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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2011 (25/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439651 ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 82º DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del artículo 82º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas aprobado mediante Ordenanza Nº 118-C/MC de fecha 19 de Mayo del 2004, modifi cada por Ordenanza Nº 182-C/MC y Ordenanza Nº 256-C/MC de fechas 20 de Enero del 2006 y 04 de Enero del 2008 respectivamente, en base a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza, el cual quedara redactado de la siguiente manera: “Artículo 82º.- El Concejo Municipal cuenta con diez (10) Comisiones Permanentes que corresponderán a las competencias, atribuciones y funciones de la municipalidad; Las Comisiones Permanentes son: 1. La Comisión de administración, Planifi cación, Economía y Finanzas. 2. La Comisión de Asuntos Jurídicos. 3. La Comisión de Desarrollo Urbano. 4. La Comisión de Participación vecinal. 5. La Comisión de Desarrollo Ambiental. 6. La Comisión de desarrollo Humano. 7. La Comisión del programa de Vaso de Leche y Programa de asistencia social y Alimentaria. 8. La Comisión de fi scalización. 9. La Comisión de Desarrollo Económico y; 10. La Comisión de Transporte.” Artículo Segundo.- INCORPORESE al Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas, aprobado mediante Ordenanza Nº 118-C/MC de fecha 19 de Mayo del 2004, modifi cada por Ordenanza Nº 182-C/ MC y Ordenanza Nº 256-C/MC de fechas 20 de Enero del 2006 y 04 de Enero del 2008 respectivamente; el Artículo 88-C, que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 88-C.- Corresponde a la Comisión Permanente de Transporte, pronunciarse sobre los asuntos que deban ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a. La regulación de la circulación vehicular. b. La política de tránsito, transporte y vialidad de la municipalidad. c. Las autorizaciones para la circulación de los vehículos menores de transporte de carga y pasajeros, estableciendo el ámbito territorial del distrito, por el cual pueden circular. d. La reglamentación y control de las autorizaciones de ruta de los vehículos de transporte menor. e. De los proyectos específi cos, respecto de la educación a los vecinos del distrito, en materia de seguridad vial, tránsito y transportes. f. La señalización del tránsito, semaforización e instalación de gibas. g. Los operativos de control del servicio de transporte público local. h. El cumplimiento de la normatividad correspondiente al tránsito, transporte y vialidad en el distrito. i. Los planos de vías de tránsito vehicular, para identifi car las necesidades de asfaltado y mantenimiento. j. Los planes en materia de transporte, tránsito y vialidad. k. Las normas técnico-legales en materia de transporte, tránsito y vialidad, en el distrito. l. El depósito vehicular Municipal. m. Las zonas rígidas y de parqueo vehicular. n. Las señalizaciones de zonas de estacionamiento vehicular en el distrito. o. El Plan Estratégico Institucional y los proyectos relacionados al área de transporte, contenidos en el plan de desarrollo concertado del distrito de Comas. p. Los procesos y procedimientos del área de Transporte. q. La información que se procese en el sistema de información mecanizado con que cuenta el área de transporte. r. La documentación institucional en la que se encuentre competencia del área de transporte. s. El Plan Operativo de la Unidad de Transporte. t. Las demás encomendadas por el Concejo Municipal.” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil once. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 618540-1 Exoneran de pago del derecho por expedición de Constancia de Posesión a quienes se encuentren comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 28687 y establecen procedimiento simplificado denominado Constancia de Posesión Especial ORDENANZA Nº 328-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15.03.2011; el Dictamen Nº 001-2011-CDU-MDC de la Comisión de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 185-2011-GAJ-MDC de fecha 17.02.2011, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Informe Nº 076-2011-GDU/MC de fecha 11.03.2011, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el numeral 6 del Artículo 195º dispone que: “los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: (…) planifi car el desarrollo Urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial (…)” Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Distrital de Comas, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme a las garantías consagradas en el numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que, de conformidad con el artículo 195º de la norma acotada, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y