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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de julio de 2011 447639 artesanal en la Bahía de Ancón y la zona de la costa que incluye al Distrito de Santa Rosa. f) Planifi car y concertar el desarrollo social en armonía con las políticas y planes de Lima Norte, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. g) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial de Lima Norte sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos a fi n de mejorar la competitividad. h) Concertar con Instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre elaboración y ejecución de programas de proyectos que favorezcan el desarrollo económico de Lima Norte. i) Organizar un servicio de serenazgo sin fronteras o vigilancia intermunicipal, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial. j) Concertar con instituciones del sector público y el privado, la elaboración y ejecución de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible. k) Facilitación de la articulación económica y social en bases a potencialidades, promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad, fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846. l) Ejecutar iniciativa de apoyo a la competitividad productiva de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. FUNCIONES ESPECÍFICAS COMPARTIDAS: a. Ejecutar directamente o promover la ejecución de proyecto de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la Mancomunidad Municipal en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima y de acuerdo a los planes de desarrollo concertado de cada Municipalidad Distrital. b. Fortalecer el espíritu solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva a la prevención de desastres naturales y a la Seguridad Ciudadana. c. Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima y los organismos regionales y nacionales pertinentes. d. Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente y mitigación de desastres. e. Promover el desarrollo económico local en coordinación con las entidades locales y regionales competentes, aprovechando las ventajas comparativas productivas y turísticas. f. Determinar las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el Aprovechamiento industrial de desperdicios. g. Gestión de la atención primaria de salud en los componentes de planeamientos y control. h. Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n en cooperación con las entidades competentes. i. Participar en la evaluación del proyecto educativo en el ámbito territorial Mancomunidad Municipal. Artículo Cuarto.- Ratifi car la designación del DR. NICOLAS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo del SR: CPC RAFAEL ALVAREZ ESPINOZA, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Carabayllo como Vicepresidente del Consejo Directivo y del SR: NAPOLEON BECERRA GARCIA, identifi cado con DNI Nº 08058852, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental y Sub. Gerencia de Participación Vecinal su cumplimiento y Secretaria General su Notifi cación y Publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia y al Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 670949-1 Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos ORDENANZA 246 -2011-MDI Independencia, 22 de julio del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA: Visto; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 01-2011-CPGA, emitido por la Comisión Permanente de Gestión Ambiental, mediante el cual recomienda la aprobación de la Ordenanza del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Independencia; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 de la Constitución Política del Perú establece el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida: Que, el artículo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales Que, el Artículo1º del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, establece el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente así como sus componentes: Que, la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, señala en su Artículo 10º que: las Municipalidades Distritales son responsables de la prestación de los servicios de recolección y transporte de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y similares a éstos, así como de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción y su adecuada disposición fi nal: Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004- PCM, señala en su artículo 8° numeral 2, que a las Municipalidades Distritales les corresponde asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos. Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Independencia es el instrumento de gestión que orienta el desarrollo de acciones para mejorar el servicio de limpieza pública en el ámbito Distrital; documento que permite la adecuada formulación de políticas y estrategias de captación de rentas y administración de recursos fi nancieros, considerando la sostenibilidad del sistema de gestión, que contiene actividades de solución a la problemática de residuos sólidos en nuestro Distrito; Que, a fi n de contribuir con la calidad de vida en la mejora del medio ambiente, garantizando una efectiva cobertura y calidad del servicio de limpieza pública así como su sostenibilidad a través de un manejo integral de los residuos sólidos, sobre la base de una planifi cación participativa, conciencia ambiental y tributaria de la población del distrito de Independencia; Que, es competencia de los órganos de planifi cación de las Municipalidades, en lo referente a la gestión de residuos sólidos, formular los Planes Distritales de Gestión de los Residuos Sólidos a corto, mediano y largo plazo en concordancia con los Planes Integrales de Desarrollo Metropolitano; De conformidad con lo establecido en el Artículo 9, inciso 7), Artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; sometido a votación la presente propuesta con el voto por MAYORÍA y con el tramite de dispensa y aprobación del acta, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Nº 27972, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- APROBAR El Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que se adjunta como Anexo a la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR la implementación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Independencia a la Gerencia de Gestión Ambiental.