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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480256 VISTO: El Informe Nº 002-2012-CCPM-EC.UC&AC.UC/JNE, de fecha 15 de octubre de 2012, del Comité Evaluador del Concurso Púbico de Méritos para cubrir la plaza de Técnico A – Auxiliar Coactivo de la Unidad de Cobranza. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modifi catorias- constituyen el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administración Pública. Asimismo, constituyen el marco legal que garantiza a los Obligados el desarrollo de un debido procedimiento coactivo. Que, el artículo 5º de la Ley Nº 26979 establece como funciones del auxiliar coactivo las siguientes: a) Tramitar y custodiar el expediente coactivo a su cargo; b) Elaborar los diferentes documentos que sean necesarios para el impulso del Procedimiento; c) Realizar las diligencias ordenadas por el Ejecutor; d) Suscribir las notifi caciones, actas de embargo y demás documentos que lo ameriten; e) Emitir los informes pertinentes; f) Dar fe de los actos en los que interviene en el ejercicio de sus funciones. Que, con el Informe Nº 002-2012-CCPM-EC.UC&AC. UC/JNE de fecha 15 de octubre de 2012, el Comité Evaluador del Concurso Púbico de Méritos para cubrir la plaza de Técnico A – Auxiliar Coactivo de la Unidad de Cobranza informa a la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones la No Aceptación formulada por la señorita Alis Emperatriz Licera Ñacary, para ocupar la plaza de Técnico A – Auxiliar Coactivo de la Unidad de Cobranza, solicitando su autorización para proceder a convocar a la señorita Stephanie Mora Gamboa, quién ha ocupado el segundo lugar en el orden de méritos del citado concurso púbico. Que, la Dirección Central de Gestión Institucional, mediante proveído recaído en el informe precitado, comunica que la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, encuentra conforme la propuesta formulada por el Comité, señalando se proceda a convocar a la postulante que ocupó el segundo lugar en el proceso de selección. Que, el numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, permite realizar acciones de personal cuando las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Que, en el presupuesto del Jurado Nacional de Elecciones del Ejercicio Fiscal 2012 se cuenta con los recursos fi nancieros para la contratación de personal en la plaza señalada en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, las mismas que se encuentras en el Cuadro para Asignación de Personal de la Institución. Que, conforme al artículo 26º de la Ley 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, el personal permanente o temporal, está sujeto al Régimen Laboral de la Actividad Privada. Que, según el artículo 369º de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones y el numeral 1) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado mediante Resolución Nº 0738-2011-JNE, el Presidente ejerce la titularidad del Pliego y como tal, de acuerdo al inciso d) del artículo 22º de la Ley 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, le corresponde ejecutar el presupuesto institucional. Que, según el numeral 9) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011-JNE, una de las funciones del Presidente es la de designar o contratar a los servidores del Jurado Nacional de Elecciones. De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 0738-2011-JNE; y, En uso de las facultades de que esta investida esta Presidencia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señorita Sthephanie Mora Gamboa como Auxiliar Coactivo de la Unidad de Cobranza, quien es contratada a plazo determinado bajo el Régimen Laboral de la Actividad Privada, en la plaza contemplada en el cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Jurado Nacional de Elecciones, como Técnico A, según las condiciones detalladas en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Central de Gestión Institucional y a la Dirección General de Recursos y Servicios, los trámites que requiera la formalización y validez del correspondiente contrato. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a los interesados así como a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Regístrese y comuníquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 873694-3 Designan Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza del JNE RESOLUCIÓN Nº 141-2012-P/JNE Lima, 5 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26979 – Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modifi catorias – constituyen el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde ser aplicada por todas las entidades de la Administración Pública. Asimismo, constituyen el marco legal que garantiza a los obligados el desarrollo de un debido procedimiento coactivo. Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26979, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 28892, establece que la función del ejecutor coactivo como titular del Procedimiento es ejercer, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, de acuerdo a lo establecido en esta Ley. Que, de conformidad con el artículo 7º de la Ley Nº 26979, el ejecutor debe ser designado mediante Concurso Público de Méritos. Que, mediante Informe Nº 001-2012-CCPM- EC.UC&AC.UC/JNE, de fecha 10 de octubre de 2012, el Comité Evaluador, elaboró el Cuadro de Méritos y declaró como ganador del concurso Público de Méritos al postulante Iván Calderón Ochoa, para ocupar la plaza de Profesional A – Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza y, por Resolución Nº 133-2012-P/JNE de fecha 15 de octubre del 2012, se dispuso su contratación bajo el régimen laboral de la actividad privada. Que, según el artículo 17º de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General – la efi cacia de esta resolución se debe retrotraer hasta el 15 de octubre del 2012, fecha en la cual se contrató, mediante Resolución Nº 133-2012-P/JNE, al Sr. Iván Calderón Ochoa como ejecutor coactivo; con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva. De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del JNE aprobado por Resolución Nº 0738-2011-JNE; y, En uso de las facultades de que esta investida esta Presidencia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a Iván Calderón Ochoa como Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza, del