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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (05/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de agosto de 2011 448050 Y METAS DE GESTION Y LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES.- El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de la fórmula tarifaria (FT), estructura tarifaria (ET) y metas de gestión (MG) que serán aplicadas por EMAPAB SRL. para el próximo quinquenio. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión efi cientes de la empresa, que fi guran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos comprendidos en el Anexo Nº 2 del Reglamento General de Tarifas2. La evaluación fi nal de la propuesta tarifaria de los precios de los servicios colaterales que contiene los costos máximos de las actividades requeridas para su prestación correspondiente, que serán aplicados por EMAPAB SRL. Dicha evaluación ha sido elaborada en base a la cantidad y rendimientos de los recursos identifi cados por la EPS, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa. II. CONSIDERACIONES LEGALES.- De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3° de la Ley N° 273323, y los artículos 24° y 26° del Reglamento General de la SUNASS4, la SUNASS es competente para establecer la FT, ET y MG que serán aplicados por las EPS. Asimismo, el artículo 30° de la Ley Nº 263385 señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. Por otro lado, el artículo 85º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 263386, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS. III. IMPACTO ESPERADO: La aprobación de la FT, ET, MG y de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales, aplicables por EMAPAB SRL. benefi cia, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la población atendida. A la EPS debido a que su aplicación debe coadyuvar a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera. Por otra parte, la población se benefi cia al existir un compromiso de la empresa refl ejado en las MG, cuyo cumplimiento deberá traer como consecuencia una mejora en la calidad y continuidad de los servicios, siendo también un benefi cio para la población la viabilidad y sostenibilidad de la EPS. 2 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 3 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 4 Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. 5 Ley General de Servicios de Saneamiento. 6 Aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA. 673034-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Designan responsable de brindar infor- mación de acceso público correspondi- ente al Organismo de Evaluación y Fis- calización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 049-2011-OEFA/PCD Lima, 4 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 061-2010-OEFA/PCD, de fecha 30 de noviembre de 2010, se designó a la señorita Gladys Kailyn Rengifo Reátegui como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación de la citada profesional como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al OEFA y designar al reemplazo correspondiente; Contando con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, y la Resolución Suprema Nº 017-2009- MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señorita Gladys Kailyn Rengifo Reátegui como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, efectuada mediante el artículo 2° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 061-2010-OEFA/PCD. Artículo 2º.- Designar a la señora MIRIAM ALEGRIA ZEVALLOS como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, solicitada al amparo del derecho constitucional consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú y de lo dispuesto en la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento. Artículo 3º.- La profesional designada mediante el artículo 2° de la presente Resolución, deberá cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 5° del Reglamento de la Ley N° 27806 y demás disposiciones que resulten aplicables. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General que disponga la colocación de copia de la presente Resolución en un lugar visible de la Sede del OEFA; así como su publicación en la Página Web Institucional y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER V. GARCÍA ARATA Presidente 673499-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a persona natural con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 1206-2011-TC-S1 Sumilla: “Es pasible de sanción el postor que presenta documentos falsos a la Entidad, entendiéndose por tales aquellos que no hayan sido expedidos por su emisor o que, siendo válidamente emitidos, hayan sido adulterados en su forma o contenido, independientemente de quién haya sido su autor o de las circunstancias que condujeron a su falsifi cación.”