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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2012 478079 como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ucayali y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Atalaya, dispuesto en los artículos cuarto y trigésimo segundo de la Resolución Nº 2559-2012-MP-FN, de fecha 28 de setiembre del 2012. Artículo Quinto.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor ALEJANDRO VELA TELLO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ucayali y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Padre Abad - Aguaytia, materia de la Resolución Nº 2559-2012-MP-FN, de fecha 28 de setiembre del 2012, con efectividad a partir del 03 de octubre del 2012. Artículo Sexto.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora LESLIE VANESSA LUJAN PASTOR, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ucayali y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Atalaya, materia de la Resolución Nº 2559-2012-MP-FN, de fecha 28 de setiembre del 2012, con efectividad a partir del 01 de octubre del 2012. Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 862731-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 3126-2012 Lima, 30 de mayo de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Juan Eduardo Porzoliz Bustos para que se autorice la ampliación de su inscripción de corredor de seguros generales a corredor de seguros generales y de personas en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 109-2010 se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Resolución SBS Nº 14274-2009 de fecha 27 de octubre de 2009, previo proceso de evaluación seguido por el solicitante, autorizó su inscripción en el mencionado Registro como corredor de seguros generales; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 26 de enero de 2012, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14º del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado a los postulantes a corredores de seguros persona natural, concluyéndose el proceso de evaluación y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Juan Eduardo Porzoliz Bustos con matrícula Nº N- 3972 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- .Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial EI Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 861873-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban nuevo Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional de Amazonas - CAR- Amazonas DECRETO REGIONAL Nº 005-2012- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR 5 de octubre de 2012 La Presidencia Regional del Gobierno Regional Amazonas Ha aprobado el Decreto Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo, XIV Título IV, sobre Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modifi catorias Leyes Nºs. 27902 y 28013, que reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Gobierno Regional Amazonas, busca garantizar un ambiente adecuado, que permita el desarrollo pleno de su población, además busca integrar la participación y acción de los distintos actores con responsabilidades ambientales en la región; ello en base a una visión compartida, una voluntad política, una institucionalidad sólida con mecanismos de participación ciudadana; una legislación adecuada y los recursos e instrumentos que aseguren una efi caz conservación del ambiente y un aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;