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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de marzo de 2012 463258 POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde ANEXO CARTELES INFORMATIVOS A SER COLOCADOS EN LA ENTRADA E INTERIOR DE LOS ESTABLECMIENTOS COMERCIALES CON SISTEMAS DE VIDEOVIGILANCIA 21 cm 29,5 cm 769094-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Precisan incentivos de pronto pago contenidos en la Ordenanza Nº 188- MDPP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2012/MDPP Puente Piedra, 15 de febrero del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA; VISTO: los Informes Nº 014-2012-MDPP/GAT/EIJV de la Gerencia de Administración Tributaria y Nº 033-A-2012- MDPP/GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 188-MDPP se aprueban incentivos tributarios por pago al contado de los arbitrios municipales a favor de los contribuyentes del Distrito de Puente Piedra para el período ¿ scal 2012; en cuyo artículo quinto se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza, incluyendo la prórroga de los alcances contenidos en la misma; Que, la Gerencia de Administración Tributaria a través del Informe Nº 014-2012-MDPP/GAT/EIJV informa sobre la necesidad de precisar los alcances de la Ordenanza Nº 188-MDPP por lo que propone la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía, que precise los alcances de los bene¿ cios otorgados mediante la Ordenanza referida; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 033-A-2012-MDPP/GAJ opina que el proyecto propuesto resulta complementario de la Ordenanza Nº 188-MDPP, teniendo estrictamente un carácter aclaratorio por lo cual su contenido se ajusta a Ley, y es procedente su aprobación conforme a lo establecido en el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Señor Alcalde en el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRECISESE que los incentivos de pronto pago contenidos en la Ordenanza Nº 188-MDPP de fecha 09.02.2012, alcanzarán a: a) Los contribuyentes que mantengan deudas anteriores al período ¿ scal 2012 se podrán acoger al bene¿ cio de descuento del 50% del monto insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2012, siempre y cuando cancelen la totalidad de sus tributos vencidos durante la vigencia de la Ordenanza Nº 188-MDPP. b) La cancelación de la totalidad de los tributos incluyendo a los del período fiscal 2012, permite que los contribuyentes se beneficien con la condonación de los intereses, su capitalización, las multas tributarias y las costas y gastos procesales, ya sea que las deudas se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva. c) Los contribuyentes que mantengan deudas por períodos anteriores al 2012 y sólo cancelen al contado la totalidad de los tributos municipales del 2012, se acogerán sólo al descuento del 20% del monto insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2012. Artículo Segundo.- FIJAR el plazo de vigencia para acogerse a los incentivos antes señalados hasta el 30 de junio del 2012. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto, a Secretaría General su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano, y a la Gerencia de Participación Vecinal y Comunicaciones, su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 769334-1 Aprueban implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de Puente Piedra durante el año 2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2012/MDPP Puente Piedra, 22 de febrero del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA; VISTO: el Informe Nº 096-2012-GA/MDPP de la Gerencia del Ambiente que remite la propuesta de decreto para la aprobación de la implementación del Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de Puente Piedra; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde