Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2010 (14/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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que fueron capacitados en el ano 2009 por el mencionado Programa. Dicha Encuesta sera ejecutada por la Direccion General de Promocion del Empleo del MTPE. Articulo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion, estableciendose como periodo de acopio de la informacion del 01 al 30 de setiembre de 2010, mediante entrevista directa. Articulo 3º.- Los beneficiarios a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, brindaran las facilidades a los encuestadores y supervisores encargados del diligenciamiento de los formularios, quienes estaran debidamente acreditados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 4º.- La informacion proporcionada por las personas entrevistadas, tendra el caracter de confidencial, en observancia de lo dispuesto por el articulo 97º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 554509-1

3. Con fecha 22 de MORDAZA de 2008, la Entidad suscribio Contrato de Compra Venta Nº 048-2008-MPCH, con el senor Hermis Stiven MORDAZA MORDAZA, representante del Contratista, para la "Adquisicion de Aceite", por el monto ascendente a S/. 103,327.06 (Ciento tres mil trescientos veintisiete y 06/100 Nuevos Soles), en el cual se establecio el cronograma de entregas de acuerdo a las siguientes fechas: · Primera Entrega : 24 de MORDAZA de 2008. - 195 MORDAZA se entregarian en el Almacen de la Entidad en Chiclayo. - 243.66 MORDAZA se entregarian en el Almacen de la Entidad en Chota. · MORDAZA Entrega : 31 de MORDAZA de 2008 - 438.67 MORDAZA · Tercera Entrega : 21 de setiembre de 2008 - 438.67 MORDAZA se entregarian en la Entidad en Chota. 4. Mediante Carta Notarial de fecha 04 de agosto de 2008, la Entidad requirio el cumplimiento de la Clausula Setima del Contrato, otorgandole el plazo de dos (2) dias cumpla con su obligacion, bajo apercibimiento de resolver el contrato de pleno derecho. 5. Mediante Carta de fecha 06 de agosto de 2008, el Contratista solicito a la Entidad, la ampliacion de plazo de entrega del Aceite vegetal senalando que el hecho de haber sido confiscado parte de dicho producto por la Fiscalia, les impedia de cumplir con los plazos establecidos, comprometiendose a dicha entrega para el dia martes 11 de agosto de 2008. 6. Mediante Informe Nº 054-2008-MPCH-PCA de fecha 13 de agosto de 2008, la Entidad senala los siguiente fundamentos: i. Con fecha 03 de junio de 2008, se efectuo la convocatoria del bien, mediante Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2008MPCH/A por Subasta Inversa Presencial, el MORDAZA se llevo a cabo en las fechas establecidas, quedando desierto el item Aceite por falta de postores. El mismo que bajo de nivel a una ADS Nº 021-2008-MPCH/A. ii. Con fecha 04 de MORDAZA de 2008 se efectuo la convocatoria para la Adquisicion de Aceite por un monto de S/. 95,225.76, para la cual se senalo fecha del otorgamiento de la Buena Pro el dia 17 de MORDAZA de 2008. Se presentaron dos postores entre los cuales se encontraban: Ave Fenix Bienes y Servicios EIRL y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Luis. iii. El ganador del MORDAZA fue Ave Fenix Bienes y Servicios EIRL (Contratista). iv. Con fecha 22 de MORDAZA de 2008, suscribieron Contrato de Compra Venta Nº 048-2008-MPCH con el postor ganador de la Buena Pro. v. Segun el cronograma establecido en las Bases del MORDAZA se determinaron que la Primera entrega del producto se efectuaria el 24 de MORDAZA de 2008 y la MORDAZA entrega el 31 de MORDAZA de 2008. vi. La empresa Ave Fenix Bienes y Servicios EIRL, incumplio la entrega del aceite en las fechas senaladas. vii. Con fecha 04 de agosto de 2008, cursaron la Carta Notarial al Contratista por su incumplimiento, asi como tambien por la falta de seriedad al no respetar lo acordado en el cronograma de entrega. viii. Opinaron, que en base a los hechos expuestos se rescinda el contrato y notificar al CONSUCODE. 7. Con fecha 13 de agosto de 2008, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 374-2008-MPCH/A, la Entidad resolvio el Contrato de Compra Venta Nº 048-2008-MPCH. 8. Mediante Carta Notarial de fecha 13 de agosto de 2008, la Entidad notifico la resolucion del Contrato de Compra Venta Nº 048-2008-MPCH de fecha 22 de MORDAZA de 2008, la misma que fue diligenciada notarialmente con fecha 16 de agosto de 2008, conforme a la certificacion que se describe a continuacion realizada por la Notaria MORDAZA MORDAZA Quijano: "CERTIFICO: Que de conformidad con lo prescrito por el articulo 100 de la Ley del Notariado, siendo la 1.30 pm del dia 16 de agosto de 2008 tramite la Carta original a que se refiere este duplicado en la direccion senalada en el rubro siendo recibido por la Secretaria, enterada del contenido se nego a firmar y dar su nombre."

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Declaran no ha lugar a la imposicion de sancion contra la empresa Ave Fenix Bienes y Servicios E.I.R.L. en lo referente a presunta responsabilidad en la resolucion de contrato
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1918-2010-TC-S4 Sumilla: A traves de su potestad sancionadora, el Tribunal de Contrataciones del Estado determina si los hechos denunciados constituyen una infraccion administrativa; aplicando la sancion respectiva, de ser el caso. MORDAZA, 6 de octubre de 2010 Visto en sesion del 06 de octubre de 2010, de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente Nº 3225-2008-TC, sobre la aplicacion de sancion iniciada contra la empresa AVE FENIX BIENES Y SERVICIOS EIRL, por su supuesta responsabilidad al haber dado lugar a la resolucion del Contrato de Compra Venta Nº 048-2008-MPCH, entre la Entidad y el Contratista en el MORDAZA del MORDAZA Adjudicacion Directa Selectiva Nº 021-2008-MPCH por Subasta Inversa Presencial; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El 04 de MORDAZA de 2008, la Municipalidad Provincial de Chota, en lo sucesivo la Entidad, convoco la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 021-2008-MPCH por Subasta Inversa Presencial (Convocatoria: 1), para la "Adquisicion de Aceite", por un valor referencial ascendente a S/. 95,225.76 (Noventa y cinco mil doscientos veinticinco y 76/100 Nuevos Soles), la cual devino del MORDAZA Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2008-CHOTA. 2. El 17 de MORDAZA de 2008, se otorgo la Buena Pro del MORDAZA Adjudicacion Directa Selectiva Nº 021-2008-MPCH por Subasta Inversa Presencial (Convocatoria: 1) para "Adquisicion de Aceite", a la empresa AVE FENIX BIENES Y SERVICIOS EIRL, en adelante el Contratista, siendo adjudicado, por el monto ascendente a S/. 103,327.06 (Ciento tres mil trescientos veintisiete y 06/100 Nuevos Soles), segun publicacion en el SEACE.

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