Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2012 (16/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

472857

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan apertura de Oficina Registral Auxiliar del RENIEC en el Hospital EsSalud Yanahuara, ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N°199-2012/JNAC/RENIEC MORDAZA, 14 de agosto de 2012

Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar del RENIEC, en el Hospital EsSalud Yanahuara, el cual se encuentra ubicado en la Av. Zamacola esquina con la Av. Emmel s/n, en el distrito Yanahuara, provincia y departamento de MORDAZA, a cargo de la Jefatura Regional 8 ­ MORDAZA de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 828293-1

VISTOS: El Informe N° 000070-2012/GOR/JR8AREQ/ RENIEC (21JUN2012), emitido por la Jefatura Regional 8 - MORDAZA, los Informes N° 000062-2012/GOR/ RENIEC y N° 000067-2012/GOR/RENIEC (27JUN2012 y 18JUL2012, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N° 001332-2012/ GAJ/RENIEC (19JUL2012), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01598-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que mediante el documento de vistos, la Jefatura Regional 8 - MORDAZA solicita la apertura de la Oficina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital EsSalud Yanahuara en virtud del Convenio de Cooperacion Interinstitucional celebrado entre RENIEC, MINSA y ESSALUD (07MAY2007) que tiene por objeto la instalacion de oficinas de registros civiles del RENIEC para la inscripcion de nacimientos y defunciones ocurridos dentro de las sedes asistenciales y la tramitacion gratuita del DNI de menores a los recien nacidos y a los ninos y adolescentes que acudan a los nosocomios con motivo de atenciones de salud; Que asimismo, la Gerencia de Operaciones Registrales a traves de los documentos de vistos precisa que la creacion de una Oficina Registral Auxiliar en el Hospital EsSalud Yanahuara, permitiria a la poblacion realizar las inscripciones de nacimiento y defunciones en dicho nosocomio, otorgando a su vez el DNI a los recien nacidos y a los menores de 18 anos que acudan con motivo de sus atenciones de salud; Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar en el Hospital EsSalud Yanahuara en los terminos recomendados por los organos competentes; Que se hace necesario difundir la presente Resolucion Jefatural, a traves de la correspondiente publicacion, para conocimiento de la ciudadania; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el inciso h) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/ RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Los Andes la apertura de oficinas en la modalidad de Oficina Especial, ubicadas en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 4386-2012 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Los Andes S.A., para que se le autorice la apertura de dos (02) oficinas, en la modalidad de Oficina Especial ubicadas en el departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente para la apertura de las citadas oficinas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion Nº 775-2008 y modificatorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Los Andes la apertura de dos (02) oficinas, en la modalidad de Oficina Especial, ubicadas en: i) Jr. 28 de MORDAZA Nº 318, distrito de llave, provincia El Collao, departamento de Puno; y ii) Jr. 28 de MORDAZA Nº 265, distrito y provincia de Azangaro, departamento de Puno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 828176-1

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