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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de diciembre de 2012 480335 Autorizan viaje de funcionario a Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 9205-2012 Lima, 7 de diciembre de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i) VISTA: La invitación cursada por Financial Stability Institute a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Seminar on Financial Stability and The Revised Core Principles For Effective Banking Supervision, el mismo que se llevará a cabo del 10 al 12 de diciembre de 2012, en la ciudad de Basilea, Suiza; CONSIDERANDO: Que, el citado seminario está dirigido a supervisores bancarios, cuyo principal objetivo es promover el intercambio de experiencias y conocimientos relacionados con los avances en técnicas de supervisión, vigilancia macroprudencial y los desafíos de supervisión; Que, asimismo, en dicho evento se desarrollarán y revisarán temas relacionados sobre principios básicos para una efectiva supervisión y regulación desde la perspectiva de un evaluador, principales actividades dirigidas a fortalecer la estabilidad fi nanciera mundial, aplicación del marco de Basilea, entre otros; Que, los temas a tratar en el mencionado seminario serán de utilidad y aplicación para el desarrollo de actividades de supervisión y regulación, por lo que se ha considerado conveniente designar al señor José Roberto Effi o Palma, Intendente del Departamento de Riesgos de Conglomerado y Monitoreo de Procesos de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de la Resolución SBS Nº 8911-2012, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-15, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor José Roberto Effi o Palma, Intendente del Departamento de Riesgos de Conglomerado y Monitoreo de Procesos de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS del 08 al 13 de diciembre de 2012, a la ciudad de Basilea, Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,826.31 Viáticos US$ 1,300.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i) 876079-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran infundada demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley Nº 29625 - Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, e interpretan el artículo 1º de la Ley Nº 29625 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLENO JURISDICCIONAL Expediente Nº 0007-2012-PI/TC SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Lima, 26 de octubre de 2012 Asunto: Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados del Callao contra la Ley Nº 29625 – Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo–. Magistrados presentes: SS. ÁLVAREZ MIRANDA URVIOLA HANI VERGARA GOTELLI BEAUMONT CALLIRGOS ETO CRUZ Expediente Nº 0007-2012-PI/TC LIMA COLEGIO DE ABOGADOS DEL CALLAO SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 26 días del mes de octubre de 2012, el Tribunal Constitucional, en sesión de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados Álvarez Miranda, Urviola Hani, Vergara Gotelli, Mesía Ramírez, Beaumont Callirgos, Calle Hayen y Eto Cruz, pronuncia la siguiente sentencia, con el fundamento de voto del magistrado Vergara Gotelli y los votos singulares de los magistrados Mesía Ramírez y Calle Hayen, que se agregan, I. ASUNTO Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados del Callao contra la Ley Nº 29625 –Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo–, publicada el 8 de diciembre de 2010.