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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508581 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Credinka S.A. la rectificación de dirección de agencia ubicada en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 6898-2013 Lima, 20 de noviembre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Credinka S.A. para que se rectifi que la dirección de una (01) Agencia ubicada en la provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones SBS Nºs. 12819-2009 y 4436-2010, se autorizaron la apertura y conversión de Ofi cina Especial a Agencia ubicada en el distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento de Cusco; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la rectifi cación de la dirección de la Agencia solicitada; Estado a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Se autoriza a la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Credinka la rectifi cación de la dirección de la Agencia ubicada en Jr. Francisco Zuviaga S/N, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco, aprobada mediante Resoluciones SBS Nº 12819- 2009 del 10 de setiembre del 2009 y 4436-2010 del 17 de mayo del 2010, en los siguientes términos: - Dice : Jr. Francisco Zuviaga S/N, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento de Cusco. - Debe decir : Mza. E1, Lote 5 del Jr. Arica, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1023840-1 Opinan favorablemente respecto a la renovación del “Primer Programa de Bonos Corporativos Internacionales BCP” RESOLUCIÓN SBS Nº 6913-2013 Lima, 20 de noviembre de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú por la cual se solicita opinión favorable para la renovación del “Primer Programa de Bonos Corporativos Internacionales”, en adelante el Programa, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 3 000 000 000.00 (Tres mil millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la Superintendencia del Mercado de Valores procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, a su vez la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo señalado en la Circular B-2074-2000 y sus modifi catorias; Que, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del Banco de Crédito del Perú, en sesión celebrada el 31 de marzo de 2011, se declaró tener un saldo pendiente por utilizar de US$ 404 000 000.00 para la emisión de instrumentos representativos de deuda, y se aprobó un nuevo monto global adicional hasta por US$ 3 500 000 000.00 para la emisión de dichos instrumentos. Asimismo, la mencionada Junta acordó por unanimidad delegar en el Directorio y en el Comité Ejecutivo, de manera expresa y de la forma más amplia que permitan las leyes aplicables y el Estatuto Social, todas las facultades para que cualesquiera de ellos determine los términos, características y condiciones de las emisiones a ser realizadas en el marco del programa o programas de emisión o a través de emisiones individuales. La delegación acordada se extiende a que cualquiera de ellos pueda adoptar todas las decisiones necesarias al efecto, incluyendo pero sin limitarse a autorizar la suscripción de todos y cada uno de los actos, contratos y demás documentos públicos y privados que resulten necesarios para llevar a cabo la emisión de los instrumentos que se autorizan; Que, en sesión del Comité Ejecutivo del Banco celebrada el 10 de agosto de 2011, se aprobó la inscripción del denominado “Primer Programa de Bonos Corporativos Internacionales BCP” por un monto de hasta USD 3 000 000 000.00 (Tres mil millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas; los cuales podrán ser emitidos en una o más emisiones; Que, mediante Resolución SBS N° 9658-2011, de fecha 09 de septiembre de 2011, esta Superintendencia opinó favorablemente para que el Banco de Crédito del Perú emita instrumentos representativos de deuda en el mercado internacional, en el marco del programa denominado “Primer Programa de Bonos Corporativos Internacionales BCP”, hasta por un monto de USD 3 000 000 000.00 (Tres mil millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas; Que, en sesión celebrada el 21 de agosto de 2013, el Comité Ejecutivo del Directorio, aprobó la ampliación de la vigencia del “Primer Programa de Bonos Corporativos Internacionales BCP” por veinticuatro (24) meses adicionales; asimismo, se declaró que, a dicha fecha, se cuenta con un saldo pendiente por utilizar de USD 2 283 700 000.00 (Dos mil doscientos ochenta y tres millones setecientos mil y 00/100 dólares americanos) para la emisión de instrumentos representativos de deuda en el marco del mencionado Programa; Que, el Banco de Crédito del Perú ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento N° 25 “Opinión Favorable sobre emisión