Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2012 (28/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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resulta viable su atencion por el pleno del Consejo Regional de MORDAZA, respecto a la declaracion de Situacion de Emergencia a las siete (07) provincias del Departamento de MORDAZA, a n de que el Gobierno Regional de MORDAZA, en forma conjunta con las demas autoridades competentes, disponga las acciones necesarias y pertinentes, por cuanto implica un grave peligro para la MORDAZA y la salud de la poblacion; por lo que en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales y responsabilidad, establecidos en los articulos 15º literal a), 16º literal a) y 39º de la Ley - Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modi catorias; articulos 2º literal a) y 12º literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008-GRL-CR, en Sesion Extraordinaria de fecha 13 de marzo de 2012, llevada a cabo en el Auditorio del Gobierno Regional de MORDAZA, sito en la Av. MORDAZA Quinonez Km. 1.5, con los votos a favor por parte de todos sus miembros y con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta; Acordo por unanimidad lo siguiente: Articulo Primero.- Declarar en situacion de emergencia a las siete (07) provincias del departamento de MORDAZA (Maynas, Alto Amazonas - Yurimaguas, MORDAZA - Nauta, MORDAZA, Ucayali - Contamana, Mariscal MORDAZA MORDAZA - Caballo Cocha y Datem Del Maranon - San Lorenzo), por la creciente inusual de nuestros MORDAZA, generando inundaciones y desbordes por encima de los niveles normales registrados en anos anteriores, advertidos en el informe tecnico cienti co del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrografia - senamhi-loreto, produciendo damni cados, que han visto afectadas sus actividades socioeconomicas. Articulo Segundo.- Establecer que la situacion de emergencia, entrara en vigencia a partir de la publicacion del presente acuerdo de Consejo Regional, por el termino de noventa (90) dias calendario. Articulo Tercero.- Encargar al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, Lic. Yvan MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicite al Gobierno Central declare en estado de emergencia a las siete (07) provincias del departamento de MORDAZA (Maynas, Alto Amazonas - Yurimaguas, MORDAZA - Nauta, MORDAZA, Ucayali - Contamana, Mariscal MORDAZA MORDAZA - Caballo Cocha y Datem Del Maranon - San Lorenzo); y, en consecuencia asigne recursos su cientes para la ejecucion de acciones urgentes e inmediatas, de acuerdo al consolidado de familias afectadas, ubicadas en las siete (07) provincias del departamento de MORDAZA, conforme al informe tecnico consolidado, emitido por el secretario tecnico del Comite Regional de Defensa Civil. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, disponga a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, adopte las acciones pertinentes y correspondientes, respecto al nanciamiento de la presente declaratoria de situacion de emergencia. Articulo Quinto.- Encargar al Presidente del Gobierno Regional De MORDAZA, Lic. Yvan MORDAZA MORDAZA MORDAZA, disponga las acciones inmediatas y necesarias para dar estricto cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional, bajo responsabilidad funcional. Articulo Sexto.- Encargar a la secretaria del Consejo Regional De MORDAZA, efectuar la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional, en el Diario O cial El Peruano, diario o cial de la region y en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Loreto: WWW.REGIONLORETO.GOB.PE., Asi como, en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente acuerdo, debiendo asimismo, remitir a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA a los organos de control institucional de la entidad y al OSCE, MORDAZA fedateada del acuerdo y los informes tecnicos y legales que dieron origen al presente documento. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 769413-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Conforman el Consejo Regional de Seguridad Vial - CORESEVI en el Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 01-2012-CR/GRM 1 de marzo del 2012 POR CUANTO: VISTOS: en Sesion Ordinaria de fecha 01 de marzo se ha debatido en Dictamen Nº 002-2012-CR/CI-GRM, sobre la constitucion del Consejo Regional de Seguridad Vial en la Region MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de Acuerdo al articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformado por la Ley Nº 27680, y lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyen para su administracion economica y nanciera un Pliego Presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-96-MTC, modi cado por los Decretos Supremos Nº 024-2001-MTC, Nº 027-2002-MTC y Nº 023-2008-MTC se creo el Consejo Nacional de Seguridad Vial como ente rector encargado de promover y coordinar las acciones vinculadas a la seguridad y educacion vial en el Peru, con las funciones que la referencia MORDAZA senala; Que, con Decreto Supremo Nº 013-2007-MTC, se aprueba el Plan Nacional de Seguridad Vial documento que constituye una herramienta que permite orientar la ejecucion de los recursos y acciones orientadas al cumplimiento del n primordial del Estado que es la proteccion de la MORDAZA de sus ciudadanos; Que, a n de dar cumplimiento a las metas y objetivos estrategicos contenidos en el Plan Nacional de Seguridad Vial, resulta necesario implementar las medidas contenidas en el mismo documento, entre ellas, el fortalecimiento del Consejo Nacional de Seguridad Vial y la creacion, implementacion y conformacion de los Consejos Regionales de Seguridad Vial asi como la provision de recursos que permiten nanciar la ejecucion de las acciones a adoptarse; Que, en la conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial, es necesario incorporar a entidades e instituciones que contribuyan a dar una solucion integral a la problematica de la seguridad vial en la region, entre ellos, al Presidente Regional, al Jefe Policial de mayor graduacion, a los Directores Regionales de Transporte, Educacion, Salud, Trabajo y a los Alcaldes Provinciales que integran la Region o a sus respectivos representantes. Que, la seguridad Vial, se MORDAZA en principios, normas y acciones cuya nalidad es desarrollar en la persona en particular y en la comunidad en general aptitudes que le permitan actuar racional y responsablemente en el uso de la vias y medios de transporte; dentro de la politica de Seguridad Integral surge como respuesta a la problematica actual de la Circulacion Vial condicionado por el crecimiento de la poblacion, el incremento del MORDAZA Automotor y una inadecuada e insu ciente red vial, que genera en forma alarmante el creciente numero de accidentes de MORDAZA en el MORDAZA, con la consecuencia lamentable de perdidas de vidas humanas y bienes materiales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-96-MTC, modi cado por los Decretos Supremos Nº 024-2001-MTC, Nº 023-2008-MTC se atribuye a los Consejos Regionales la facultad de constituir Consejos Regionales de Seguridad Vial, encargados de elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutar los mismos en sus jurisdicciones;

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