Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2012 (04/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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de equipamiento de los establecimientos de salud a cargo de los gobiernos regionales a mas tardar el 30 de marzo de 2013. Articulo 20. Convenio del Ministerio de Salud y EsSalud con la Organizacion Panamericana de la Salud y UNICEF Autoricese por excepcion al Ministerio de Salud y a EsSalud, durante el Ano Fiscal 2013, para celebrar convenios de administracion de recursos con la Organizacion Panamericana de la Salud (OPS/OMS) y con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para la adquisicion de los productos contenidos en la relacion de la presente disposicion. Para tal efecto, los citados convenios deben contar con un informe tecnico donde se demuestren las ventajas y beneficios de su suscripcion, un informe legal y un informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el cual se demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento. La relacion de productos es la siguiente: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. Vacuna contra la BCG. Vacuna contra la hepatitis B. Vacuna contra la polio. Vacuna contra la difteria y tetano. Vacuna contra la difteria, tetano y tosferina. Vacuna contra sarampion, papera y rubeola. Vacuna pentavalente (difteria, tosferina, tetanos, hepatitis B, HiB). Vacuna contra la influenza. Vacuna contra el rotavirus. Vacuna contra el neumococo. Vacuna contra el virus de papiloma humano. Vacuna antirrabica (CC). Jeringas. Equipos y complementos de cadena de frio. Abacavir 100 mg/5mL FCO. Acido Paraaminosalicilico 800mg/g SACHET. Artemetero 80 mg/ml - INY. Benznidazol 100mg TAB. Calcio edetato Sodico 200 mg/mL - INY. Control cualitativo de yodo en sal - FCO. Dapsona 50mg TAB. Didanosina 200mg TAB. Didanosina 2g FCO. Disulfiram 500mg TAB. Dimercaprol 50mg/mL INY. Estavudina 5mg/5mL FCO. Jeringas retractiles. Kanamicina 1g INY. Lopinavir + Ritonavir 400mg + 100mg/5Ml. Nevirapina 50mg/5mL FCO. Retinol 100000 - 200000UI - TAB. Succimero 100mg TAB. Insumos de laboratorio (Test rapidos para el tamizaje de VIH/SIDA, Test rapidos de diagnosticos de sifilis y otros). Vacuna contra haemophilus influenza MORDAZA b. Vacuna contra la fiebre amarilla. Vacuna contra sarampion y rubeola. MORDAZA de bioseguridad. Otros, siempre que mediante un estudio de MORDAZA se determine la ausencia de proveedores nacionales.

aprobara por decreto supremo en el MORDAZA de lo dispuesto en la cuarta disposicion transitoria de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Para tal efecto, el Ministerio de Salud aprobara con resolucion ministerial el listado de los establecimientos de salud a los que les corresponderia otorgar la bonificacion a que hace referencia la presente disposicion. La mencionada bonificacion solo sera percibida por el personal de dichos establecimientos de salud mientras preste servicios en los mismos. Asimismo, disponese que, para el otorgamiento de la mencionada bonificacion durante el ano fiscal 2013, se transferiran recursos al Ministerio de Salud hasta por el monto de S/. 84 324 874,00 (OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) conforme a lo establecido en el articulo 45 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Para el pago de la mencionada bonificacion al personal que presta servicios en las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, autorizase al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestarias a nivel institucional a favor de los gobiernos regionales respectivos, las que se aprobaran mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud a propuesta de este ultimo. Articulo 22. Prestaciones complementarias El personal medico cirujano de los establecimientos de salud con excepcion de los que se encuentran prestando el Servicio Rural MORDAZA Marginal de Salud (SERUMS), del Ministerio de Salud, de sus organismos publicos, de los gobiernos regionales, del Seguro Social (EsSalud), asi como de las sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional, pueden prestar servicios complementarios en el mismo establecimiento de salud y/ o en otro con el que su unidad ejecutora o entidad publica tenga suscrito un contrato de intercambio prestacional para la prestacion de servicios complementarios, a efectos de garantizar y ampliar la cobertura de los servicios medicos asistenciales. Articulo 23. Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales Crease el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (Fonie), el mismo que se encuentra a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (Midis), con la finalidad de financiar la elaboracion de estudios de preinversion, ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, para la ejecucion de la infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales, en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50% de hogares en MORDAZA de inclusion conforme a lo determinado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, asi como en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de influencia de estos, con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales. Con este objeto, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico queda autorizada para depositar hasta S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES), en una cuenta de caracter intangible, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre del ano 2012, los que, a efectos de la presente MORDAZA, estan exceptuados del articulo 7, parrafo 7.1, literal a), del Texto Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo 066-2009-EF. Para la ejecucion del Fonie, el reglamento determina el mecanismo de administracion mas apropiado, el cual debe permitir el incremento del mismo a traves de aportes por parte de personas juridicas o naturales, organismos de cooperacion y las entidades de los tres niveles de gobierno, asegurando la mayor eficiencia en la gestion del Fonie. Para tal fin, las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para ejecutar los proyectos de inversion publica y demas actividades que MORDAZA determinados

El Ministerio de Salud y EsSalud, bajo responsabilidad de su titular, debe proveer informacion de forma periodica a la Contraloria General de la Republica, y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) respecto a las contrataciones realizadas, sin perjuicio de la que sea solicitada por estas entidades o por el Ministerio de Economia y Finanzas". Articulo 21. Bonificacion mensual para el personal del sector salud que laboren en zonas alejadas y de frontera Autorizase, a partir de la vigencia de la presente ley, al Ministerio de Salud para otorgar una bonificacion mensual a favor del personal del sector salud que labore en forma efectiva en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales que se encuentren ubicados en zonas alejadas y de frontera, la cual se

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