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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508582 en serie de instrumentos fi nancieros para Empresas del Sistema Financiero y de Seguros”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011, la que se encuentra conforme; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y de Riesgos; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente respecto a la renovación del “Primer Programa de Bonos Corporativos Internacionales BCP”, hasta por un monto de USD 3 000 000 000.00 (Tres mil millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1024446-1 Autorizan a la Fundación Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria - FOGAPI la apertura de oficina especial permanente, ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 7043-2013 Lima, 28 de noviembre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por la Fundación Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria - FOGAPI - para que esta Superintendencia autorice la apertura de una ofi cina especial permanente en el departamento de Arequipa y; CONSIDERANDO: Que, en sesión de Consejo de Administración de fecha 11 de setiembre de 2013 se aprobó la apertura de la referida ofi cina; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 6285-2013 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Fundación Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria - FOGAPI - la apertura de una ofi cina especial permanente ubicada en calle Quezada N° 102-104, distrito de Yanahuara, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 1023557-1 Autorizan viaje de funcionarios a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 7096-2013 Lima, 4 de diciembre de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I.) VISTA: La invitación cursada por el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el XXVIII Pleno de Representantes de GAFISUD y Grupos de Trabajo, que se llevará a cabo del 09 al 13 de diciembre de 2013, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD), brazo regional del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo que ha resaltado la importancia de utilizar plenamente las instancias disponibles en el GAFI y la necesidad de los países miembros de GAFISUD de participar activamente en las reuniones de sus grupos de trabajo; Que, el Pleno está dirigido a los representantes de los países miembros y autoridades de países de apoyo y cooperación, organizaciones internacionales, observadores de GAFISUD y organismos afi nes involucrados en la lucha contra el lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; Que, atendiendo la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia participar en estas reuniones en donde se toman decisiones importantes con impacto a nivel regional en relación a la política contra el lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo, se ha considerado conveniente designar al señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, al señor Jorge Yumi Taba y a la señora María Fernanda García- Yrigoyen Maúrtua, Coordinador Ejecutivo Técnico e Intendente de Análisis Estratégico del Departamento de Análisis Estratégico, respectivamente, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú y al señor Fernando Javier Amorrortu Guerrero, Intendente de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que en representación de esta Superintendencia, participen en los citados eventos, en calidad de Coordinador Nacional ante GAFISUD, Coordinador del Grupo de Trabajo de Capacitación y Desarrollo, Co-chair del International Cooperation Review Group (ICRG) ante el GAFI y Coordinador del Grupo de Trabajo de Análisis de Riesgo e Inclusión Financiera, respectivamente; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva N° SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 7061-2013, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva