Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2013 (05/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013

508433
(10% de las veces) y son los gobiernos locales los que lo utilizan en mayor medida (50%, 30 casos). Un MORDAZA aspecto a destacar es que 8 de cada 10 sentencias emitidas en primera instancia fueron impugnadas por las entidades publicas demandadas, a pesar de que guardaron silencio en dicha instancia. 36.- La excesiva duracion de los procesos de habeas data afecta gravemente el derecho a la tutela judicial efectiva y, por ende, el derecho a acceder a informacion publica de manera oportuna. Los procesos MORDAZA entre 6 y 12 meses a nivel de juzgados, entre 12 y 18 meses a nivel de MORDAZA superiores y entre 1 y 3 anos en el Tribunal Constitucional. 37.- De las 584 resoluciones de habeas data se ha podido constatar que los jueces de primera instancia ampararon 246 demandas (55.1%), ya sea declarandolas fundadas o fundadas en parte. Asimismo, 96 casos (17%) fueron declarados infundados y 185 (33%), improcedentes. Los jueces superiores ampararon 154 demandas (31%), declararon infundadas 77 (15%) e improcedentes, 265 (52%). El Tribunal Constitucional resolvio 4 de cada 10 procesos como instancia final y MORDAZA 167 demandas (48%), declaro infundadas 36 (11%) e improcedentes, 83 (26%). 38.- Las MORDAZA superiores son la instancia que mas improcedencias ha declarado, principalmente por los siguientes motivos: la solicitud de acceso no fue dirigida al funcionario responsable (87 casos, 36%), no se verifico que la solicitud MORDAZA sido efectivamente presentada ante la entidad obligada, o que se MORDAZA cumplido con las formalidades establecidas en el Reglamento de la Ley (33 casos, 13.8%), prescripcion, falta de legitimidad para obrar del demandante, entre otras razones procesales (27 casos, 11.3%). En la motivacion de las improcedencias no se ha tomado en cuenta la obligacion de reconduccion de la solicitud que tienen las entidades publicas, asi como la naturaleza fundamental del derecho de acceso a la informacion. De acuerdo con las consideraciones anteriores, con el visto MORDAZA de la Primera Adjuntia, de la Adjuntia en Asuntos Constitucionales y de la Secretaria General, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Informe Defensorial Nº 165, denominado «Balance a diez anos de vigencia de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica 2003-2013», elaborado por la Adjuntia en Asuntos Constitucionales de la Defensoria del Pueblo. Articulo Segundo.- Recomendar a las maximas autoridades de los ministerios y de las municipalidades distritales de MORDAZA Metropolitana supervisadas: 1.- Adoptar las medidas necesarias para que los funcionarios responsables de acceso a la informacion y del MORDAZA de Transparencia Estandar gocen de estabilidad laboral y se dediquen exclusivamente a las funciones propias de su cargo, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 3º del TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y el articulo 3º de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM (en adelante, el Reglamento de la Ley). 2.- Adoptar las medidas necesarias para que los funcionarios responsables de acceso a la informacion y del MORDAZA de Transparencia Estandar cuenten o desarrollen una amplia experiencia en materia de transparencia y acceso a la informacion publica, de acuerdo con el articulo 3º del TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y el literal d.2) del articulo 3º del Reglamento de la ley. 3.- Implementar actividades permanentes de capacitacion para los funcionarios responsables de acceso a la informacion, con especial enfasis en el regimen juridico de excepciones, de responsabilidades y sanciones por el incumplimiento de sus obligaciones, asi como en el tema de archivos y conservacion de la informacion, de acuerdo con el articulo 3º del TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y el literal d.3) del articulo 3º del Reglamento de la Ley. 4.- Implementar actividades permanentes de capacitacion a los funcionarios responsables del MORDAZA de Transparencia Estandar, con especial enfasis

