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El Peruano Martes 16 de abril de 2013 492921 Designan Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0174-2013-ED Lima, 15 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0022-2013- ED, se encargó al señor Severo Leonidas Cuba Marmanillo, las funciones de Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, se ha visto por conveniente designar al Director de la Dirección de Evaluación Docente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006- 2012- ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor SEVERO LEONIDAS CUBA MARMANILLO, como Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; dándose por concluido el encargo de funciones efectuado mediante Resolución Ministerial N° 0022-2013-ED. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 925301-2 Aprueban documento normativo denominado “Lineamientos para la Organización y Desarrollo de los Programas de Especialización y Actualización Docente” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0175-2013-ED Lima, 15 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, de acuerdo a la política 10.2 del “Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú”, aprobado por Resolución Suprema N° 001-2007-ED, en el marco del sistema integral de formación docente, es necesario contar con un programa nacional descentralizado de formación continua de los docentes y demás profesionales de la educación, que ofrezca oportunidades permanentes para el desarrollo de capacidades en coherencia con la formación inicial y el rasgo profesional de los involucrados, así como la evaluación previa de sus necesidades; debiendo procurar la especialización certifi cada de los docentes y demás profesionales de la educación; Que, de acuerdo al artículo 7 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, la formación en servicio tiene por fi nalidad organizar y desarrollar a favor de los profesores en servicio actividades de actualización, capacitación y especialización, que respondan a las exigencias de aprendizaje de los estudiantes y de la comunidad o a la gestión de la institución educativa y a las necesidades reales de la capacitación de los profesores; asimismo, los criterios e indicadores que el Ministerio de Educación apruebe para las evaluaciones establecidas en la referida Ley, serán referente obligatorio para el Programa de Formación y Capacitación Permanente; Que, los Lineamientos denominados “Marco de Buen Desempeño Docente para Docentes de Educación Básica Regular”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 0547- 2012-ED, contienen los criterios de buen desempeño docente en los que se basa la evaluación de desempeño a que se refi ere el artículo 24 de la Ley Nº 29944, ley de Reforma Magisterial, constituyéndose en un referente obligatorio para los programas de formación en servicio; Que, según los literales b), d) y e) del artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006- 2012-ED, la Dirección de Educación Superior Pedagógica es competente para formular y proponer lineamientos de políticas para la formación y el desempeño docente en el marco del Sistema de Formación Continua; elaborar lineamientos metodológicos y orientaciones técnicas para la capacitación docente descentralizada en coordinación con los Gobiernos Regionales; y elaborar, conducir y evaluar las normas y lineamientos para el acompañamiento pedagógico y la formación de formadores de acompañantes pedagógicos, en coordinación con las Direcciones y Ofi cinas correspondientes; Que, como parte de sus funciones, la Dirección de Educación Superior Pedagógica ha elaborado el documento normativo denominado “Lineamientos para la Organización y Desarrollo de los Programas de Especialización y Actualización Docente”, dirigido a profesores que laboran en las distintas áreas de desempeño laboral que establece la Ley de Reforma Magisterial y demás profesionales de la educación; Que, la implementación del documento normativo denominado “Lineamientos para la Organización y Desarrollo de los Programas de Especialización y Actualización Docente” se realizará con la participación de Universidades, Institutos y Escuelas de Educación Superior, así como de otras instituciones de prestigio públicas y privadas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, TEMÁTICA Y SUPERVISIÓN POLÍTICAS NACIONALES INDICADORES PRIORIZADOS UNIDAD DE MEDIDA METAS 2013 RESPONSABLE 12.POLÍTICA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL (Supervisa Ministerio de Defensa y del Interior) 12.2. Fomentar el orgullo y la identidad nacional Número de deportistas califi cados de alto nivel Número 518 (*) IPD 13.POLÍTICA DE SERVICIO CIVIL (Supervisa PCM) 13.5 Desarrollar y gestionar políticas de formación y evaluar sus resultados Número de personas capacitadas para la gestión educativa Número 2500 OAAE - UCG (*) METAS PESEM 2012-2016. (R.M. N° 518-2012-ED) 925301-1