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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de julio de 2011 447644 publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, encargando a la Secretaría General su publicación, y al Departamento de Informática y Estadística su difusión en el Portal de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 671492-1 Aprueban Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en el distrito de Magdalena del Mar DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2011-A-MMDM Magdalena del Mar, 28 de julio de 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Memorándum Nº 325-2011-GSC-MDMM, de fecha 22 de julio de 2011 de la Gerencia de Servicios Comunales; el Informe Nº 637-2011-GAJ-MDMM de fecha 26 de julio de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º y 195º de la Constitución Política del Perú en concordancia con los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – las municipalidades distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, los cuales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos – señala las obligaciones y derechos, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales, protección de la salud y el bienestar de la persona humana; precisando en su artículo 10º que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos y de la limpieza de los espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; Que, el Decreto Supremo Nº 190-2010-EF, de fecha 11 de septiembre del 2010, aprueba las disposiciones que contienen los procedimientos para el cumplimiento de las metas y asignación de los recursos que deberán seguir las municipalidades provinciales y distritales del país para acceder a los recursos del Programa de Modernización Municipal; y que para el cumplimiento de la Meta 2 de la mencionada norma la Municipalidad debe realizar un Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos del área urbana del distrito, desarrollar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital e Implementar un Programa de Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente; Que, mediante Ordenanza 347-MDMM, publicada el 20 de enero de 2008, la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprueba los documentos de gestión como son el plan de manejo residuos sólidos, política para el uso racional del agua y el plan de capacitación de funcionarios de la Municipalidad de Magdalena del Mar e integrantes de la Comisión Ambiental Municipal – CAM; Que, mediante Ordenanza 395-MDMM, publicada el 04 de mayo de 2009, la Municipalidad de Magdalena del Mar promueve la formalización de los recicladores de residuos sólidos en el distrito de Magdalena del Mar; Que mediante Memorando Nº 325-2011-MDMM, la Gerencia de Servicios Comunales, sugiere se apruebe El Programa de Segregación de la Fuente y Recolección Selectiva como parte del proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Magdalena del Mar; En uso de las facultades conferidas el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en el distrito de Magdalena del Mar”, con el objeto de mejorar la gestión ambiental de los residuos sólidos del distrito, involucrando a las organizaciones sociales Artículo Segundo.- Encargar al Departamento de Informática y Estadística la publicación del texto integro del presente Decreto de Alcaldía y el Anexo I en el portal institucional www.munimagdalena.gob.pe, debiendo ejecutar las demás acciones que corresponden a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios Comunales y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 671492-2 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Pachacámac ORDENANZA Nº 091-2011-MDP/C Pachacámac, 27 de julio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC. POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Pachacámac, visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de julio del 2011, el Memorando Nº 1420-2011-MDP/GM, Informe Nº 206-2011-MDP/OAJ e Informe Nº 075-2011-MDP/ GSCA a través del cual recomiendan se la dación de la Ordenanza que aprueba el “Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el Distrito de Pachacámac”, y; CONSIDERANDO Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, en estricta concordancia con el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción y la economía local, así como la adecuada prestación de los servicios