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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508584 • Fomentar la incorporación y el desarrollo de contenidos sobre cultura exportadora, en el marco del Diseño Curricular Nacional en los planes curriculares y/o itinerarios formativos de los Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS. • Capacitar a los docentes de Institutos Superiores de cursos transversales, en CEBAS en el Área de Educación para el Trabajo de Formación Ciclo intermedio y Ciclo avanzado, y en CETPROS en el Ciclo Básico y Ciclo Medio. • Desarrollar instrumentos de comunicación virtual (biblioteca virtual), como apoyo y elemento de actualización para la labor educativa de los profesores de Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS. • Elaboración del Manual de Comercio Exterior para Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS. Que, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo-DIRCETUR viene implementando los objetivos nacionales y regionales, diseñados en los Planes, así como los Convenios Interinstitucionales suscritos con la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, para desarrollar Cultura Exportadora en los Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS, para ello ha realizado las siguientes acciones: • Taller con directores y docentes, para realizar la revisión y análisis documental de los Diseños curriculares nacionales (DCN), los planes curriculares de los Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS y la revisión del Manual de Comercio Exterior elaborado por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga. • Taller con directores y docentes de Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS de la región, para formular la propuesta de inserción de Módulos del Manual de Comercio Exterior en los planes curriculares. y/o itinerarios formativos. • Taller de Presentación de contenidos del Manual de Comercio Exterior ( revisado y corregido) y el mecanismo de inserción en los planes curriculares y/o itinerarios formativos de los Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS. • Capacitación y sensibilización en temas de cultura exportadora a los Especialistas de Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho. • Entrega de Textos “Manual de Comercio para Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS” a nivel de la Región. • Taller con Especialistas de la DREA para formular la “Propuesta Curricular del Área de Comercio Exterior en los Planes Curriculares e itinerarios formativos de Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS. Que, la DIRCETUR ha asumido el proceso de implementación de la cultura exportadora en Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS en la Región Ayacucho, ha dotado de Textos “ Manual de Comercio Exterior”, necesario como instrumento de enseñanza pedagógica y para el uso de estudiante mediante la implementación de las bibliotecas de sus Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS en el ámbito regional; Que, el Comité Ejecutivo Regional de Exportaciones- CERX Ayacucho, en el marco de su Plan Estratégico, considera entre sus prioridades el desarrollo del tema de cultura exportadora, por lo que promueve la articulación público-privada, para insertar el Área de Comercio Exterior en los planes curriculares y/o itinerarios formativos de los Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS de la Región; Que, el inciso e) del artículo 47º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece “diversifi car los currículos nacionales, incorporando contenidos signifi cativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos”, asimismo, el inciso a) del artículo 55º del mismo cuerpo legal, establece “formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales”; Que, es pertinente que el Gobierno Regional implemente las políticas de cultura exportadora, disponiendo la incorporación del Área de Comercio Exterior, en los planes curriculares y/o itinerarios formativos Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS de la Región; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 Y Ley W 29053, el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros, y la dispensa de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR la inserción del Tema de Comercio Exterior, en los planes curriculares y/o itinerarios formativos de Institutos de Educación Superior, Centros de Educación Técnico Productiva - CETPROS y Centros de Educación Básica Alternativa - CEBAS de la Región Ayacucho, a ser implementada a partir del Año Académico 2014, por estar comprendidos en los Objetivos Estratégicos Nacionales Sectoriales y el Plan de Desarrollo Regional Concertado, Plan Wari 2013 - 2021. Artículo Segundo.- DISPONER a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo y la Dirección Regional de Educación, con el apoyo del Comité Ejecutivo Regional de Exportaciones de Ayacucho, capacitar a los Docentes que asumirán el dictado del Área de Comercio Exterior, a nivel de todas las provincias de la Región, asimismo, de las acciones de implementación y monitoreo para el óptimo cumplimiento de la presente normativa. Artículo Tercero.- DISPONER a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, implementar las bibliotecas de los Institutos Superiores, CETPROS y CEBAS de la Región; con Textos del Manual de Comercio Exterior; para los Docentes de cursos transversales de Gestión empresarial, Sociedad y Economía, Formación y Orientación e Investigación e Innovación Tecnológica, docentes de ciclo básico y medio en CETPROS y docentes del Área de Educación para el Trabajo del Ciclo Intermedio y Ciclo Avanzado en CEBAS. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local de la Región, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza, para ello formularán los instrumentos necesarios, en el marco de los lineamientos establecidos en el Diseño Curricular Nacional. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - DIRCETUR la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, en la Presidencia del Consejo Regional a los 18 días del mes de octubre del año dos mil trece. WALTER QUINTERO CARBAJAL Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Ayacucho, en la sede del Gobierno Regional de Ayacucho a los 18 días del mes de octubre del año dos mil trece. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Presidente Gobierno Regional Ayacucho 1023969-1