Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2010 (30/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419865

La estimacion del factor de control correspondiente al trimestre junio ­ agosto de 2010 se realizo de acuerdo con lo previsto en los contratos de concesion: Fn = Factor de control para el trimestre "n".

Fn

(1 X ) *

IPCn IPCn

1 2

· Linea Plus 5 de S/. 94.18 a S/. 60.00. · Plan Control 4 de S/. 88.00 a S/. 60.00. · Linea Plus 4 de S/. 87.54 a S/. 60.00. · Plan Tarifario al Minuto 4 de S/. 83.72 a S/. 60.00. · Linea Plus 3 de S/. 80.87 a S/. 60.00. · Plan Tarifario al Minuto 5 de S/. 80.08 a S/. 60.00. · Plan Control 3 de S/. 78.00 a S/. 60.00. · Linea Plus 2 de S/. 74.23 a S/. 60.00. · Plan Tarifario al Minuto 3 de S/. 73.85 a S/. 60.00. · Linea 70 de S/. 73.01 a S/. 60.00. Tarifas por Trafico Adicional al Trafico incluido en el Plan Tarifario (planes con tasacion al segundo): · Plan al MORDAZA en Horario Normal de S/. 0.00226 a S/. 0.00121. · Plan al MORDAZA en Horario Reducido de S/. 0.00114 a S/. 0.00083. Tarifas por Trafico Adicional al Trafico incluido en el Plan Tarifario (planes con tasacion al minuto): · Plan al Minuto 1 en Horario Normal de S/. 0.106 a S/. 0.098. · Plan al Minuto 1 en Horario Reducido de S/. 0.058 a S/. 0.050. Cargo de Establecimiento de Llamada por Trafico Adicional al Trafico incluido en el Plan Tarifario (planes con tasacion al segundo): · Plan al MORDAZA en Horario Normal de S/. 0.00226 a S/. 0. · Plan al MORDAZA en Horario Reducido de S/. 0.00114 a S/. 0. Finalmente, en el caso de la Canasta E se contemplan las siguientes variaciones tarifarias (las tarifas incluyen IGV): · Larga Distancia Nacional en Horario Normal de S/. 0.781 a S/. 0.765. · Larga Distancia Nacional en Horario Reducido de S/. 0.450 a S/. 0.445. 499903-2

IPC = Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana a inicio del trimestre "n-1" y "n-2" que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI). X = Factor de Productividad Trimestral. Segun la formula senalada, la estimacion del factor de control para las Canastas C, D y E correspondiente al trimestre junio ­ agosto de 2010 se muestra en el siguiente cuadro Nº 1: Cuadro Nº 1 Factor de Control del trimestre Junio ­ Agosto de 2010 Canastas C, D, y E
Concepto Factor X Trimestral IPC n-1 IPC n-2 mar-10 dic-09 Mes Valor -0,01645 101,01 100,11 0,9924 -0,76% Elaboracion: Gerencia de Politicas Regulatorias - OSIPTEL

Factor de Control del Trimestre

El valor del Factor de Control de 0.9924, indica que la reduccion nominal minima promedio de las tarifas propuestas por Telefonica para las canastas C, D y E es de 0.76%. Asimismo, a continuacion se presentan: i) las variaciones exigidas; y ii) las variaciones aplicadas en cada canasta para el trimestre junio ­ agosto de 2010. Cuadro Nº 2 Variaciones Exigidas y Aplicadas por Canasta Junio ­ Agosto de 2010
Canasta Reduccion Exigida C - Cargo de Instalacion D - Rentas Mensuales y Llamadas Locales E - Llamadas LDN y LDI -0,76% -0,76% -0,76% Reduccion Aplicada -0,76% -0,76% -0,76%

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se mantiene la vigencia de derechos antidumping impuestos a determinadas importaciones de tejidos popelina para camiseria, crudos, blancos o tenidos, mezcla de poliester con algodon, originarios de la Republica Popular China
RESOLUCION Nº 105-2010/CFD-INDECOPI MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2010 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto, el Expediente 012-2009-CFD; y,

Elaboracion Gerencia de Politicas Regulatorias - OSIPTEL.

Cabe senalar en las Canastas C, D y E, no se cuenta con credito vigente en el ajuste trimestral vigente. En cuanto al reconocimiento de credito adicional por la incorporacion de altas nuevas en los planes cuyas rentas fueron reducidas en el ajuste trimestral de tarifas correspondiente al periodo marzo ­ MORDAZA de 2007, corresponde reiterar que dicho reconocimiento debe realizarse de acuerdo al instructivo de tarifas y en lo referente a la estimacion del trafico adicional producto de la incorporacion de altas nuevas conforme a lo indicado mediante carta Nº C.743-GG.GPR/2009. En el caso de la Canasta C se ha realizado una reduccion en la tarifa por el establecimiento de una nueva conexion de S/. 348.65 a S/. 346.00 (incluido el IGV). En el caso de la canasta D, se contemplan las siguientes variaciones tarifarias (las tarifas incluyen IGV): Rentas Mensuales: · Linea Plus 13 de S/. 153.53 a S/. 60.00. · Linea Plus 12 de S/. 146.98 a S/. 60.00. · Plan Control 5 de S/. 146.00 a S/. 60.00. · Linea Plus 7 de S/. 107.77 a S/. 60.00. · Linea 100 de S/. 105.01 a S/. 60.00. · Linea Plus 6 de S/. 100.72 a S/. 60.00.

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