Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2010 (07/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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i. Subgerencia de Personal. ii. Subgerencia de Contabilidad. iii. Subgerencia de Tesoreria. iv. Subgerencia de Logistica. v. Subgerencia de Control Patrimonial. d) Gerencia de Informatica y Estadistica. 7.- Organo de Defensa Judicial: a) Procuraduria Publica Municipal. 8.- Organos de Gestion Municipal: a) Gerencia de Desarrollo Urbano: i. Subgerencia de Obras Publicas. ii. Subgerencia de Estudios, Proyectos de Obras y Gestion del Territorio. iii. Subgerencia de Obras Privadas, Defensa Civil y Catastro. iv. Subgerencia de Transportes, MORDAZA y Vialidad. b) Gerencia de Servicios a la Ciudad: i. Subgerencia de Limpieza Publica. ii. Subgerencia de Medio Ambiente. c) Gerencia de Rentas: i. Subgerencia de Administracion Tributaria. ii. Subgerencia de Recaudacion Tributaria. iii Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria. iv. Subgerencia de Ejecucion Coactiva. e) Gerencia de Desarrollo Economico Local: i. Subgerencia de Promocion Empresarial y Empleo. ii. Subgerencia de Comercializacion. iii. Subgerencia de Control y Fiscalizacion. iv. Subgerencia de Sanciones Administrativas. v. Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Policia Municipal. f) Gerencia de Desarrollo Social: i. Subgerencia de Salud, Promocion Social y Lucha contra la Pobreza. ii. Subgerencia de DEMUNA y OMAPED. iii. Subgerencia de Educacion, Cultura, Deporte y Promocion de la Juventud. iv. Programa del Vaso de Leche y Programas Alimentarios. Articulo 2º.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, el cual consta de 34 folios y se encuentra anexo a la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Dejar sin efecto toda MORDAZA que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Informatica la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en la pagina web de la Municipalidad www.munisjm.gob.pe POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 454785-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban "Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de MORDAZA El MORDAZA 2009-2021"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 198-MVES MORDAZA El MORDAZA, 12 de enero del 2010 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA, EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA; Visto: El Informe Nº 97-09-PPMIO-MVES, de fecha 09.12.2009, suscrito por la Jefa del Programa de Promocion de la Mujer e Igualdad de Oportunidades de esta Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27792, Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 1º, declara que la persona humana y el respeto de su dignidad, son el fin supremo de la sociedad y el Estado; y, asimismo, garantiza en el inciso 2 de su articulo 2º que toda persona tiene derecho "a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole"; Que, el Estado Peruano ha suscrito y ratificado tratados sobre derechos humanos y compromisos internacionales en materia de igualdad de oportunidades y equidad de genero, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos; el Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales; la Convencion sobre la Eliminacion de todas las formas de Discriminacion Contra la Mujer CEDAW; la Convencion Interamericana para Prevenir y Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer "Belem Do Para"; el Programa de Accion Municipal sobre la Mujer de MORDAZA Latina y el Caribe, CEPAL 1994; entre otros; Que, en este MORDAZA normativo se promulgo la Ley N.º 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres, con el objeto de establecer un regimen legal que garantice, tanto a mujeres como varones el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales a la igualdad, dignidad, bienestar, autonomia y MORDAZA de desarrollo; en ese sentido, el articulo 6º de la MORDAZA en cuestion ha establecido lineamientos que deberan tener el Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, en virtud a tal disposicion, los Gobiernos Locales adoptan politicas, planes y programas, integrando los principios de la presente Ley de manera transversal. Entre estos lineamientos tenemos: Promover y garantizar la participacion plena y efectiva de mujeres y hombres en la consolidacion del sistema democratico; por otro lado, desarrollar politicas, planes y programas para la prevencion, atencion y eliminacion de la violencia en todas sus formas y en todos los espacios, en especial la ejercida contra las mujeres y garantizar el derecho a un trabajo productivo, ejercido en condiciones de MORDAZA, equidad, seguridad y dignidad humana, incorporando medidas dirigidas a evitar cualquier MORDAZA de discriminacion laboral, entre mujeres y hombres, con una identica remuneracion por trabajo de igual valor; Que, la Decimo Primera Politica de Estado del Acuerdo Nacional establece la "Promocion de la Igualdad de Oportunidades sin Discriminacion", donde el Estado del cual es parte los Gobiernos Locales esta obligado a implementar politicas con equidad de genero y desarrollo

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