Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2010 (01/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de marzo de 2010

Que, en el articulo 14º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, se establece que: "Con la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional, el administrado debera presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional..."; Que, por escrito s/n recibido con fecha 08 de agosto de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Promotor del Proyecto de la Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C., presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creacion del Proyecto de la referida Universidad para su aprobacion y autorizacion, con las Carreras Profesionales: 1) Tecnologia Medica: Fisioterapia y Rehabilitacion, 2) Farmacia, 3) Enfermeria, cada una con 35 vacantes por ciclo academico, adjuntando la documentacion correspondiente; Que, por Resolucion N° 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, se resuelve aprobar el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo la Competencia del CONAFU, (en adelante Reglamento); Que, en el articulo 18° del Reglamento del CONAFU se establece que el procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento ante la Oficina de Tramite Documentario (OTD) ... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Oficina de Tramite Documentario, ingresara oficialmente el expediente para su tramite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fin de que esta MORDAZA, remita las secciones A) y C) a la Consejeria de Asuntos Academicos (CDAA) y la Seccion B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias habiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo termino emitiran los informes correspondientes; Que, el articulo 21º del texto normativo MORDAZA referido, senala que: "el procedimiento se establece con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, previo pago de la tasa administrativa para evaluacion de admision a tramite de la solicitud .... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de mesa de partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la Secretaria General para que remita la Parte A) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos (CEAA) y la Parte B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, con Oficio Nº 886-2009-CONAFU-CDAA de fecha 25 de setiembre de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos, informa al Pleno del CONAFU que el Responsable del Proyecto de Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C., ha cumplido con el levantamiento de observaciones para la admisibilidad del PDI correspondientes a la Parte "A" del referido Proyecto Universitario, por lo que sugiere aprobar la admisibilidad en dicho aspecto; Que, por Resolucion N° 517-2009-CONAFU de fecha 23 de octubre de 2009, se resuelve declarar inadmisible la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad Autonoma del Sur SAC, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Promotor del referido Proyecto Universitario, concediendosele el plazo de ocho (08) dias habiles para subsanar la omision advertida en el Informe Legal Nº 417-2009-CONAFU-CJ de fecha 22 de setiembre de 2009, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su solicitud y archivar el expediente en caso de incumplimiento;

Que, con Oficio N° 003-2009-PU-UPAS recibido con fecha 17 de noviembre de 2009 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Promotor del Proyecto de la Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C., hace llegar el levantamiento de las observaciones contenidas en la Resolucion N° 517-2009-CONAFU; Que, por Resolucion N° 634-2009-CONAFU de fecha 15 de diciembre de 2009, se resuelve otorgar al Proyecto de Universidad Privada Autonoma del Sur SAC, una nueva prorroga de treinta (30) dias habiles para que levante la observacion aun pendiente indicado en el Informe Legal N° 516-2009-CONAFU-CJ bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su solicitud y archivarse el expediente en caso de incumplimiento; Que, con Oficio N° 004-2009-PU-UPAS recibido con fecha 23 de noviembre de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA Rosello MORDAZA, Representante del Proyecto de la Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C., hace llegar el levantamiento de las observaciones contenidas en la Resolucion N° 517-2009-CONAFU, en cumplimiento de la Resolucion N° 634-2009-CONAFU; Que, por Informe Legal N° 535-2009-CONAFUCJ de fecha 14 diciembre de 2009, la Comision Juridica del CONAFU informa que el oficio presentado por el Representante del Proyecto de Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C. donde hace llegar el levantamiento de las observaciones contenidas en la Resolucion de Inadmisibilidad N° 517-2009-CONAFU la Promotora ha cumplido con remitir la MORDAZA de Inscripcion Registral de la Escritura de Modificacion de su objeto social, teniendo por levantada la observacion correspondiente a la Parte "B" del PDI del Proyecto de la referida Universidad, por lo que el referido Proyecto Universitario se encuentra apto para su admision a tramite; Que, en el articulo 22º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables, la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite"; Que, por Oficio Nº 0007-2009-CONAFU-P de fecha 15 de enero de 2010, el Presidente del CONAFU cita a los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de "Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C.", de conformidad con el articulo 22º del Reglamento del CONAFU; Que, en cumplimento del parrafo anterior se llevo a cabo la entrevista de los Promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Privada Autonoma del Sur SAC, con los senores Consejeros del Pleno del CONAFU, en cumplimiento con la MORDAZA correspondiente; Que, en sesion de fecha 25 de enero de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 027-2010-CONAFU acordo por UNANIMIDAD: Admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Autonoma del Sur SAC, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Promotor del Proyecto de la Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C., con las Carreras Profesionales: 1) Tecnologia Medica: Fisioterapia y Rehabilitacion, 2) Farmacia, 3) Enfermeria, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y las demas normas que resulten aplicables; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Autonoma del Sur S.A.C., presentado

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