Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

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de Organizacion y Funciones del Instituto de Gestion de Servicios de Salud, en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, asi como sus demas documentos de gestion en tanto se implemente lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30057 Ley del Servicio Civil, En tanto se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones, y demas documentos de gestion del Instituto de Gestion de Servicios de Salud, el Ministerio de Salud dispondra, mediante Resolucion Ministerial, las acciones necesarias para garantizar la continuidad de la prestacion de los servicios y demas funciones que desarrollan los Institutos Especializados, Hospitales y Direcciones de Red de Salud de MORDAZA Metropolitana. Asi como del Programa "Sistema de Atencion Movil de Urgencias". Segunda.- Regimen laboral El regimen de servicios del personal del Instituto de Gestion de Servicios de Salud es el establecido en la Ley Nº 30057 Ley del Servicio Civil. El personal que se transfiera al Instituto de Gestion de Servicios de Salud mantendra su regimen laboral, en tanto se implementa la Ley Nº 30057 Ley del Servicio Civil. Los profesionales de la Salud y el personal tecnico y auxiliar asistencial a que se refiere el D.L. Nº 1153, se regiran de acuerdo a sus normas especiales. Tercera.- Transferencia de funciones y recursos. Transfierase al Instituto de Gestion de Servicios de Salud, las funciones que corresponden a las Direcciones de Salud II MORDAZA Sur, IV MORDAZA Este y V MORDAZA MORDAZA, referidas a la conduccion de la gestion de la operacion y prestacion de servicios de salud de los establecimientos de salud publicos bajo su dependencia. Autoricese al Ministerio de Salud a transferir al Instituto de Gestion de Servicios de Salud el acervo documentario; sistemas informaticos, activos, pasivos, recursos, bienes muebles e inmuebles y otros asignados, para lo cual se conformara una Comision de Transferencia conformada por un representante del Ministerio de Salud, quien la presidira, y un representante de los institutos especializados, un representante de los hospitales del tercer nivel, un representantes de las MORDAZA V MORDAZA MORDAZA, IV MORDAZA Este y II MORDAZA Sur; dentro de un plazo de ciento veinte (120) dias, contados a partir de la instalacion de la Comision de Transferencia. El Instituto de Gestion de Servicios de Salud asume los recursos humanos de los Institutos Especializados, Hospitales del tercer nivel de atencion, Direcciones de Red de Salud que incluye a sus Hospitales de MORDAZA nivel de atencion, del Programa denominado "Sistema de Atencion Movil de Urgencias - SAMU" y los recursos humanos de las MORDAZA V MORDAZA MORDAZA, IV MORDAZA Este y II MORDAZA Sur que correspondan. Cuarta.- Financiamiento La implementacion del presente Decreto Legislativo se financiara con cargo al presupuesto asignado al Pliego 011 Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al tesoro publico. Quinta.- Vigencia del Decreto Legislativo El presente Decreto Legislativo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Los Institutos Especializados, Hospitales del tercer nivel de atencion y Direcciones de Red de Salud que incluyen los Hospitales de MORDAZA nivel de atencion, y que a la fecha son organos desconcentrados del Ministerio de Salud; se constituiran como organos desconcentrados del Instituto de Gestion de Servicios de Salud manteniendo su organizacion, funciones y categoria, hasta la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto. Segunda.- El Instituto de Gestion de Servicios de Salud evaluara la pertinencia de constituir como organos desconcentrados a las direcciones de red de salud, que a la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, no esten constituidos como tales.

j)

Autorizar la distribucion interna de los recursos humanos, financieros y materiales asignados al Instituto de Gestion de Servicios de Salud por cualquier fuente, para la ejecucion de las actividades necesarias conducentes al logro de los objetivos institucionales. k) Velar por el adecuado manejo de los recursos publicos asignados al pliego. l) Cumplir y hacer cumplir el Codigo de Etica de la Funcion Publica. m) Establecer el control interno previo, simultaneo y posterior institucional y aplicar las medidas preventivas y correctivas necesarias. n) Las demas funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones vigentes. Articulo 11.- Atribuciones del Jefe Institucional a) Ejercer la representacion legal de la Entidad ante autoridades publicas e instituciones privadas, nacionales o del exterior. b) Aprobar los lineamientos para la gestion, operacion y prestacion de servicios de salud en el MORDAZA de sus competencias, dentro de la Politica Nacional de Salud. c) Aprobar el presupuesto institucional del pliego a su cargo, conforme a la normatividad aplicable. d) Aprobar los documentos de gestion que correspondan. e) Aprobar las normas que establezcan la organizacion interna del Instituto de Gestion de Servicios de Salud. f) Designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad. g) Suscribir convenios con instituciones publicas y privadas, nacionales y extranjeras, en el MORDAZA de la normatividad aplicable. h) Expedir o emitir directivas y resoluciones jefaturales, en el ambito de su competencia. i) Delegar aquellas funciones que no MORDAZA privativas de su cargo. j) Las demas atribuciones que se establezcan en el Reglamento de Organizacion y Funciones. k) Otras atribuciones inherentes al ambito de su competencia, que le asigne el Ministro/a de Salud. Articulo 12.- De los organos desconcentrados Son organos desconcentrados del Instituto de Gestion de Servicios de Salud, los Institutos especializados, los Hospitales y las Direcciones de Red de Salud de MORDAZA Metropolitana. Los organos desconcentrados Institutos Especializados, Hospitales de tercer nivel de atencion y Hospitales del MORDAZA nivel de atencion senalados en la presente MORDAZA constituyen Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS de acuerdo a la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, los que se creen o adecuen con posterioridad se incorporaran mediante MORDAZA expresa. TITULO IV DE LOS RECURSOS Articulo 13.- Los Recursos del Instituto de Gestion de Servicios de Salud Los recursos del Instituto de Gestion de Servicios de Salud son los siguientes: a. Los recursos ordinarios asignados en el Presupuesto de la Republica. b. Los recursos directamente recaudados. c. Los provenientes de la cooperacion tecnica nacional o internacional, en el MORDAZA de la legislacion aplicable. d. Los provenientes de las donaciones y transferencias que se efectuen a su favor. e. Los demas que se le asigne por Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Aprobacion de documentos de gestion Mediante Decreto Supremo, se aprobara el Reglamento

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