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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de diciembre de 2012 480445 CAPÍTULO IV ÓRGANO DE INSPECTORÍA Artículo 10º.- Inspectoría General de la Fuerza Aérea del Perú La Inspectoría General de la FAP es el órgano encargado de las funciones de control, supervisión e investigación de los asuntos militares, operacionales y disciplinarios en el ámbito de su competencia, en concordancia con la normatividad legal vigente. Artículo 11º.- Inspector General El cargo de Inspector General será ejercido por un Teniente General, de preferencia, el que sigue en antigüedad al Jefe del Estado Mayor General; dirige, coordina y controla el funcionamiento de la Inspectoría General en el cumplimiento de sus funciones. Es designado por Resolución Suprema. Artículo 12º.- Funciones 1) Supervisar, investigar y evaluar los asuntos militares, operacionales y disciplinarios, proponiendo las acciones que resulten convenientes. 2) Realizar inspecciones a los órganos y unidades orgánicas. 3) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas recomendadas. 4) Las demás señaladas en el reglamento de la presente norma y las leyes sobre la materia. CAPÍTULO V ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 13º.- Órgano de Control Institucional El Órgano de Control Institucional es el encargado de efectuar exclusivamente el control de la gestión administrativa y económico-fi nanciera de los recursos y bienes del Estado asignados, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control. El Jefe del Órgano de Control Institucional es designado por la Contraloría General de la República. CAPÍTULO VI ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA Artículo 14º.-.Direcciones Generales y Direcciones La FAP cuenta con Direcciones Generales como órganos de apoyo de primer nivel; asimismo con Direcciones, como órganos encargados de proporcionar el apoyo administrativo, técnico y normativo, así como desarrollar acciones para el cumplimiento de las competencias, funciones y la defensa de los intereses Institucionales. Su organización interna, conformación, funciones y atribuciones se establecerán en el reglamento de la presente norma. Cada Dirección General estará al mando de un Ofi cial General. Las otras Direcciones estarán al mando de un Ofi cial General u Ofi cial Superior. Artículo 15º.-. Secretaría General de la Comandancia General de la FAP La Secretaría General de la Comandancia General de la FAP es el órgano responsable de proporcionar apoyo administrativo y asesoramiento al Comandante General de la Fuerza Aérea, efectuando el estudio, preparación, tramitación y archivo de la documentación ofi cial interna y externa con el fi n de contribuir a la gestión y toma de decisiones oportunas. Está a cargo de un Mayor General de la FAP. CAPÍTULO VII ÓRGANOS DE LÍNEA Artículo 16°.- Comandos de Fuerza La FAP cuenta con Comandos de Fuerza, como órganos encargados de cumplir las funciones sustantivas de la institución, mediante la preparación y entrenamiento operativo orientado a realizar operaciones que contribuyan con la Seguridad y Defensa Nacional, el Orden Interno en los estados de excepción, el desarrollo económico y social del país y la Defensa Civil. Cada Comando de Fuerza estará al mando de un Ofi cial General. Su organización interna, conformación y funciones se establecen en el reglamento de la presente norma. TÍTULO IV RELACIONES Y COORDINACIONES Artículo 17º.- Relaciones La FAP puede relacionarse con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, a fi n de coadyuvar al mejor cumplimiento de sus funciones. Artículo 18º.- Coordinación La FAP coordina con entidades públicas y privadas, sobre los aspectos referidos a su participación en el desarrollo económico y social del país y en la defensa civil, acciones cívicas, vuelos de acción cívica, desarrollo de ciencia y tecnología y, en general, en aspectos vinculados al ámbito de su competencia. TÍTULO V PERSONAL Y RESERVA AÉREA Artículo 19º.- Composición de personal 1) El personal de la FAP está compuesto por Personal Militar y Personal Civil. Sólo los peruanos de nacimiento, o nacidos en el extranjero de padre o madre peruanos, siempre que hayan sido inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad pueden pertenecer a la Fuerza Aérea del Perú. 2) El Personal Militar de la FAP está conformado por Personal de Ofi ciales, Personal de Cadetes, Personal de Supervisores, Técnicos y Subofi ciales, Personal de Alumnos y Personal de Tropa, los cuales se rigen por las leyes que, en forma específi ca, les sean aplicables a cada condición. 3) El Personal Civil está constituido por ciudadanos, que de preferencia hayan realizado el servicio militar; y que por razón de su profesión, especialidad u ofi cio, prestan servicio en la Fuerza Aérea del Perú. Se rigen por las normas del sector público, sectoriales y de la institución que les sean aplicables. Artículo 20º.- Reserva Aérea 1) El Personal de la Reserva está constituido por aquel que requiere la Fuerza Aérea del Perú, al cual organiza, entrena y emplea para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con lo establecido en la legislación específi ca sobre la materia. 2) Conforman los bienes y servicios de la Reserva, aquellos que requiere la Fuerza Aérea del Perú, para el cumplimiento de sus funciones de acuerdo con lo establecido en la legislación específi ca sobre la materia. TÍTULO VI CAPÍTULO I RÉGIMEN PATRIMONIAL Artículo 22º.- Recursos patrimoniales Son recursos patrimoniales: 1) Los bienes muebles e inmuebles asignados. 2) Las donaciones o transferencias patrimoniales de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia. 3) Otros activos de naturaleza patrimonial. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Empleo de capacidad disponible La Fuerza Aérea del Perú, en observancia del mandato constitucional de participación en el desarrollo