Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2012 (04/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

479956

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2012

el Gobierno Regional de Tacna, priorice la elaboracion de estudios de pre inversion publica del predio denominado "Chinchorro" ubicado en MORDAZA, MORDAZA, con el objetivo de construir un complejo logistico conforme al articulo 11 de la presente Ley. CENTESIMA OCTAVA. Exonerese, por unica vez, de lo establecido en el numeral 8.1 del articulo 8º de la presente Ley al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Para la aplicacion de lo establecido en la presente disposicion es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el cuadro de asignacion de personal (CAP), y registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Presupuesto de Personal del Sector Publico, a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas. Asimismo, la exoneracion se sujeta al presupuesto institucional del pliego respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, sin afectar el cumplimiento de metas vinculadas al pago de remuneraciones, pensiones o cargas sociales de responsabilidad del pliego, ni los recursos aprobados para el financiamiento de proyectos de inversion publica, ni los recursos destinados a los Programas Presupuestales, productos o proyectos de dichos programas a cargo de la entidad, y sin afectar la prestacion de los servicios publicos que realiza la entidad en el cumplimiento de sus funciones, para lo cual deberan contar previamente con un informe tecnico favorable a cargo del Jefe de la Oficina de Administracion, el Jefe de Presupuesto y el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la entidad o quienes MORDAZA sus veces, bajo responsabilidad del Titular del pliego y de los funcionarios MORDAZA mencionados. CENTESIMA NOVENA. Facultese al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transporte y Comunicaciones, y el Ministro de Economia y Finanzas apruebe la incorporacion en el presupuesto institucional correspondiente al ano fiscal 2013 del pliego Autoridad Portuaria Nacional, de los recursos provenientes de la operacion de endeudamiento interno destinados a financiar la participacion de la Autoridad Portuaria Nacional en la ejecucion del proyecto "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta-Callao". Asimismo, autoricese, de manera excepcional y durante el ano fiscal 2013, la realizacion de transferencias financieras por parte de la Autoridad Portuaria Nacional a favor del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao para el financiamiento parcial del proyecto "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta-Callao", ampliandose la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 052-2009 hasta el 31 de diciembre de 2013. Las transferencias financieras se efectuan bajo el mecanismo y responsabilidad que establecen los numerales 12.2 y 12.3 del articulo 12 de la presente Ley. CENTESIMA DECIMA. Dispongase que, a partir de la vigencia de la presente Ley, la retribucion que perciben los miembros de la Comision de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, para todos los efectos, sera considerada como dieta, siendo el unico concepto que podran percibir dichos miembros quedando derogadas todas las disposiciones que establezcan lo contrario. Para efecto de la adecuacion que deba efectuarse conforme a lo dispuesto en la presente disposicion, exonerese al APCI de las normas que se opongan a dicha finalidad, sujetandose a lo establecido en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. CENTESIMA UNDECIMA. A partir de la vigencia de la presente Ley en adelante, el personal directivo de los Ministerios sujetos al Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, que ingreso por concurso publico a puestos de nivel directivo correspondiente a los niveles F-1 a F-3, puede ser rotado, por decision de la entidad y previa evaluacion, a puestos de trabajo correspondientes al grupo ocupacional profesional. En este supuesto, el personal directivo mantiene su derecho a percibir la diferencia remunerativa. CENTESIMA DUODECIMA. Declarese de necesidad publica y preferente interes nacional la ejecucion del proyecto de inversion "Implementacion del Instituto Regional de Enfermedades Neoplasicas de la Macro

Region del Centro del Peru" con Codigo SNIP Nº 102124. Dicho proyecto de inversion se financiara con cargo a los mayores ingresos en el Presupuesto del Sector Publico, y debera cumplir con la normatividad y procedimientos del sector correspondiente. CENTESIMA DECIMA TERCERA. Dispongase que para fines de implementar las acciones que permitan la modernizacion y consolidacion de un sistema de catastro a nivel nacional, el Pliego Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, efectuara una transferencia de partidas, hasta por la suma de S/. 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Pliego Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, la cual se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a propuesta de este ultimo. CENTESIMA DECIMA CUARTA. Dispongase que los recursos programados en el Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal 2013 en el pliego 464 Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao destinados a temas de competencias exclusivas de los gobiernos locales, son transferidos a los respectivos gobiernos locales de la Provincia Constitucional del Callao. CENTESIMA DECIMA QUINTA. Declarese de necesidad publica y preferente interes nacional la elaboracion de los expedientes tecnicos y ejecucion de los proyectos de inversion, segun corresponda, "Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable en la MORDAZA de Camana, Arequipa" con Codigo SNIP Nº 57740, "Mejoramiento, ampliacion y equipamiento del Complejo de Laboratorios Centrales de Practicas, Investigacion y Servicios de la Universidad Nacional Agraria de la Selva" con Codigo SNIP Nº 116224, "Construccion e Implementacion del pabellon de aulas en la Universidad Nacional Agraria de la Selva" con Codigo SNIP Nº 105699, Proyecto de Construccion e Implementacion de un Centro de Atencion y Rehabilitacion para el Personal con Discapacidad de las Fuerzas Armadas, y el asfaltado de la carretera Ramal Pacucha (ruta Andahuaylas-Abancay) ­ Plaza de MORDAZA de Pacucha, los que se sujetan a la declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP). Dichos proyectos de inversion se financiaran con cargo a los mayores ingresos en el Presupuesto del Sector Publico, previa declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del SNIP de los proyectos de inversion a los que se refiere la presente disposicion, asi como deberan cumplir con la normatividad y procedimientos del sector correspondiente. CENTESIMA DECIMA SEXTA. Declarese de necesidad publica y de preferente interes nacional la ejecucion del proyecto de inversion "Mejoramiento de la Trocha Carrozable III Etapa MORDAZA MORDAZA ­ Balsapuerto, provincia de Alto Amazonas ­ Loreto" con Codigo SNIP Nº 201397, para lo cual queda autorizado el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a ejecutar dicho proyecto de inversion con cargo a su presupuesto institucional. CENTESIMA DECIMA SETIMA. Autorizase al Pliego 028 la ejecucion de proyectos para sedes legislativas o administrativas, incluyendo el equipamiento tecnologico y mobiliario de aquellas, exceptuandose de la aplicacion del Decreto Legislativo 1017, Ley Nº 28296, Ley Nº 27293, Ley Nº29090 y del articulo 53º del Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA, normas reglamentarias, complementarias, modificatorias y conexas. Autorizase al Pliego 028 a incorporar en su Presupuesto para el Ano Fiscal 2013, los saldos de recursos ordinarios asignados para el ano 2012 y que no se hubieran comprometido y/o devengado al 31 de diciembre de dicho ano. Ademas de encontrarse exonerado del articulo 9º de la presente Ley. La presente disposicion entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la presente ley CENTESIMA DECIMA OCTAVA. Exonerese al Pliego 028 de lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley Nº 29812 y del articulo 6º de la presente Ley, a fin de implementar lo establecido en la adenda a que se refiere el Acuerdo de Mesa Directiva del Congreso Nº 155-2012-2013/MESACR. Lo establecido en la presente disposicion se financia con cargo al presupuesto institucional del Congreso de la Republica.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.