.2010 30.04.2010 Marzo 28.05.2010 31.05.2010 Abril 28.06.2010 30.06.2010 Mayo 27.07.2010 30.07.2010 Junio 27.08.2010 31.08.2010 Julio 29.09.2010 30.09.2010 Agosto 28.10.2010 29.10.2010 Setiembre 29.11.2010 30.11.2010 Octubre 30.12.2010 31.12.2010 Noviembre 28.01.2011 31.01.2011 Diciembre 25.02.2011 28.02.2011 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 453790-1 Dejan sin efecto y designan Ejecutor Coactivo de las Intendencias de Aduana de Tumbes y Paita RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 041-2010/SUNAT Lima, 3 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 135-2005/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivo de las Intendencias de Aduana de Tumbes, Paita y La Tina, al señor abogado Percy Luis Palomino Borja; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto dicho nombramiento y efectuar una nueva designación de Ejecutor Coactivo, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en dichos Órganos de Línea; Que el Artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán cumplir los funcionarios de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto el nombramiento del señor abogado Percy Luis Palomino Borja, como Ejecutor Coactivo de las Intendencias de Aduana de Tumbes, Paita y La Tina. Artículo 2°.- Designar como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de las Intendencias de Aduana de Tumbes y Paita, al señor abogado Roberto Ancelmo Paredes López. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 453791-1 Aprueban procedimiento específico “Suspensión de Plazos” INTA-PE.00.07 (versión 3 ) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 050-2010/SUNAT/A Callao, 2 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT aprobará los procedimientos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento; Que el artículo 164º del Decreto Legislativo N.º 1053 - Ley General de Aduanas señala que la Administración Aduanera dispondrá las medidas y procedimientos tendientes a asegurar el ejercicio de la potestad aduanera; Que en concordancia con lo expuesto, es necesario aprobar el Procedimiento Específi co “Suspensión de Plazos”, INTA-PE.00.07 (versión 3), el cual permitirá a la autoridad aduanera un correcto accionar cuando sobrevenga alguna justa causa que impida continuar con el trámite o régimen aduanero; Que conforme al artículo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad,