Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2012 (21/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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37. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por quince (15) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion N° 670-2012-TCS1 del 06.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 38. MUNARRIZ MORDAZA, Pedro. Mediante Resolucion Nº 839-2012-TC-S1 del 07.09.2012, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 672-2012-TC-S1 del 06.08.2012, que la sanciona con veinticuatro (24) meses de inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 39. IJ METAL CORP S.A.C. Inhabilitacion por veinticuatro (24) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 672-2012-TC-S2 del 06.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 40. COMPANIA PERUANA DE ASCENSORES S.A.C. Inhabilitacion por veinticuatro (24) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 673-2012-TC-S1 del 06.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 41. ELEVATRONIC S.A. Inhabilitacion por veinticuatro (24) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 673-2012-TCS1 del 06.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 42. REPRESENTACIONES INCOFER E.I.R.L. Inhabilitacion por veinticuatro (24) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 677-2012-TC-S1 del 07.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 43. DERCO PERU S.A. Mediante Resolucion Nº 816-2012-TC-S2 del 29.08.2012, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 678-2012-TC-S2 del 07.08.2012, que la sanciona con veinticuatro (24) meses de inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el RNP y por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causales tipificadas en el literal e) y literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 44. PERUVIAN'S LIFE S.A.C. Inhabilitacion por veinte (20) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, segun Resolucion Nº 679-2012-TC-S1 del 07.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 45. VILLENA TIRAPO MORDAZA, Francisco. Mediante Resolucion Nº 867-2012-TC-S1 del 14.09.2012, se declaro

infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 682-2012-TCS1 del 08.08.2012, que la sanciona con dieciocho (18) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por suscribir contrato como consultor de obra por una especialidad distinta a la autorizada por el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el literal f) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017. 46. MORDAZA MORDAZA, Juver Martin. Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 684-2012-TC-S3 del 08.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 47. FACE INVERSIONES S.R.L. Inhabilitacion definitiva en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal establecida en el articulo 246 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 686-2012-TC-S1 del 09.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 48. CONSTRUCTORA RODEMA S.A.C. Mediante Resolucion Nº 863-2012-TC-S1 de 13.09.2012, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 689-2012-TCS1 del 09.08.2012, que la sanciona con treinta (30) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017. 49. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Antonio. Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion de la orden de servicio por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 690-2012-TC-S2 del 09.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 50. FERRER MORDAZA, MORDAZA Carlos. Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 690-2012-TC-S2 del 09.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 51. E & R EJECUTORES Y CONSULTORES S.A.C. ­ E & R S.A.C. Inhabilitacion por veinticuatro (24) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 693-2012-TC-S1 del 10.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 52. NEGOCIOS MARTHITA S.A.C. Inhabilitacion por veinte (20) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 694-2012-TC-S2 del 10.08.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 53. CONSTRUCTORA MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. Inhabilitacion definitiva en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal establecida en el articulo 246 del Reglamento de la Ley

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