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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de marzo de 2010 415718 y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Factores de Reajuste que debe aplicarse a las obras de edifi cación, correspondiente a las seis (6) Áreas Geográfi cas para las Obras del Sector Privado, derivados de la variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el período del 01 al 28 de febrero de 2010, según aparece en el cuadro siguiente: ÁREAS GEOGRÁFICAS Nº OBRAS DE EDIFICACIÓN Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total 1 1,0000 1,0008 1,0008 1,0000 1,0006 1,0006 1,0000 1,0010 1,0010 1,0000 1,0005 1,0005 2 1,0000 1,0025 1,0025 1,0000 1,0034 1,0034 1,0000 1,0028 1,0028 1,0000 1,0029 1,0029 3 1,0000 1,0042 1,0042 1,0000 1,0055 1,0055 1,0000 1,0042 1,0042 1,0000 1,0046 1,0046 4 1,0000 1,0013 1,0013 1,0000 1,0012 1,0012 1,0000 1,0014 1,0014 1,0000 1,0011 1,0011 5 1,0000 1,0036 1,0036 1,0000 1,0055 1,0055 1,0000 1,0029 1,0029 1,0000 1,0039 1,0039 6 1,0000 1,0030 1,0030 1,0000 1,0039 1,0039 1,0000 1,0028 1,0028 1,0000 1,0031 1,0031 Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Artículo 3º.- Los factores indicados no serán aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales específi cos. Artículo 4º.- Los montos de obra a que se refi ere el Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7º.- Las Áreas Geográfi cas comprenden los departamentos siguientes: a) Área Geográfi ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográfi ca 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Área Geográfi ca 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfi ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Área Geográfi ca 5: Loreto. f) Área Geográfi ca 6: Cusco, Puno, Apurímac, y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 469093-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan Gerente de Informática de la SUNARP RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 057-2010-SUNARP/SN Lima, 15 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 3° de la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley N°27594, por Resolución del Titular de la Entidad se nombra y remueve a los funcionarios de confi anza, la que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, de conformidad al literal n) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N°135-2002-JUS, el Superintendente Nacional tiene como facultad el designar los cargos de confi anza y nombrar, contratar, suspender, remover o cesar al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio; Que, al haberse encontrado vacante la plaza de Gerente de Informática de la SUNARP, se encargaron las funciones de dicha plaza por Resolución N°022- 2010-SUNARP/GG, al ingeniero Jorge Rondón Chávez, Gerente de Informática de la Zona Registral N° IX – Sede Lima; en tanto se designe al titular de la misma; De conformidad, al literal v) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N°135- 2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al ingeniero Augusto Ernesto Bernuy Alva, en el cargo de confi anza de Gerente de Informática de la SUNARP, a partir del 15 de marzo del 2010. Artículo Segundo.- Dar por concluida la encargatura de funciones dispuesta por el Artículo Segundo de la Resolución N°022-2010-SUNARP/GG. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Públicos 468999-1