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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2012 470490 sistema registral, únicamente a las labores desarrolladas en el área registral. El puntaje de la experiencia académica también es excluyente. Los artículos jurídicos se prueban anexando la copia respectiva, a menos que se trate de un trabajo extenso, en cuyo caso bastará con anexar las partes iniciales y fi nales del documento. En el caso de los libros bastará con anexar una fotocopia de la carátula y contraportada. Artículo 30.- Ganadores del Concurso.- De acuerdo con las plazas materia del Concurso, los postulantes que alcancen el mayor puntaje entre los aprobados, serán declarados ganadores del mismo. En caso de que dos o más postulantes alcanzaran igual puntaje, para determinar a los ganadores, se optará por quien haya obtenido mayor nota de acuerdo al siguiente orden: i) entrevista personal; ii) evaluación curricular; y, iii) examen escrito. De subsistir el empate, se realizará un sorteo por el Jurado Califi cador. Dentro del mismo plazo establecido en el artículo 31, los concursantes que hayan quedado como suplentes podrán ser invitados por el jurado califi cador a ocupar plazas de igual nivel jerárquico que no hayan sido cubiertas en otras Zonas Registrales. Artículo 31.- Publicación de Resultados.- La relación de postulantes ganadores se publica, por una sola vez, de la misma forma prevista en el artículo 11, consignándose exclusivamente los nombres de los postulantes que hubieran obtenido alcanzado una vacante conforme a las plazas convocadas. El aviso con la lista de ganadores del Concurso contendrá además la relación de postulantes suplentes, los mismos que serán designados en estricto orden de méritos entre los que hayan obtenido nota aprobatoria y en un número no mayor a tres por cada plaza convocada. Asimismo, la lista será publicada en la página web de la SUNARP por un período no menor de 10 días hábiles. Al momento de ingresarse la información a la página web de la SUNARP, se dejará constancia de la fecha y hora que se realiza la publicación. Artículo 32.- Declaración de desierto.- En caso de que ningún postulante hubiere alcanzado la califi cación por este reglamento para llegar a la entrevista personal, el Jurado Califi cador declarará desierto el Concurso. En este caso, el Superintendente Nacional aprobará realizar una nueva convocatoria en un plazo que no excederá los diez días hábiles. Artículo 33.- Resolución de asignación de funciones.- Concluido el proceso del Concurso Público de Méritos, el Presidente del Jurado Califi cador procederá a remitir las actas conteniendo los resultados fi nales del concurso de la siguiente forma: a) En el caso de los Registradores y los Asistentes Registrales, las actas serán remitidas al o a los Jefe(s) Zonal(es) correspondiente(s), para proceder a su designación mediante Resolución Jefatural. b) Tratándose de los Vocales del Tribunal Registral, las actas serán remitidas al Superintendente Adjunto, quien procederá a su designación mediante la Resolución correspondiente. En ambos casos, el Jurado Califi cador elevará un informe al Superintendente Nacional y a la Escuela de Capacitación Registral, sobre el resultado del proceso de selección, adjuntando: a) Copia de las publicaciones de la convocatoria al Concurso Público. b) Lista de Postulantes. c) Los exámenes tomados, los resultados obtenidos, así como toda documentación que sustente las califi caciones asignadas a cada postulante. d) Otros documentos relacionados con el procedimiento del Concurso Público de Méritos. Artículo 34.- De la designación y emisión del Título.- Mediante resolución de la jefatura de la Zona Registral o del Superintendente Adjunto, se formalizará la designación como Asistente Registral, Registrador o Vocal del Tribunal Registral, respectivamente. La Escuela de Capacitación Registral expedirá el Título de Registrador o Vocal del Tribunal Registral, fi rmado por el Superintendente Nacional de los Registros Públicos y refrendado y sellado por el Secretario General de la SUNARP”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos ANEXO 02 FORMATO DE EVALUACIÓN PARA REGISTRADOR PÚBLICO Y VOCAL DEL TRIBUNAL REGISTRAL Rubro Puntaje Máximo Grados Académicos 5 Estudios o egresado de Maestría en Derecho (0,5 punto por semestre concluido) 2 Grado de Maestro en Derecho 3 Estudios o egresado de Maestría en Derecho Registral, Civil o Comercial (0,75 punto por semestre concluido) 3 Grado de Maestro en Derecho Registral, Civil o Comercial 4 Estudios o egresado de Doctorado (1 punto por semestre concluido) 4 Grado de Doctor 5 Capacitaciones 3 Segunda Especialización en Derecho Registral, Civil o Comercial 1 Eventos académicos en derecho civil o registral con 40 o más horas de duración 0.5 puntos c/u Eventos académicos en derecho civil o registral con menos de 40 horas de duración en los últimos 4 años 0,25 punto c/u Experiencia Profesional 6 Por cada año de abogado 1 punto Experiencia Académica y Producción jurídica 4 Por cada año de docencia universitaria 1 punto Por cada artículo jurídico publicado 0,5 punto c/u Por cada libro jurídico publicado 2 puntos Experiencia Registral y Notarial 12 Por cada año de experiencia en el Sistema Registral – SUNARP (mínimo 1 año) desempeñando funciones en el área registral. 2 puntos c/a Por cada año de experiencia en Notarías Públicas, desempeñando funciones que tengan relación con el área registral (mínimo 1 año) 0,5 punto c/a Total 30 ANEXO 03 FORMATO DE EVALUACIÓN PARA ASISTENTE REGISTRAL Rubro Puntaje Máximo Grados Académicos 4 Grado de Bachiller 1 Título de Abogado 2 Estudios o egresado de Maestría en Derecho (0,5 punto por semestre concluido) 2 Grado de Maestro en Derecho 3 Estudios o egresado de Maestría en Derecho Registral, Civil o Comercial (01 punto por semestre concluido) 4 Capacitaciones 5 Segunda Especialización en Derecho Registral, Civil o Comercial 2 Eventos académicos en derecho civil o registral con 40 o más horas de duración 1 puntos c/u Eventos académicos en derecho civil o registral con menos de 40 horas de duración en los últimos 4 años 0,25 punto c/u Experiencia Profesional 5 Por cada año de Bachiller 0,5 punto Por cada año de Abogado 1 punto Experiencia Académica y Producción jurídica 4 Por cada año de jefatura de prácticas o asistente de cátedra 0,5 punto Por cada año de docencia universitaria 1 punto Por cada artículo jurídico publicado 0,5 punto c/u Por cada libro jurídico publicado 2 puntos Experiencia Registral y Notarial 12 Por cada año de experiencia en el Sistema Registral – SUNARP (mínimo 1 año) desempeñando funciones en el área registral. 2 puntos c/a Por cada año de experiencia en Notarías Públicas (mínimo 1 año) 0,75 puntos c/a Total 30