Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2012 (04/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

479941

El Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (Midis), mediante resolucion ministerial, establece los lineamientos y procedimientos para la transferencia de informacion, identificando los sectores, MORDAZA de informacion, periodicidad de entrega, entre otros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas para transferir S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) destinados al "Fondo DU 037-94", creado mediante Decreto de Urgencia 051-2007, con el objeto de realizar el pago del monto devengado en el MORDAZA de la Ley 29702, y modificatoria. Con este objeto, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico queda autorizada para depositar hasta el monto MORDAZA mencionado en una cuenta de caracter intangible, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre del ano 2012, los que para efecto de la presente MORDAZA, estan exceptuados del articulo 7, numeral 7.1, literal a), del Texto Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y modificatorias, aprobado mediante el Decreto Supremo 066-2009-EF. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos, se incorporan los recursos del "Fondo DU 037-94" en los pliegos respectivos, con el objeto de que dichas entidades continuen atendiendo directamente los abonos en las cuentas bancarias correspondientes y las cargas sociales respectivas, de acuerdo a los criterios y procedimientos que se hubieren establecido en el MORDAZA de la cuarta disposicion complementaria final de la Ley 29812. La atencion del pago continuo de la bonificacion a que hace referencia la Ley 29702 y modificatoria, esta a cargo de las entidades publicas respectivas, sujeto a sus presupuestos institucionales aprobados por las leyes anuales de presupuesto y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. La presente disposicion entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente ley. SEGUNDA. Autorizase al Poder Ejecutivo para financiar el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal (PI) hasta por la suma de S/. 1 100 000 000,00 (UN MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuya distribucion se efectua tomando en cuenta los criterios del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun) y conforme a los lineamientos y metas de dicho plan. El financiamiento de lo dispuesto en la presente disposicion se sujeta a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2012, los que para efecto de la presente disposicion, estan exceptuados del articulo 7, parrafo 7.1, literal a), del Texto Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante el Decreto Supremo 066-2009-EF. Dichos recursos se incorporan en los gobiernos locales correspondientes mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados. La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico mantiene los citados recursos en una cuenta que para tal efecto determine. La presente disposicion entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente ley. TERCERA. Establecese como limite para que el Banco Central de Reserva del Peru (BCRP) requiera autorizacion por ley para efectuar operaciones y celebrar convenios de credito para cubrir desequilibrios transitorios en la posicion de las reservas internacionales, cuando el monto de las mismas supere una suma equivalente a diez veces el valor de la cuota del Peru en el Fondo Monetario Internacional (FMI), de conformidad con el articulo 85 de la Constitucion Politica del Peru. CUARTA. A partir de la vigencia de la presente ley, disponese que, para efectos de la aplicacion del parrafo 17.2, del articulo 17 de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Secretaria de Descentralizacion, debe calcular los montos correspondientes a las universidades publicas e incluirlos

en la misma comunicacion que, en aplicacion del literal c), del parrafo 15.5, del articulo 15 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, efectua a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para que esta MORDAZA proceda a su entrega directa segun los procedimientos del Sistema Nacional de Tesoreria. QUINTA. Disponese que la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (Devida), es la encargada de efectuar el monitoreo y verificacion del cumplimiento de las metas programadas de los productos correspondientes a los programas presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevencion y Tratamiento del Consumo de Drogas", y "Gestion Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Peru", a ser ejecutados por las entidades con cargo a los recursos aprobados en las leyes anuales de presupuesto en el MORDAZA de los objetivos previstos en la estrategia nacional de la lucha contra las drogas. Previa a la ejecucion de las metas programadas de los productos correspondientes a los programas presupuestales MORDAZA senalados, las entidades ejecutoras deben suscribir convenios de cooperacion interinstitucional con Devida, que garanticen a esta MORDAZA institucion el monitoreo y la verificacion del cumplimiento de las metas programadas, asi como contar con la conformidad de Devida respecto a los planes operativos correspondientes, en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco dias calendario contados a partir de la vigencia de la ley anual de presupuesto respectiva. SEXTA. Los creditos presupuestarios correspondientes a las competencias y funciones transferidas en el ano 2012 en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, y que no hayan sido consideradas en la fase de programacion y formulacion del presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2013 en el pliego correspondiente, se transfieren durante el presente ano fiscal, con cargo al presupuesto del pliego que ha transferido la competencia, conforme a lo establecido en la MORDAZA disposicion transitoria de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Dichas transferencias se realizan en enero del ano 2013 a propuesta del pliego respectivo y detallan el monto que corresponde a cada pliego a ser habilitado. La propuesta MORDAZA mencionada se remite al Ministerio de Economia y Finanzas para los fines respectivos. SETIMA. Establecese que lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, es aplicable para la incorporacion de los recursos directamente recaudados del Ministerio de la Produccion en los organismos publicos de dicho sector en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 17 del Decreto Ley 25977, Ley General de la Pesca, y el articulo 27 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo 0122001-PE, concordado con el Decreto Supremo 002-2008PRODUCE. OCTAVA. Con el proposito de fortalecer la provision de los servicios que presta el Estado a la poblacion, disponese que las entidades publicas del Gobierno Nacional pueden establecer medidas con el objeto de desconcentrarse a zonas del MORDAZA que requieran mayor asistencia tecnica. De ser necesario, el Ministerio de Economia y Finanzas puede autorizar la creacion de unidades ejecutoras exceptuando del monto establecido en el articulo 58 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. NOVENA. Disponese la vigencia permanente de lo dispuesto por los articulos 2, 3 y 4 del Decreto de Urgencia 039-2008. Asimismo, modificase el parrafo 2.3 del articulo 2 del Decreto de Urgencia MORDAZA mencionado, el cual queda redactado de la siguiente manera: "2.3 La informacion validada por cada municipalidad es remitida al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica y al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, bajo responsabilidad, en los meses de enero y MORDAZA de cada ano." DECIMA. Autorizase al pliego Ministerio de Educacion para realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional, con cargo a su presupuesto institucional, a favor del Instituto Peruano del Deporte, la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Huanchaco, para la realizacion de los XVII Juegos Bolivarianos 2013 y los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013.

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