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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de octubre de 2010 427292 Aceptan renuncia y designan Director Ejecutivo y Directora de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud II Lima Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 772-2010/MINSA Lima, 6 de octubre del 2010 Vistos los Expedientes Nºs 10-076062-001 y 10- 076070-001 que contienen las renuncias de los contadores públicos Andrés Fernando Rodríguez Ojeda y Juan José Castillo Serna y los Ofi cios Nºs 2840-2010-DG-DISA- II-LS/MINSA y 2841-2010-DG-DISA-II-LS/MINSA del Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 758-2009/ MINSA de 6 de noviembre de 2009, se designó al contador público Juan Jose Castillo Serna, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que con Resolución Ministerial Nº 163-2009/MINSA de 16 de marzo de 2009, se designó al contador público Andrés Fernando Rodríguez Ojeda, en el cargo de Director de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que estando a lo solicitado con los documentos de visto resulta conveniente aceptar las renuncias presentadas y designar en sus reemplazos a los profesionales propuestos; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fi scal 2010, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por los contadores públicos de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud que a continuación se detallan: Nombres y Apellidos Cargo Nivel Juan Jose Castillo Serna Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-4 Andrés Fernando Rodríguez Ojeda Director de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-3 Artículo 2º.- Designar en la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud a los profesionales que a continuación se detallan: Nombres y Apellidos Cargo Nivel Bachiller en Ciencias económicas José Luis Rengifo Barrios Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-4 Contadora pública Lizet Gladys Miraval Contreras Directora de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-3 Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 552958-7 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban contrato de adecuación al régimen de concesión única a celebrarse con persona natural para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 452-2010-MTC/03 Lima, 4 de octubre de 2010 VISTA, la solicitud presentada mediante documento con registro P/D Nº 102921 del 02 de agosto de 2010, por el señor DEMETRIO RIGOBERTO PICON ACOSTA, en su calidad de concesionario del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, para que se adecúe su concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 176-2007-MTC/03 al régimen de concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 176-2007- MTC/03 del 11 de abril de 2007, se otorgó al señor DEMETRIO RIGOBERTO PICON ACOSTA, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende los distritos de Villa El Salvador, San Juan de Mirafl ores, y Villa María del Triunfo, de la provincia de Lima, del departamento de Lima, y la totalidad del territorio del departamento de Ica; suscribiéndose el respectivo contrato de concesión el 06 de julio de 2007; Que, el 18 de mayo de 2006 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la Ley Nº 28737, Ley que establece la concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, la cual modifi ca diversos artículos del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28737 señala que los contratos de concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones suscritos antes de la vigencia de la citada Ley mantienen su plena vigencia en tanto no opten sus titulares por adecuar sus respectivas concesiones para la obtención de la concesión única; y que el Reglamento General establecerá los procedimientos, plazos y excepciones, de ser el caso, para la adecuación; Que, la Decimoséptima Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, señala que los concesionarios podrán adecuarse al régimen de concesión única, para lo cual deberán cumplir con presentar una solicitud dirigida al Ministerio, de acuerdo al formato establecido; y una vez aprobada la solicitud, se suscribirá el contrato tipo al cual se le agregarán los contratos vigentes como anexos manteniéndose sus obligaciones, derechos y plazos; Que, el numeral 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47º de la citada norma, señala que la concesión es el acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente; la concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector;