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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (03/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de abril de 2013 492026 de Piura, respectivamente, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral N° 390- 2011-MEM/AAE, de fecha 28 de diciembre de 2011, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la L.T. 220 kV S.E. Talara - S.E. Piura; Que de conformidad con el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 001-2012-MC, Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios y la Resolución Ministerial Nº 350-2012-MEM/DM que aprueba los procedimientos administrativos en los que corresponde realizar el proceso de consulta previa, se procedió a verifi car si la concesión defi nitiva de transmisión del proyecto L.T. de 220 kV S.E. Talara - S.E. Piura, afectaría derechos colectivos de los pueblos indígenas, estableciéndose a través del Informe Nº 350-2012-DGE/DCE, que la Dirección General de Interculturalidad y Derecho de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, haciendo uso de la Base de Datos de Pueblos Indígenas señaló como resultado que no existen pueblos indígenas en el área del proyecto de la L.T. 220 kV S.E. Talara - S.E. Piura; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 475-2012-DGE- DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a favor de Consorcio Transmantaro S.A., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la L.T. 220 kV S.E. Talara - S.E. Piura, ubicada en los distritos de Amotape, La Huaca, Tamarindo, Piura, Ignácio Escudero, Miguel Checa, La Brea y Pariñas, províncias de Paita, Piura, Sullana y Talara, departamento de Piura, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la Línea Transmisión Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. TALARA - S.E. PIURA 220 01 103,60 25 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 411-2012 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Consorcio Transmantaro S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 411-2012 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 919456-7 PRODUCE Designan representante titular del IMARPE ante el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño - ENFEN RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2013-PRODUCE Lima, 1 de abril de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº PCD-100-80-2013-PRODUCE/ IMP del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Memorando Nº 01144-2013-PRODUCE/SG de la Secretaría General y el Informe Nº 015-2013-PRODUCE/OGAJ-jpaucarima, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 120-77- PM/ONAJ de fecha 7 de junio de 1977, se constituyó el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño - ENFEN; Que, por Resolución Suprema Nº 053-97-PE publicada el 18 de setiembre de 1997, se recompuso el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño - ENFEN, el mismo que se encuentra integrado, entre otros, por un representante del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, quien lo presidirá; Que, de acuerdo al artículo 3º de la precitada Resolución Suprema, la designación de los representantes ante el mencionado Comité Multisectorial, se formaliza mediante resolución expedida por el titular del Sector respectivo; Que, el artículo 1º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 345-2012- PRODUCE, establece que el IMARPE es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción; Que, con Resolución Ministerial Nº 138-2011- PRODUCE de fecha 15 de abril de 2011, se designó al Contralmirante AP (r) JORGE VÍCTOR BROUSSET BARRIOS, Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, como representante titular ante el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño - ENFEN; Que, mediante Resolución Suprema Nº 005-2011- PRODUCE de fecha 16 de setiembre de 2011, se resolvió aceptar la renuncia al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE presentada por el Contralmirante AP (r) JORGE VÍCTOR BROUSSET BARRIOS, designándose en dicho cargo al Contralmirante AP (r) GERMÁN ABRAHAM VÁSQUEZ SOLÍS TALAVERA;