Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 109

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480263 TÍTULO II GESTIÓN DEL RIESGO DE LIQUIDEZ CAPÍTULO I AMBIENTE INTERNO Artículo 3º.- Responsabilidades del Directorio Las empresas son responsables de efectuar una gestión del riesgo de liquidez adecuada a su tamaño, complejidad de sus operaciones y servicios, nivel de riesgos enfrentado e importancia sistémica. Para ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma y en otras relacionadas, es responsabilidad del Directorio: a) Aprobar los niveles de tolerancia al riesgo de liquidez en función de los objetivos de negocio, dirección, estrategia y apetito por el riesgo de liquidez. La tolerancia deberá garantizar que la empresa realiza una sólida gestión de su liquidez en condiciones normales y de estrés. b) Establecer una estructura organizacional apropiada para la gestión del riesgo de liquidez. c) Establecer un marco robusto de gestión de liquidez que garantice la sufi ciente liquidez en la empresa, incluido un colchón de activos líquidos de alta calidad para enfrentar un escenario de estrés. d) Aprobar y revisar periódicamente, por lo menos anualmente, las estrategias, políticas y procedimientos para la gestión del riesgo de liquidez, en función a los cambios en el perfi l de riesgo de la empresa, y a los acontecimientos que afectan a la situación macroeconómica y a los mercados donde opera. e) Conocer el riesgo de liquidez afrontado por la empresa, así como la evolución de éste, y comprender los perfi les de riesgo de liquidez de su grupo consolidable del sistema fi nanciero. f) Aprobar y revisar los resultados de las pruebas de estrés de liquidez. g) Evaluar la efectividad del plan de contingencia de liquidez. h) Vigilar que la Gerencia implemente efi cazmente las políticas y procedimientos para la gestión del riesgo de liquidez, de acuerdo con el apetito por el riesgo de la empresa. i) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente norma, sin perjuicio de las obligaciones que sobre la materia establezcan otras normas. Artículo 4º.- Responsabilidades de la Gerencia Es responsabilidad de la Gerencia General la comunicación e implementación de la gestión del riesgo de liquidez conforme a las disposiciones aprobadas por el Directorio. La estrategia desarrollada por la Gerencia, previamente aprobada por el Directorio, deberá incluir políticas específi cas de gestión de la liquidez, tales como: composición y plazo de vencimiento de activos y pasivos; diversidad y estabilidad de las fuentes de fi nanciamiento; enfoque de gestión de la liquidez en diferentes monedas y líneas de negocio; enfoque de gestión de la liquidez intradía; enfoque de gestión de las garantías constituidas, diferenciando entre activos restringidos y no restringidos; y, supuestos sobre la liquidez de los activos y su capacidad de ser negociados en el mercado. Asimismo, la estrategia deberá tener en cuenta las necesidades de liquidez en condiciones normales y en periodos de estrés. Artículo 5º.- Organización, delimitación de responsabilidades y segregación de funciones Las empresas deberán establecer una estructura organizacional apropiada, así como delimitar las responsabilidades y segregar las funciones de las áreas involucradas en la gestión del riesgo de liquidez. El nivel de segregación de funciones deberá estar acorde con el tamaño y la complejidad de sus operaciones y servicios, y el nivel de riesgo enfrentado. Artículo 6º.- Comité de Gestión de Activos y Pasivos El Directorio deberá constituir un Comité de Gestión de Activos y Pasivos para cumplir con funciones estratégicas y ejecutivas de gestión y seguimiento del riesgo de liquidez. Este Comité deberá estar conformado por responsables de las áreas de riesgos, fi nanzas y negocios. El Comité de Gestión de Activos y Pasivos deberá tener funciones y responsabilidades distintas a las asignadas al Comité de Riesgos, y se deberán establecer canales de comunicación entre ambos comités, de modo que se coadyuve a una gestión efi ciente y coordinada del riesgo de liquidez. El Comité de Gestión de Activos y Pasivos deberá reunirse como mínimo una vez al mes, y todos los acuerdos que se tomen deberán constar en actas, las cuales se encontrarán a disposición de la Superintendencia. Asimismo, dicho Comité deberá establecer canales de comunicación efi cientes con el Directorio, con la fi nalidad de mantenerlo informado acerca del riesgo de liquidez asumido por la empresa. Artículo 7º.- Funciones del Comité de Gestión de Activos y Pasivos El Comité de Gestión de Activos y Pasivos desempeñará las siguientes funciones: a) Establecer las estrategias generales de gestión de activos y pasivos. b) Analizar y monitorear las estrategias comerciales y fi nancieras, y el nivel de riesgo de liquidez asumido. c) Analizar el impacto de los nuevos productos y servicios sobre la gestión de activos y pasivos. d) Establecer los objetivos y lineamientos para la gestión activos y pasivos, así como las modifi caciones que se realicen a éstos. e) Coordinar con las diferentes áreas de la empresa para una mejor comprensión y aplicación de las políticas relacionadas al riesgo de liquidez. f) Analizar la posición de liquidez actual y prevista, y defi nir estrategias y fuentes de fi nanciamiento de la empresa. g) Analizar y monitorear los resultados de las estrategias y decisiones de gestión de activos y pasivos implementadas por la empresa. h) Analizar los resultados de las pruebas de estrés y, de ser necesario, proponer modifi caciones a las estrategias de gestión de activos y pasivos sobre la base de los resultados obtenidos. Artículo 8º.- Funciones del Comité de Riesgos El Comité de Riesgos, por delegación del Directorio y dentro de los límites que éste fi je, podrá asumir las siguientes funciones: a) Proponer, para la aprobación del Directorio, las políticas y procedimientos para la gestión del riesgo de liquidez. b) Aprobar los manuales para la gestión del riesgo de liquidez, de acuerdo con los objetivos, lineamientos, políticas y procedimientos para la identifi cación, medición, evaluación, tratamiento, control, información y monitoreo del riesgo de liquidez. c) Proponer, para la aprobación del Directorio, el nivel de tolerancia al riesgo de liquidez que la empresa está dispuesta a asumir en el desarrollo del negocio, incluyendo los límites internos. d) Aprobar las metodologías, modelos, parámetros y escenarios que se utilizarán para la medición y control del riesgo de liquidez que proponga la Unidad de Riesgos. e) Aprobar los mecanismos para la implementación de acciones correctivas propuestos por la Unidad de Riesgos, en caso existan desviaciones con respecto a los niveles de tolerancia al riesgo de liquidez establecidos. f) Aprobar y revisar los resultados de las pruebas de estrés y los planes de contingencia de liquidez asociados. También debe encargarse de comprobar y revisar periódicamente la efectividad de los planes de contingencia. Artículo 9º.- Funciones de la Unidad de Riesgos La Unidad de Riesgos de la empresa deberá cumplir con las siguientes funciones: a) Proponer las políticas para la gestión del riesgo de liquidez. b) Participar en el diseño y revisión de los manuales de gestión del riesgo de liquidez.