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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (04/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de diciembre de 2012 479957 La presente disposición entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ley. CENTÉSIMA DÉCIMA NOVENA. Declárese de necesidad pública y de interés nacional la construcción de la Institución Educativo 5142 Virgen de Guadalupe- Ventanilla-Callao con código Snip 129680 y el colegio de Chiguirip-distrito de Chiguirip-Cajamarca con código Snip 215324, los que serán fi nanciados con cargo a mayores recursos del año fi scal 2013. CENTÉSIMA VIGÉSIMA. Declárese de necesidad pública y de interés nacional la ejecución de la vía principal Matapalo, Provincia de Zarumilla-Tumbes con código Snip 209451, el que será fi nanciado con cargo a mayores recursos del año fi scal 2013. CENTÉSIMA VIGÉSIMA PRIMERA. Créanse, durante el año fi scal 2013, las siguientes unidades ejecutoras, acción que se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas en las que se crean, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto: a) Autoridad Portuaria Regional Lambayeque, en el pliego Gobierno Regional de Lambayeque. b) Hospital de Huaycan, en el pliego Ministerio de Salud. c) Red de Salud de Abancay, en el pliego Gobierno Regional de Apurímac. d) Unidad Ejecutora Hospital José H. Soto Cadenillas – Chota, en el pliego del Gobierno Regional del departamento de Cajamarca. e) Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional de Lambayeque, en el pliego del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque. f) Unidad Ejecutora 307: Educación Yarowilca, en el pliego del Gobierno Regional del departamento de Huánuco. g) Unidad Ejecutora 308: Educación Lauricocha, en el pliego del Gobierno Regional del departamento de Huánuco. h) Unidad Ejecutora Educación Chanchamayo, en el pliego Gobierno Regional de Junín. i) Educación UGEL Huánuco, Educación UGEL Ambo, Educación UGEL Yarowilca, Educación UGEL Lauricocha, en el Pliego Gobierno Regional del Departamento de Huánuco. j) Red de Salud de Ambo, Red de Salud Puerto Inca, en el Pliego Gobierno Regional de Huánuco. k) Instituto Luciano Castillo Colona de la Provincia de Talara, en el Pliego Gobierno Regional del departamento de Piura. CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEGUNDA. Autorícese al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar un estudio de los ingresos de los trabajadores del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fi n de determinar una mejora de dichos ingresos. Para tal efecto, resulta aplicable lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. CENTÉSIMA VIGÉSIMA TERCERA. Autorícese al Pliego del Ministerio del Interior a efectuar modificaciones presupuestales a nivel institucional, hasta la suma de S/. 1 162 375,00 (UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Procesos de Pérdida de Dominio, para la implementación y modernización de la gestión en la lucha contra el lavado de activos, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior, a propuesta de este último. La presente disposición se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio del Interior. CENTÉSIMA VIGÉSIMA CUARTA. Exonérese a la Contraloría General de la República de lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la presente Ley, a fi n de garantizar el proceso de implementación de la Ley Nº 29555 y el Decreto de Urgencia Nº 062-2010, referidos a la incorporación progresiva de las plazas y presupuesto de los órganos de control institucional, incluyendo a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú; así como para lo establecido en la Ley Nº 29622 sobre capacidad sancionadora por responsabilidad administrativa funcional; y para continuar con su proceso de modernización institucional. La presente disposición será fi nanciada con cargo al presupuesto institucional de la Contraloría General de la República. CENTÉSIMA VIGÉSIMA QUINTA. Declárese de necesidad pública y preferente interés nacional la construcción de la institución educativa Juan Crespo y Castillo, en el marco de la normatividad vigente, ubicada en la provincia de Ambo, departamento de Huánuco, hasta por la suma de S/. 19 753 408,00 (DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES), a cargo del Pliego Ministerio de Educación, la cual se fi nanciará con cargo a mayores recursos de dicho Pliego. CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEXTA. Autorizase al Banco Agropecuario (AGROBANCO) para que con la sola aprobación de su directorio capte recursos fi nancieros, líneas de crédito del exterior, fondos no reembolsables, tecnologías crediticias o crédito, u otra fuente de recursos para cubrir las necesidades de crédito del sector agrario. CENTÉSIMA VIGÉSIMA SÉTIMA. Autorizase a fi nanciar con cargo a mayores recursos del año 2013 las necesidades académicas y administrativas de la Universidad Nacional de Moquegua. CENTÉSIMA VIGÉSIMA OCTAVA. Declárese de interés nacional y necesidad pública la ejecución del proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital Regional Miguel Ángel Mariscal Llerena de Ayacucho”, con código SNIP Nº 240061, para lo cual se autoriza el uso de los saldos del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, sujetándose a la declaratoria de viabilidad en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). CENTÉSIMA VIGÉSIMA NOVENA. Declarase de necesidad pública y de preferente interés los siguientes proyectos de inversión pública: - La construcción del nuevo Hospital Regional Manuel Núñez Butrón, del Departamento de Puno. - La ejecución del Proyecto del Drenaje Pluvial de la ciudad de Juliaca. - La construcción del Complejo Deportivo Universitario de la Ciudad Universitaria- Puno. - La ejecución de los Proyectos de Irrigación San Antonio de Huarango. - El Proyecto de Irrigación Valle Chunchuca del Pliego del Ministerio de Agricultura, teniendo como unidad formuladora al Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua. - Rehabilitación y mejoramiento de la Carretera Huancavelica- Lircay. - Rehabilitación y mejoramiento de la Carretera Imperial – Pampas. - Carretera Huancavelica –Laclloc- Villa Arma- Chincha. - La implementación del Proyecto de Inversión, “Mejoramiento de la Carretera Chupuro - Vista Alegre – Chicche-Chongos Alto-Huasicancha” Provincia de Huancayo, Departamento de Junín. - La ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Instalación de Defensa Ribereña y Encausamiento del Río La Leche Sector C.P. Las Juntas y C.P. La Cirila, Distrito de Pacora, Lambayeque – Lambayeque”. - La ejecución del Proyecto “Instalación de Servicios Públicos de Comercio Exterior en el Centro de Exportación, Transformación, Industrialización, Comercialización y Servicios - CETICOS TUMBES, en la Provincia de Zarumilla, Región Tumbes”. - Colegio Mariscal Cáceres de Ayacucho en su condición de institución educativa emblemática, que le permita el inicio de la ejecución de las obras de rehabilitación. - La reubicación del Aeródromo de Moyobamba en el terreno del Distrito de Calzada, Provincia de Moyobamba en la región San Martín, reservado para tal fi n. - El mejoramiento de las vías internas en la urbanización El Taro en el Distrito de Puente Piedra de la Provincia y Departamento de Lima. - El mejoramiento de las vías internas en la Asociación de Vivienda Milagrosa Cruz de Motupe y la Asociación de Vivienda Las Rosas Virgen