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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2012 470486 establece que la SUNAT autorizará mediante Resolución de Superintendencia, los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, teniendo en consideración que dicho viaje cumple con los objetivos institucionales, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Silvia Adriana Ruiz Villaverde, del 16 al 20 de julio de 2012 para que participe en la Conferencia de las Naciones Unidas relativa al Tratado de Comercio de Armas – TCA, que se realizará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 029-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Silvia Adriana Ruiz Villaverde, Profesional I de la División de Gestión del Arancel Integrado de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas de la SUNAT, del 16 al 20 de julio de 2012, para participar en la Conferencia de las Naciones Unidas relativa al Tratado de Comercio de Armas – TCA, que se llevará a cabo en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2012 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Silvia Adriana Ruiz Villaverde Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 431,87 Viáticos US$ 1 100,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad, con copia al Instituto de Administración Tributaria y Aduanera, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 813908-1 Designan Asesor I de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 157-2012/SUNAT Lima, 12 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6º de la referida Ley establece que las Resoluciones de designación de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que se encuentra vacante el cargo de Asesor I de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, el cual es considerado como empleado de confi anza en la Institución, de acuerdo a la Resolución de Superintendencia Nº 154-2012/SUNAT, que aprueba la modifi cación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal de la SUNAT; Que en tal sentido, se ha considerado pertinente designar en dicho cargo, a la señora Alexandra María Berckemeyer Carrillo; En uso de las facultades conferidas por el artículo 3º de la Ley Nº 27594 y los incisos i) y u) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 029-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 16 de julio de 2012, a la señora Alexandra María Berckemeyer Carrillo como Asesor I de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 813910-1 Modifican la Res. Nº 183-2004/SUNAT que aprobó Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 158-2012/SUNAT Lima, 12 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 940, aprobado por el Decreto Supremo Nº 155-2004-EF y normas modifi catorias, establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) cuya fi nalidad es generar fondos, a través de depósitos realizados por los sujetos obligados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nación, destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias, costas y gastos administrativos del titular de dichas cuentas; Que el artículo 13° del citado TUO dispone que mediante norma dictada por la SUNAT se designará -entre otros- los bienes y servicios a los que resultará de aplicación el SPOT, así como el porcentaje o valor fi jo aplicable a éstos, y regulará lo relativo a las exclusiones y procedimiento para realizar la detracción y/o el depósito, entre otros aspectos, habiéndose dictado al respecto la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modifi catorias; Que se ha evaluado el comportamiento vinculado al Impuesto General a las Ventas (IGV) de los contribuyentes que venden otros frutos de los géneros capsicum o pimienta (diferentes a la páprika), habiéndose verifi cado indicios de incumplimiento tributario, motivo por el cual resulta conveniente incorporar tales operaciones al ámbito de aplicación del SPOT; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 063- 2012/SUNAT se incorporó en el SPOT a todos aquellos servicios gravados con el IGV que con anterioridad a su vigencia no estaban sujetos a dicho sistema; Que es necesario excluir del ámbito de aplicación del SPOT a determinados servicios incorporados por la Resolución de Superintendencia indicada en el considerando anterior; Que además el plazo con que contaron los contribuyentes para adecuar sus procedimientos a la aplicación del SPOT a los servicios que fueron incorporados por la Resolución de Superintendencia Nº 063-2012/ SUNAT resultó reducido; razón por la cual es necesario establecer la inaplicación temporal de la sanción por la comisión de la infracción tipifi cada en el numeral 1 del inciso 12.2 del artículo 12° del TUO del Decreto Legislativo Nº 940, referida a la obligación de efectuar el íntegro del depósito en el momento establecido; En uso de las facultades conferidas por el artículo 13° del TUO del Decreto Legislativo Nº 940 y normas modifi catorias,