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El Peruano Viernes 13 de diciembre de 2013 509137 b) Bajo el rubro Detalle de la calidad de productor agrario: i) Fecha en que el socio presenta la comunicación señalando tener la calidad de productor agrario (artículo 3° del Reglamento de la Ley Nº 29972). ii) Fecha en que el socio presenta la declaración jurada comunicando cumplir los requisitos para tener la calidad de afi liado regular al Seguro Social de Salud (artículo 4° del Reglamento de la Ley Nº 29972 y artículo 12° de la Ley Nº 29972). iii) Fecha en la que la cooperativa agraria rechaza la declaración jurada presentada por el socio (numeral 11.4 del artículo 11° del Reglamento de la Ley Nº 29972). iv) Fecha en que el socio presenta la comunicación a que se refi ere el numeral 11.2 del artículo 11° del Reglamento de la Ley Nº 29972. c) Bajo el rubro Total de adquisiciones de la Cooperativa Agraria al socio: i) El importe de las adquisiciones realizadas a cada “productor agrario” u “otro integrante” acumuladas por mes. ii) El importe total de las adquisiciones acumuladas durante el ejercicio por cada “productor agrario” u “otro integrante”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1027301-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo Acuerdo de Concejo Nº 015-2013-MDA y todo lo actuado hasta la fecha de presentación de solicitudes de declaratoria de vacancia contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 1007-2013-JNE Expediente Nº J-2013-1014 AUCALLAMA - HUARAL - LIMA RECURSO DE APELACIÓN Lima, doce de noviembre de dos mil trece. VISTO en audiencia pública de la fecha, los recursos de apelación interpuestos por Maximiliano Vargas Palacios y José Félix Doy Martínez contra el Acuerdo de Concejo Nº 015-2013-MDA, tomado en sesión extraordinaria del 15 de julio de 2013, que desestimó sus solicitudes de vacancia en contra de César Emilio Balcázar Labrín en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, de la REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN