Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2012 (04/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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"Mejoramiento y Ampliacion del Pequeno Sistema Electrico Iberia e Interconexion al MORDAZA mediante el alimentador PM07 ­ MORDAZA de Dios" hasta por el monto de S/. 4 582 840.00.

h) A favor de la empresa ELECTRO UCAYALI S.A. para el financiamiento de la ejecucion de la Linea de Transmision 60 kV MORDAZA Industrial ­ Pucallpa hasta por el monto de S/. 8 800 000.00 y del proyecto "Mejoramiento de las obras transferidas por el Gobierno Regional de Ucayali", hasta por el monto de S/. 9 656 797.00. Las referidas transferencias de recursos se autorizan mediante resolucion del titular del pliego, previa suscripcion de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y las entidades involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposicion a fines distintos para los cuales son transferidos. Las transferencias de recursos a las que se refieren los literales a) al f) se financian con cargo al presupuesto institucional correspondiente al ano fiscal 2013 del pliego Ministerio de Energia y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Las transferencias de recursos de los literales g) y h) se realizaran en el ano 2012 con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energia y Minas, los que se transfieren mediante resolucion del Titular de dicho pliego. Asimismo, autoricese al Instituto Geologico Minero y Metalurgico (INGEMMET) a efectuar transferencias de recursos a favor de la empresa Activos Mineros S.A.C. para ser destinados a financiar estudios de preinversion y la ejecucion de proyectos de inversion relacionados con la remediacion de pasivos ambientales, hasta por el monto de S/. 40 000 000.00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Dicha trasferencia se realizara en el ano 2012 con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del presupuesto institucional del pliego INGEMMET, los que se transfieren mediante resolucion del Titular de dicho pliego. Las entidades que reciben las transferencias de recursos en el MORDAZA de lo establecido en la presente disposicion, informaran al Ministerio de Energia y Minas los avances fisicos y financieros de la ejecucion de dichos recursos, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes. La presente disposicion entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la presente Ley. DECIMA OCTAVA. Disponese que, a partir de la vigencia de la presente MORDAZA y en los anos fiscales subsiguientes, las entidades publicas de los tres niveles de gobierno, estan obligadas a registrar en el Sistema de Informacion de Obras Publicas (Infobras) a cargo de la Contraloria General de la Republica, informacion sobre la ejecucion de obras publicas, conforme a lo que establezcan las normas que emita ese Organismo Superior de Control. Las obras publicas que se encuentren en etapa de inversion a la entrada en vigencia de la presente ley deben ser registradas en el Infobras a mas tardar el 31 de enero de 2013. Los titulares de las entidades son responsables, de manera solidaria con el jefe de la oficina de programacion e inversiones o el que haga sus veces, del cumplimiento de la presente disposicion, la misma que entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la presente ley. DECIMA NOVENA. Disponese que, a partir de la vigencia de la presente MORDAZA y en los anos fiscales subsiguientes, las entidades publicas de los tres niveles de gobierno, prioricen en la ejecucion de sus respectivos presupuestos institucionales, los recursos necesarios que le permitan contratar, a traves de la designacion o autorizacion de la Contraloria General de la Republica, la realizacion de auditorias financieras y examenes a la informacion presupuestaria. Para tal efecto, dichas entidades pueden realizar todas las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que MORDAZA necesarias, con excepcion de lo establecido en el literal c) del parrafo 41.1 del articulo 41 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y en el articulo 9 de la presente ley.

Los titulares de las entidades son responsables del cumplimiento de la presente disposicion. Las entidades, a traves de sus oficinas generales de administracion o las que MORDAZA sus veces, deben emitir un informe sobre la priorizacion de los recursos a que hace referencia la presente disposicion, conforme a las normas que emita la Contraloria General de la Republica. VIGESIMA. Autorizase a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico para depositar un monto de hasta S/. 669 827 232,00 (SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del "Fondo Especial de Garantia MORDAZA de Pensiones Militar Policial", creado mediante Decreto de Urgencia 059-2011. Dichos recursos se financian con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2012, los que para efecto de la presente disposicion, estan exceptuados del articulo 7, parrafo 7.1, literal a) del Texto Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante el Decreto Supremo 066-2009-EF. La presente disposicion entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente ley. VIGESIMA PRIMERA. Autorizase a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico para depositar un monto de hasta S/. 400 000 000,00 (CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR). Dichos recursos se financian con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2012, los que para efecto de la presente disposicion, estan exceptuados del articulo 7, numeral 7.1, literal a) del Texto Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante el Decreto Supremo 066-2009-EF. La incorporacion de recursos en el pliego Oficina de Normalizacion Previsional para el pago de los Bonos de Reconocimiento del ano 2013, se aprueba mediante resolucion del titular de dicho pliego en la fuente de financiamiento Recursos Determinados. La presente disposicion entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente ley. VIGESIMA SEGUNDA. Disponese que para el Ano Fiscal 2013, los Documentos Cancelatorios - Tesoro Publico emitidos al MORDAZA de la Ley 29266, Ley que autoriza la emision de documentos cancelatorios - tesoro publico para el pago del impuesto general a las ventas y del impuesto a la renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa, seran financiados con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2012 hasta por el monto de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), los que se incorporaran en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Defensa mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios hasta por el monto que sea requerido en dicho periodo sin exceder el limite establecido en el articulo 3 de la Ley 29266. Lo dispuesto en la presente disposicion se exceptua del articulo 7, parrafo 7.1, literal a) del Texto Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo 0662009-EF. La presente disposicion entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ley. VIGESIMA TERCERA. Disponese que las entidades publicas responsables de las metas de la Agenda de Competitividad 2012-2013 incorporaran en su Plan Operativo Institucional (POI), las actividades relacionadas al cumplimiento de las metas de la mencionada agenda. Asimismo, las entidades publicas, a traves de sus respectivas oficinas generales de administracion y teniendo en cuenta las medidas de ecoeficiencia establecidas en el Decreto Supremo 009-2009-MINAM, deben incorporar en su POI las actividades relacionadas a la implementacion de su Plan de Ecoeficiencia Institucional. Los resultados que se obtengan deben ser reportados a traves del aplicativo web implementado por el Ministerio del Ambiente, segun las condiciones y terminos establecidos por dicha entidad. VIGESIMA CUARTA. Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas, para conformar un grupo de trabajo con el Ministerio de la Produccion y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia (Concytec) para el diseno e implementacion de instrumentos economicos y financieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnologia e innovacion para la competitividad, a traves

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