Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2012 (10/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de diciembre de 2012

Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 875745-1

Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), dandole las MORDAZA por los servicios prestados, a partir del dia siguiente de expedida la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer se proceda a la entrega del cargo conforme a los procedimientos y plazos de Ley. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral Ejecutiva a la Oficina General de Administracion, asi como al interesado, para las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 876201-1

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina General de Administracion
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 133-2012/APCI-DE Miraflores, 7 de diciembre de 2012 VISTA: La carta s/n recibida con fecha 5 de diciembre de 2012, remitida por el senor ingeniero MORDAZA Perlacios MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Administracion a la Direccion Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI). CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable, que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado, en funcion de la politica nacional de desarrollo de conformidad con lo establecido en la Ley de Creacion de la APCI, Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias; Que, el articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE preve dentro de la estructura organica de la APCI a la Oficina General de Administracion como organo de apoyo; Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 030-2012/APCI-DE, se designo al senor ingeniero MORDAZA Perlacios MORDAZA como Jefe de la referida Oficina; Que, mediante documento de Vista, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo de Jefe de la Oficina General de Administracion de la APCI; Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar la renuncia presentada; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la APCI y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modificatorias, en concordancia con la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor ingeniero MORDAZA Perlacios MORDAZA, como Jefe de la Oficina General de Administracion de la Agencia
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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a Ingenieria Integral Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada con suspension en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 786-2012-TC-S3 Sumilla: "Deviene en irrelevante analizar si se ha producido el incumplimiento de obligaciones o si este era o no atribuible al Contratista, debido a que la resolucion contractual es un acto firme por haberse vencido los plazos correspondientes para accionar."

MORDAZA, 24 de agosto de 2012 Visto, en sesion de fecha 24 de agosto de 2012, de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado en el Expediente 861/2011.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador contra la empresa INGENIERIA INTEGRAL S.R.L., por dar lugar a la resolucion del Contrato Nº 325-2009-GRA/PR por causal atribuible a su parte, derivado del MORDAZA de seleccion Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 412­2009/GRA MORDAZA Convocatoria derivada del Concurso Publico Nº 0010-2009-GRA convocado por el Gobierno Regional de MORDAZA para la "Contratacion del servicio de alquiler de camiones volquetes MORDAZA roquero y de 15 m3 para la obra construccion de la presa de tierra con aliviaderos, MORDAZA, conducto de descarga e instrumentacion de la presa Yanaorco y Paltaorco, Polobaya ­ Arequipa"; atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 31 de MORDAZA de 2009, el Gobierno Regional de MORDAZA, en lo sucesivo la Entidad, convoco la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 412­2009/GRA MORDAZA Convocatoria1 derivada del Concurso Publico

El Comite Especial con fecha 11 de junio de 2009 declaro desierto la primera convocatoria debido a que no quedo ninguna propuesta valida.

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