Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2012 (28/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion en un plazo de 10 dias calendario; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional de MORDAZA emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR EL ESTABLECIMIENTO DE LAS ZONAS DE INFLUENCIA EN AREAS DE CONSERVACION REGIONAL DE MORDAZA, de conformidad a los respectivos planes maestros, con el proposito fundamental de minimizar el impacto negativo de las actividades humanas en los valores de las Areas de Conservacion Regional, garantizando la conservacion de la diversidad biologica y la provision de recursos naturales esenciales para los pobladores de las comunidades adyacentes al area. Articulo Segundo.- APROBAR LOS LIMITES Y TAMANO DE LAS ZONAS DE INFLUENCIA, los mismos que seran de nidos para las Areas de Conservacion Regional en su Plan Maestro, y sus criterios tecnicos para la delimitacion seran establecidos en el documento de gestion del Programa de Conservacion, Gestion y Uso Sostenible de la Diversidad Biologica de MORDAZA PROCREL, denominado "Estrategia de Gestion para las Areas de Conservacion Regional". Articulo Tercero.- INCORPORAR A LA GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL EN LOS GRUPOS TECNICOS ENCARGADOS DE LA ELABORACION DE CADA PLAN MAESTRO, con la nalidad de participar en la delimitacion sobre la ubicacion espacial respecto a las Zonas de In uencia de las Areas de Conservacion Regional del Departamento de Loreto. En el caso que las Areas de Conservacion Regional ya cuenten con su plan maestro aprobado, la Jefatura del ACR debera articular criterios tecnicos con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para el establecimiento de la MORDAZA de In uencia respectiva, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias habiles. Articulo Cuarto.- PRECISAR, que corresponde al Programa de Conservacion, Gestion y Uso Sostenible de la Diversidad Biologica de MORDAZA - PROCREL, emitir Opinion Tecnica Previa Vinculante, que consiste en la evaluacion del contenido del instrumento de gestion ambiental correspondiente a una actividad, obra o proyecto especi co a realizarse al interior de la MORDAZA de In uencia de un Area de Conservacion Regional, a n de pronunciarse sobre su viabilidad ambiental, en virtud a los aspectos tecnicos y legales correspondientes a la gestion del Area de Conservacion Regional. Articulo Quinto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O cial El Peruano, Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto: www. regionloreto.gob.pe y a la O cina de Imagen Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA, efectuar la difusion de la MORDAZA regional en todo el Departamento de Loreto. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, en el Diario O cial de la Region y/o El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado en el Auditorio de la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano Dos Mil Doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: De conformidad con lo establecido con los articulos 16º, 21º inc. o), 37º inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley

Organica de Gobiernos Regionales y sus modi catorias las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0312008-GRL-CR, de fecha 15 de diciembre de 2008. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 769427-1

Modifican el articulo 1° de la Ordenanza Regional Nº 001-2012-GRL-CR, sobre aprobacion de expediente tecnico de la propuesta de Area de Conservacion Regional Maijuna
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2012-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 14 de marzo de 2012. El Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria, de fecha 14 de marzo de 2012, aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional N° 001-2012GRL-CR, publicada el 25 de febrero de 2012 en el diario de aviso judiciales de la Region de MORDAZA "La Region", se aprobo el Expediente Tecnico de la Propuesta de Area de Conservacion Regional Maijuna, con una super cie de trescientos noventa y un mil treinta y nueve hectareas con ocho mil doscientos metros cuadrados (391,039.82 ha), ubicado politicamente en la jurisdiccion de los distritos de Putumayo, Napo, Mazan, Las Amazonas (provincia de Maynas) y Pevas (provincia de Mariscal MORDAZA Castilla), departamento de Loreto. La MORDAZA protegida esta ubicada geogra camente a 60 kilometros al norte de Iquitos y colinda en el este, con el Area de Conservacion Regional Ampiyacu ­ Apayacu, con las comunidades distribuidas a lo largo del rio Napo en el Sur y Oeste, y con el rio Algodon en el Norte, como es de verse en el mapa, que se adjunta a la presente Ordenanza Regional; Que, de la publicacion del precitado dispositivo legal, se advierte que se ha anexado el mapa denominado "PROPUESTA DE ZONIFICACION DE LA PROPUESTA DE AREA DE CONSERVACION REGIONAL MAIJUNA", sin que en este se MORDAZA hecho mencion sobre su denominacion, debiendose haber anexado el mapa de "PROPUESTA DE AREA DE CONSERVACION REGIONAL MAIJUNA", cual detalla en el Sistema de Coordenadas Planas los vertices de la propuesta del Area de Conservacion Regional Maijuna, en coordenadas UNIVERSAL TRANSVERSE MERCATOR (UTM); Que, la Resolucion Presidencial N°205-2010SERNANP, publicada el 27 de octubre de 2010, en el Diario O cial "El Peruano", aprueba la Directiva para la evaluacion de las propuestas para el establecimiento de las Areas de Conservacion Regional, en cuyo literal c), numeral 7.3 del acapite VII, sobre los Terminos de Referencia de los requisitos generales, senala que toda propuesta de los Gobiernos Regionales, debe adjuntar: "Copias de las publicaciones realizadas en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local, el cual contenga la memoria descriptiva y el mapa del area propuesta como ACR. (La publicacion se MORDAZA por unica vez en coordenadas UTM)"; Que, el literal a) articulo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modi cado por las leyes N° 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, precisa que son atribuciones del Consejo Regional

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