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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2012 478080 Que, el artículo 23º de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), son las instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional, promueve el diálogo y el acuerdo entre los sectores públicos y privados; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 246-2010- GR.AMAZ/CR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 08 de enero de 2010, el Gobierno Regional de Amazonas aprueba adecuar la Comisión Ambiental Regional de Amazonas - CAR Amazonas al Decreto Legislativo Nº 1013. Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; Que, la Comisión Ambiental Regional - CAR de la Región Amazonas, ha venido cumpliendo un rol muy importante en el desarrollo de la gestión ambiental en la región, ya que está conformada por representantes de los sectores públicos y privados, además de realizar sus reuniones de forma descentralizada en las siete provincias de la región; es por ello que es necesario su fortalecimiento y regulación mediante los dispositivos normativos regionales pertinentes; Que, mediante Informe Técnico Nº 01-2012- G.R.AMAZONAS/CAR-AMAZONAS, el presidente de la Comisión Ambiental Región – CAR Amazonas del Gobierno Regional de Amazonas, señala la necesidad de que la CAR Amazonas cuente con un nuevo Reglamento, ello con la fi nalidad de atender los nuevos retos en temas ambientales en la región y porque algunas instituciones que conformaban la CAR ya no están vigentes; Estando a lo propuesto por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, contando con el Visto Bueno de la Presidencia Regional, Gerencia General, Ofi cina Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; y en uso de las atribuciones conferidas según materia de competencia; SE DECRETA: Artículo Primero.- DEROGAR el Decreto Regional Nº 002-2010-PR, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional Amazonas- CAR- Amazonas. Artículo Segundo.- APROBAR el nuevo Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional de Amazonas - CAR-Amazonas, que consta de Cinco (05) Títulos, Dos (02) Capítulos, treinta y siete (37) Artículos y Dos (02) Disposiciones Finales. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, la presente Resolución a las instituciones integrantes de la comisión y a todas las instancias internas del Gobierno Regional Amazonas para su conocimiento; así como difúndase en el portal electrónico y PUBLIQUESE en el Diario Ofi cial EI Peruano. Regístrese y comuníquese JOSÉ B. ARISTA ARBILDO Presidente Regional 861789-1 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Autorizan viajes de funcionario, Consejera Delegada y del Vice Presidente Regional a México, Ecuador y Guatemala, en comisión de servicios ACUERDO REGIONAL Nº 090-2012-GR.CAJ-CR Cajamarca, 6 de septiembre de 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 04 de setiembre del año 2012; VISTO Y DEBATIDO el Ofi cio Nº 383-2012- GR.CAJ/P, presentado por el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca Prof. Gregorio Santos Guerrero, con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa; la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, La Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º, literal a) prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en su artículo 39º, prescribe que “los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, mediante Ordenanza Regional N° 010-2011- GR.CAJ-CR, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en el artículo 47° in fi ne, referido a los Dictámenes, establece que “se exceptúa de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justifi cados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que estén referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes técnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo”; Que, conforme lo dispuesto por la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en su artículo 10º, numeral 10.1), literal a) prescribe “Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú”. Asimismo, en la parte in fi ne del mismo numeral señala que en el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Carta de GIZ, de fecha 20 de agosto del año 2012, el Coordinador Regional del Programa de Desarrollo Rural Sostenible GIZ, Ing. Jaime Puicón Carrillo, invita al Sub Gerente de Programación e Inversión Pública Ing. Wilder Chuquilín Madera al Foro Metodologías para la Asignación y Seguimiento de la Inversión Pública, en Reducción de Riesgo de Desastre; a fi n de fortalecer las capacidades de funcionarios del Gobierno Regional Cajamarca, que se desarrollará en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas - México del 28 al 29 de setiembre del presente año; Que, mediante Ofi cio N° 912- 2012-GR.CAJ-GRPP de fecha 21 de agosto de 2012, el Gerente Regional de Presupuesto Planeamiento y Acondicionamiento Territorial Ing. Pelayo Roncal Vargas hace llegar al Presidente Regional Prof. Gregorio Santos Guerrero, el documento de invitación al Sub Gerente de Programación e Inversión Pública Econ. Wilder Chuquilín Madera al Foro Metodologías para la Asignación y Seguimiento de la Inversión Pública, en Reducción de Riesgo de Desastre, que se desarrollará en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas - México el 28 al 29 de setiembre del presente año; Que, mediante Ofi cio N° 383-2012-GR.CAJ-P de fecha 22 de agosto de 2012, el Presidente Regional Prof.