Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2011 (22/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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e internacionales y mejorar las condiciones de competitividad del sector. m. Las demas establecidas en la presente Ley. Articulo 15. Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (Serfor) El Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (Serfor) esta dirigido por un consejo directivo integrado por los siguientes doce representantes: -- Uno del Ministerio de Agricultura, quien lo preside. -- Tres de los gobiernos nacional, regional y local. -- Cuatro de las comunidades, necesariamente, uno de las comunidades campesinas de la costa, uno de las comunidades campesinas de la MORDAZA y dos de las comunidades nativas de la selva. -- Cuatro de otras organizaciones de la sociedad civil. Estos miembros son propuestos por sus representados y reconocidos por resolucion ministerial del sector para un periodo de hasta cinco anos prorrogables y perciben dieta. El Serfor tiene un director ejecutivo seleccionado mediante concurso de meritos, nombrado por un periodo de cinco anos renovables, mediante resolucion suprema refrendada por el Ministro de Agricultura a propuesta del consejo directivo. El reglamento del Serfor define los mecanismos que resulten pertinentes para esta representacion. Articulo 16. Recursos del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (Serfor) Constituyen recursos del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (Serfor) los siguientes: a. b. Los que le asigne la ley anual de presupuesto para el sector publico. Las donaciones, legados, transferencias y otros aportes por cualquier titulo provenientes de personas juridicas o naturales, nacionales o extranjeras, incluyendo las que provengan de la cooperacion internacional. Los montos por concepto de multas que imponga en ejercicio de sus funciones. Los recursos propios que genere. Los demas establecidos por ley expresa.

de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, y de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetacion MORDAZA, otorgados por el Estado a traves de titulos habilitantes regulados por la presente Ley. Sus funciones las regula su ley de creacion y su reglamento. El Serfor y los gobiernos regionales y gobiernos locales, a traves de sus funcionarios correspondientes, informan obligatoriamente al Osinfor sobre la gestion forestal y de fauna MORDAZA, los alcances y el estado de los titulos habilitantes otorgados, bajo responsabilidad administrativa y sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales. El Osinfor alcanza en forma oportuna toda informacion que pueda ser de utilidad para labores de administracion y control de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a la entidad que corresponda. Capitulo III Competencia regional y local en materia forestal y de fauna MORDAZA Articulo 19. Competencia regional forestal y de fauna MORDAZA El gobierno regional es la autoridad regional forestal y de fauna silvestre. Tiene las siguientes funciones en materia forestal y de fauna MORDAZA, dentro de su jurisdiccion y en concordancia con la politica nacional forestal y de fauna MORDAZA, la presente Ley, su reglamento y los lineamientos nacionales aprobados por el Serfor: a. b. c. Planificar, promover, administrar, controlar y fiscalizar el uso sostenible, conservacion y proteccion de la MORDAZA y la fauna silvestre. Disenar, ejecutar, supervisar y evaluar los planes y politicas forestales y de fauna MORDAZA regionales. Promover y establecer mecanismos permanentes de participacion ciudadana para la gestion forestal y de fauna MORDAZA a nivel regional, en coordinacion con los gobiernos locales. Promover la competitividad de los productores forestales en terminos de asociatividad, produccion, acceso al financiamiento, transformacion y comercializacion. Promover y coordinar el desarrollo de capacidades de los actores del sector forestal en su jurisdiccion para elevar los niveles de competitividad de la produccion nacional y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA de la Nacion. Disenar y ejecutar un plan de asistencia tecnica y asesoramiento a los pequenos productores y comunidades nativas y campesinas en su jurisdiccion.

d.

c. d. e.

e.

Articulo 17. Comision Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (Conafor) La Comision Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (Conafor) es la entidad consultiva del Serfor de alto nivel en materia de participacion, consulta e intercambio de informacion sobre la politica nacional forestal y de fauna silvestre. Asesora al Consejo Directivo del Serfor y mantiene coordinacion con las instituciones integrantes del Sinafor y los espacios de consulta a nivel regional. Emite opinion previa sobre el Plan Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA y sus planes constituyentes. La Conafor esta integrada por especialistas procedentes de entidades del Estado y de la sociedad civil vinculados a la actividad forestal y de fauna silvestre. Incluye a representantes de los gobiernos regionales; de las municipalidades provinciales, distritales y las ubicadas en zonas rurales; de las organizaciones representativas de los pueblos indigenas; de instituciones empresariales; de instituciones academicas; y de organizaciones no gubernamentales. No perciben remuneracion de ningun tipo. El reglamento de la presente Ley especifica su composicion y funcionamiento. Capitulo II Organismo de supervision Articulo 18. Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA (Osinfor) El Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA (Osinfor) se encarga de supervisar y fiscalizar el aprovechamiento sostenible y la conservacion

f.

Articulo 20. Competencia en materia forestal y de fauna MORDAZA de los gobiernos locales ubicados en zonas rurales En el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, y respetando las competencias de los gobiernos regionales y demas entidades publicas, las municipalidades ubicadas en zonas rurales promueven el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a traves de la administracion y el uso de los bosques locales establecidos por el Serfor a su solicitud, entre otros mecanismos previstos en dicha ley organica. Los gobiernos locales apoyan en el control y vigilancia forestal y de fauna silvestre. Asimismo, promueven y establecen mecanismos permanentes de participacion ciudadana para la gestion forestal y de fauna MORDAZA a nivel local, en el MORDAZA de los planes y politicas forestales y de fauna MORDAZA nacional y regional. Capitulo IV Unidades de gestion forestal y de fauna MORDAZA Articulo 21. Unidad de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA (UGFFS) La Unidad de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA (UGFFS) es la organizacion territorial regional de

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