Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2013 (03/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

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Que, siendo ello asi, resulta procedente emitir la Resolucion Ministerial a traves de la cual se designe al representante del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, ante el Comite Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenomeno El MORDAZA - ENFEN; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, la Resolucion Suprema Nº 053-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del Contralmirante AP (r) MORDAZA MORDAZA BROUSSET MORDAZA, ex Presidente del Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, como representante del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE ante el Comite Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenomeno El MORDAZA - ENFEN, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al Contralmirante AP (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TALAVERA, Presidente del Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, como representante Titular de dicho organismo, ante el Comite Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenomeno El MORDAZA - ENFEN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 918744-1

Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 29778- Ley MORDAZA para el Desarrollo e Integracion Fronteriza; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Apruebese el Reglamento de la Ley N° 29778 Ley MORDAZA para el Desarrollo e Integracion Fronteriza, que consta de un Titulo Preliminar, cuatro (4) Titulos, setenta y cuatro (74) articulos, cinco (5) disposiciones complementarias finales, tres (3) disposiciones complementarias transitorias, y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Vigencia El presente Reglamento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores REGLAMENTO DE LA LEY N° 29778 LEY MORDAZA PARA EL DESARROLLO E INTEGRACION FRONTERIZA TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento MORDAZA la aplicacion de la Ley N° 29778 - Ley MORDAZA para el Desarrollo e Integracion Fronteriza, regula la finalidad, organizacion y funciones del Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion Fronteriza; y, a su vez, establece los mecanismos para la promocion del desarrollo sostenible de fronteras e integracion fronteriza como politica de Estado. La ejecucion de esta politica se realiza en estrecha coordinacion y respetando las competencias, en lo que corresponda, con los demas sectores nacionales e instancias de gobierno regional y local de frontera. Articulo 2º.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento se entendera por: a. Desarrollo fronterizo El MORDAZA ordenado, dirigido a satisfacer prioritariamente las necesidades basicas de la poblacion en los espacios de frontera y su incorporacion a la dinamica del desarrollo nacional, mediante el despliegue de iniciativas publicas y privadas orientadas hacia los MORDAZA economico, ambiental, social, cultural, institucional y salud asi como el fortalecimiento de las capacidades de gestion local y regional, segun criterios de sostenibilidad, desarrollo humano y seguridad nacional. b.Integracion fronteriza El MORDAZA organico convenido con los paises limitrofes en los espacios de frontera, que contribuye a la sostenibilidad del desarrollo de dichos espacios. Es acordada y regulada por el Gobierno nacional, siendo parte constitutiva de la politica exterior y de la politica nacional de desarrollo. c. Acciones de desarrollo e integracion fronteriza Acciones orientadas al desarrollo e integracion fronteriza en los espacios de frontera, para promover

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29778 - Ley MORDAZA para el Desarrollo e Integracion Fronteriza
DECRETO SUPREMO N° 017-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29778 ­ Ley MORDAZA para el Desarrollo e Integracion Fronteriza - define los espacios de frontera, establece los mecanismos de formulacion, coordinacion, ejecucion y seguimiento de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos, que es parte constitutiva de la Politica Exterior y de la Politica Nacional de Desarrollo, y regula el Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion Fronteriza; Que, de acuerdo al articulo 14 de la referida MORDAZA, el Ministerio de Relaciones Exteriores es el organo rector del Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion Fronteriza encargado de determinar las normas y procedimientos relacionados con la finalidad del sistema; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final de la mencionada Ley, dispone que mediante decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores se dictara su respectivo reglamento; Que, estando a lo expuesto, y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley

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