28.- Las quejas fundadas muestran que los derechos afectados por la negativa a la entrega de informacion son el de participacion ciudadana (36%), el debido procedimiento (17%) y el derecho al trabajo (7%). Capitulo III: El MORDAZA de habeas data como mecanismo de tutela judicial del derecho fundamental de acceso a la informacion publica 29.- De las 841 sentencias de habeas data revisadas (correspondientes al periodo enero 2007--marzo 2013), la mayoria de demandas (584 casos, el 67%) fueron presentadas por la vulneracion del derecho de acceso a la informacion publica (habeas data impuro). En un 30% (257 casos), por la lesion del derecho de autodeterminacion informativa, en la modalidad de acceso a la informacion personal en posesion de terceros (habeas data informativo). En 7 de cada 10 habeas data impuro (423 casos, el 75%), la informacion requerida se encontraba bajo el ambito de proteccion del derecho de acceso a la informacion y, por lo tanto, debia ser entregada. En 88 casos (16%) se evidencio una duda razonable acerca de la divulgacion o no de la informacion. Unicamente en 10 casos (2%) se solicito informacion vinculada al regimen juridico de excepciones. Finalmente, en 41 casos (7%) la informacion solicitada no guardaba relacion directa con el ambito de proteccion de este derecho fundamental. 30.- MORDAZA (35%) y MORDAZA (27%) son los distritos judiciales que concentran la mayor cantidad de habeas data. El 38% restante se distribuye, principalmente, entre los distritos de MORDAZA, MORDAZA y Huaura. 31.- En el 97% de procesos (9 de cada 10), las demandas fueron presentadas por personas naturales y, en el 3% restante, por personas juridicas. En 7 de cada 10 casos, el derecho de acceso a la informacion fue ejercido por varones y en 1 de cada 4, por mujeres. 32.- En 9 de cada 10 procesos (89.3%) se demando a entidades de la administracion publica y en el 10.7% a entidades privadas que prestan servicios publicos. Las entidades mas demandadas fueron los ministerios (465 casos, el 55.3%), los gobiernos locales (117 casos, el 13.9%), las entidades prestadoras de servicios publicos (49 casos, el 5.8%) y el Poder Judicial (46 casos, el 5.5%). En funcion al Sector al que pertenecen, los sectores mas demandados fueron el previsional (244 casos, el 29%, basicamente por la actuacion de la Oficina de Normalizacion Previsional) Trabajo (185 casos, el 22%, por las demandas contra el Ministerio del Trabajo), municipalidades distritales (78 casos, el 9.3%) y el sector Justicia (76 casos, el 9%). 33.- De los habeas data, se advierte que la informacion mas solicitada esta referida a las listas de extrabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, los procesos de seleccion y evaluacion de los funcionarios y servidores publicos y su regimen laboral, el uso y la disposicion de los recursos publicos, asi como informacion sobre expedientes judiciales. 34.- La supervision evidencia que 9 de cada 10 sentencias adversas emitidas a nivel de los juzgados fueron impugnadas por las personas que solicitan informacion. Ello demuestra el persistente interes por garantizar su derecho de acceso a la informacion publica. 35.- Los argumentos mas utilizados por las entidades publicas demandadas para negar informacion en el ambito judicial son: 1) el silencio, 2) la no posesion o inexistencia de la informacion, 3) la aplicacion de excepciones no previstas en la Ley, y 4) el incumplimiento de los requisitos de la solicitud de informacion. El argumento del silencio es el recurso mas usado (37% de las veces). Esto supone un evidente incumplimiento de obligaciones en esta materia. Las entidades que mas recurren al silencio son los ministerios (37%, 80 casos), los gobiernos locales (19%, 40 casos) y las entidades del Poder Judicial (13%, 27 casos). El MORDAZA argumento es el referido a la inexistencia o no posesion de la informacion (24% de las veces) y son los ministerios los que sustentan la negativa en mayor medida (69.9%, 100 casos). El Ministerio del Trabajo utilizo este argumento en 93 casos. El tercer MORDAZA de argumento es el referido a la aplicacion del regimen de excepciones previsto en la Ley (11% de las veces). Nuevamente son los ministerios las entidades que recurren a este argumento (37.5%, 24 casos). El incumplimiento de los requisitos de la solicitud de informacion es el MORDAZA argumento utilizado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.