Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2012 (28/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de marzo de 2012

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modi cada por la Ley Nº 27902, la conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial propuesto, se enmarca dentro de las competencias del Gobierno Regional, por cuanto es competente de este promover y regular actividades y/o servicios entre otras, la viabilidad y comunicacion; Que, asimismo el inciso a) del articulo 56º de la ley MORDAZA citada, considera como funcion especi ca de los Gobiernos Regionales en materia de transporte, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transporte de la Region en conformidad con las politicas nacionales y de los planes sectoriales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 16-A de la Ley Nº 27181, los Gobiernos Regionales tienen en materia de transporte competencia normativa de gestion y scalizacion, conforme a lo senalado en el articulo 56 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Dicho dispositivo tambien considera que los Gobiernos Regionales deben aprobar normas especi cas en materia de transportes, con sujecion a lo establecido en cada Reglamento Nacional; Que, MORDAZA estas consideraciones, resulta imprescindible la conformacion de Consejo Regional de Seguridad Vial en la Region MORDAZA, para que se encargue de elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutarlos en el ambito del Gobierno Regional MORDAZA, en el MORDAZA de la politica nacional disenado por el Consejo Regional de Seguridad Vial; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 024-2001-MTC, modi cado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 023-2008-MTC, amerita la creacion de la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Seguridad Vial del Gobierno Regional MORDAZA, dependiente de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Moquegua; Estando a lo acordado y aprobado por la mayoria, en Sesion Ordinaria Nº 003-2012, de fecha 01 de marzo del 2012, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE CONFORMA EL CONSEJO REGIONAL DE SEGURIDAD VIAL ­ CORESEVI EN EL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- CONFORMAR el Consejo Regional de Seguridad Vial ­ CORESEVI, del Gobierno Regional de Moquegua; encargados de elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutar los mismos en sus jurisdicciones; el mismo que estara integrada por las siguientes entidades miembros: 1. Presidente Regional, quien lo presidira; 2. Jefe de la Direccion Policial Moquegua; 3. Directora Regional de Transporte y Comunicaciones; 4. Director Regional de Educacion; 5. Directora Regional de Trabajo y Promocion del Empleo; 6. Director Regional de Salud; 7. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto; 8. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ilo; 9. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Gral. MORDAZA Cerro; En caso de ausencia del Titular de la Entidad conformante, este designara a su representante mediante la Resolucion correspondiente. Articulo Segundo.- CREASE la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Seguridad Vial del Gobierno Regional de MORDAZA, dependiente de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Moquegua; debiendo asumir las funciones la titular de Direccion o su representante.

Articulo Tercero.- PUBLICAR que la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Seguridad Vial tendra las siguientes facultades: a. Ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional de Seguridad Vial. b. Coordinar con las diversas instituciones publicas y privadas, relacionadas a la problematica de la Seguridad Vial en la Region, a n de proponer acciones al Consejo Regional de Seguridad vial. c. Elaborar y proponer el Reglamento Interno del Consejo Regional de Seguridad Vial, para su aprobacion. d. Implementar e impulsar Programas de Educacion, Sensibilizacion y Difusion, buscando despertar en el publico usuario una cultura vial como medio de instinto de autoproteccion y prevencion ademas de combatir a traves de los medios de difusion masiva las causas que generan las colisiones viales. e. Promover y desarrollar investigacion en materia de seguridad vial. f. Supervisar el correcto acondicionamiento de infraestructura vial; semaforizacion y senalizacion vertical y horizontal, dispositivos de contencion y otros. g. Elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial y los Planes Anuales, dando cuenta al Consejo Nacional de Seguridad Vial. h. Celebrar Convenios con entidades publicas y privadas; nacionales y extranjeras, para la realizacion de acciones en los Programas de Seguridad Vial que contribuyan a los nes del Consejo Regional de Seguridad Vial. i. Promover y Organizar eventos de capacitacion en seguridad vial, tales como: talleres, cursos, congresos y otros, asi como la realizacion de campanas que promuevan la seguridad vial. j. Propiciar reuniones participativas con todas las entidades miembros y otras entidades especializadas, para entablar enfoque de analisis y consensos con propuestas para elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial y puesta en ejecucion con la coordinacion y asesoramiento del Consejo Nacional de Seguridad Vial. k. Fortalecer el accionar de los inspecciones de transportes del servicio interprovincial, MORDAZA e interurbano de transporte terrestre de pasajeros asi como el accionar de los miembros de la Policia Nacional para un mejor control y scalizacion en salvaguarda de la integridad fisica de los pasajeros. l. Ejecutar las acciones de monitoreo y seguimiento de los acuerdos adoptados por las entidades miembros. m. Otras facultades delegadas por el CORESEVI y el ente rector de caracter nacional. Articulo Cuarto.- DISPONER a la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Seguridad Vial elabore el Reglamento interno de trabajo en un plazo de treinta dias habiles, asi como debera proponer el Plan Operativo Institucional del Consejo Regional de Seguridad Vial. Articulo Quinto.- ENCARGAR a Gerencia General Regional, la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario O cial El Peruano. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, para su promulgacion. En MORDAZA, el uno de marzo del ano dos mil doce. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil doce. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente en Ejercicio 768743-1

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